Cuenta corriente (banca)

En España, las cuentas corrientes pueden contratarse a través de distintos canales: En función del tipo de entidad, será posible realizar la apertura y llevar a cabo la operativa más común desde uno o más canales.

Existen bancos tradicionales que solo permiten contratar la cuenta desde la oficina, mientras que los bancos puramente digitales solo ofrecen la contratación y operativa a través de la web o app.

Por lo general, la documentación que suelen pedir los bancos para abrir una nueva cuenta corriente[1]​ es el DNI, el pasaporte o el certificado de no residente en vigor.

Cualquier persona residente en España puede contratar una cuenta de pago básica.

Sin embargo, es un requisito obligatorio no tener otra cuenta bancaria ya abierta.