En el derecho consuetudinario, un deed (antiguamente "una evidencia") es cualquier documento legal escrito que pasa, afirma o confirma un interés, derecho o propiedad y que está firmado, atestiguado, entregado y, en algunas jurisdicciones, sellado.
El nombre exacto y la naturaleza de estas garantías difieren según la jurisdicción.
A menudo, sin embargo, las diferencias básicas entre ellas es el grado en que el otorgante garantiza el título.
Un tercer tipo de deed, conocido como deed de negociación y venta, implica que el otorgante tiene derecho a transferir el título pero no ofrece garantías contra gravámenes.
Este tipo de deed es comúnmente utilizado por funcionarios judiciales o fiduciarios que mantienen la propiedad por la fuerza de la ley en lugar del título, como por ejemplo las propiedades incautadas por impuestos no pagados y vendidas por el alguacil, o un albacea.
Por otra parte tampoco es un contrato hecho público mediante el acto de un notario.
Ello se debe a que en su redacción y firma no participa un notario.