Los óblasts autónomos eran subdivisiones administrativas de la Unión Soviética, en las que se dividían las repúblicas, y, en el caso de la RSFS de Rusia, los krais.
Estaban subordinadas tanto a sus respectivas repúblicas como a las repúblicas autónomas/krais dentro de los que se encontraban, y tenían una autonomía menor que las repúblicas autónomas, pero mayor a la de los distritos autónomos.
Contaban con un idioma oficial, que a la vez era cooficial en la república/república autónoma a la que pertenecían.
Como organismo de gobierno contaban con organismos legislativos denominados Sóviets de Diputados del Pueblo y Comités Ejecutivos, que debían seguir siempre las directivas establecidas tanto por las leyes nacionales como por las de la república a la que estaban subordinadas.
Aunque la Constitución de la República Federativa Socialista Soviética de Rusia de 1978 especificaba que los óblasts autónomos eran subordinados a los krais, esta cláusula fue removida en la revisión constitucional del 15 de diciembre de 1990, cuando se especificó que los óblasts autónomos estarían directamente subordinados a la República Socialista Federativa Soviética de Rusia (RSFSR).