En el derecho consuetudinario, un deed (antiguamente "una evidencia") es cualquier documento legal escrito que pasa, afirma o confirma un interés, derecho o propiedad y que está firmado, atestiguado, entregado y, en algunas jurisdicciones, sellado.El nombre exacto y la naturaleza de estas garantías difieren según la jurisdicción.A menudo, sin embargo, las diferencias básicas entre ellas es el grado en que el otorgante garantiza el título.Un tercer tipo de deed, conocido como deed de negociación y venta, implica que el otorgante tiene derecho a transferir el título pero no ofrece garantías contra gravámenes.Este tipo de deed es comúnmente utilizado por funcionarios judiciales o fiduciarios que mantienen la propiedad por la fuerza de la ley en lugar del título, como por ejemplo las propiedades incautadas por impuestos no pagados y vendidas por el alguacil, o un albacea.Por otra parte tampoco es un contrato hecho público mediante el acto de un notario.Ello se debe a que en su redacción y firma no participa un notario.