Estos cheques no tienen amparo jurídico ni legal en ningún país.
Con el cheque posdatado el librador confiaba en que el beneficiario o tenedor del documento no lo presentara al cobro hasta la fecha estipulada, pero el librador quedaba sometido al árbitro del tenedor del documento pues, si este quería, podría burlar su confianza y lo presentaba antes de la fecha que figuraba como fecha de libramiento.
El cheque postdatado se usó, además, como arma extorsiva en manos de acreedores inescrupulosos.
Sin embargo, la adopción del cheque de pago diferido por los comerciantes no fue inmediata.
Se entendía que ello promovería la salud de las transacciones comerciales.
En los debates que ocurrieron en Uruguay con motivo de la discusión del Decreto-Ley N.º 14.412 los consejeros Julio César Espínola y Eduardo Praderi sostuvieron que el cheque de pago diferido "es un nuevo título de crédito que en determinado momento se transforma en un cheque común”.
Sin embargo, los juristas Sagunto Pérez Fontana y Carlos Gilberto Villegas sostienen que el cheque de pago diferido conserva su naturaleza de cheque desde sus inicios.
Tanto el cheque común como el de pago diferido contienen los mismos requisitos esenciales, con la sola diferencia de que este último contiene un requisito adicional, a saber: la fecha o plazo futuro en que el cheque puede ser presentado para su cobro.