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Limpieza de sangre

Limpieza de sangre (en español: [limˈpjeθa ðe ˈsaŋɡɾe] ), también conocida como limpeza de sangue (en portugués: [lĩˈpezɐ ðɨ ˈsɐ̃ɡɨ] ,en gallego: [limˈpeθɐ ðɪ ˈsaŋɡɪ] ) o neteja de sang (en catalán: [nəˈtɛʒə ðə ˈsaŋ] ), literalmente 'limpieza de sangre' y que significa 'pureza de sangre', fue unracialmente discriminatorioutilizado en losimperiosespañolydurante elperíodo moderno tempranopara referirse a aquellos que eran consideradoscristianos viejosen virtud de no tener​​musulmanes,judíos,romaníesoagotes.[1]En ambos imperios, el término jugó un papel importante en la discriminación contra los presuntoscriptojudíosocriptomusulmanes. Con el paso de los años esto se manifestó en una ley que excluíaa los nuevos cristianosde casi todos los sectores de la sociedad.

Después de laReconquista

Al final de la reconquista cristiana de Iberia y la conversión forzada o expulsión de los mudéjares musulmanes y los judíos sefardíes en España, las poblaciones de Portugal y España eran todas nominalmente cristianas. La población de España de 7 millones incluía hasta un millón de conversos recientes del Islam y 200.000 conversos del judaísmo, a los que se denominaba colectivamente " cristianos nuevos ". Los conversos del judaísmo eran conocidos como conversos o marranos y los conversos del Islam como moriscos . Una acusación común era que los nuevos cristianos eran falsos conversos, que practicaban en secreto su antigua religión como criptojudíos o criptomusulmanes . Después de la expulsión de los judíos en marzo de 1492, con el Decreto de la Alhambra , la acusación de conversión insincera contra los judíos presentada ante la Inquisición española solo creció.

El concepto de pureza de sangre llegó a centrarse más en la ascendencia y la “sangre” (linaje), en lugar de en la religión y las creencias personales.

ElLimpieza de sangreestatutos

El primer estatuto de pureza de sangre fue promulgado en Toledo, España, en 1449 por el gobernador Pedro Sermiento tras los disturbios conversos. [2] Este texto establecía que todos los conversos o individuos cuyos padres o abuelos se habían convertido al cristianismo no podían ocupar cargos públicos o privados y no podían testificar en un tribunal de justicia. Aunque no era una ley oficial, muchas instituciones de Toledo comenzaron a hacer cumplir la práctica de las pruebas de pureza de sangre y sentaron el precedente de lo que significaba ser un verdadero cristiano. Inicialmente, estos estatutos fueron condenados por la monarquía y la Iglesia; sin embargo, en 1496, el papa Alejandro VI aprobó un estatuto de pureza para los jerónimos . [2]

Esta estratificación significaba que los plebeyos cristianos antiguos podían reclamar su derecho al honor incluso si no pertenecían a la nobleza . Las órdenes religiosas y militares , los gremios y otras organizaciones incorporaron en sus estatutos cláusulas que exigían pruebas de limpieza de sangre. Las familias cristianas nuevas que ascendían socialmente tenían que enfrentarse a la discriminación o sobornar a los funcionarios y falsificar documentos que atestiguaran generaciones de ascendencia cristiana. [3]

La reivindicación de la hidalguía universal de los vascos fue justificada por intelectuales como Manuel Larramendi (1690-1766). [4] Debido a que la conquista omeya de Hispania no había llegado a los territorios vascos, se creía que los vascos habían mantenido su pureza original, mientras que el resto de España era sospechoso de mestizaje . La hidalguía universal de los vascos ayudó a muchos de ellos a alcanzar puestos de poder en la administración. [5] Esta idea se vio reforzada por el hecho de que, como resultado de la Reconquista, numerosos linajes nobiliarios españoles ya eran de origen vasco. [6]

En el siglo XVI, los estatutos de limpieza de sangre se fusionaron para convertirse en un esfuerzo sistemático para excluir a los conversos de los cargos en la Iglesia y el estado. Se multiplicaron rápidamente debido al fuerte apoyo de los capítulos catedralicios y los colegios mayores , un tipo de fraternidad que incluía becas, servicios de tutoría y, en algunos casos, incluso cátedras dentro de la estructura universitaria. Este hiperenfoque en la pureza de sangre entre individuos con cualquier nivel de poder promovió la naturaleza elitista y exclusiva de estos puestos, que también estaban imbuidos y promovidos por la burocracia letrada; los funcionarios públicos profesionales, generalmente con títulos en derecho, así como los clérigos, formaban una gran mayoría del servicio civil español en el siglo XVI. El acceso a estos puestos de élite se transmitió luego de generación en generación de graduados de estas universidades, perpetuando así una mentalidad anticonversa. [7]

Un ejemplo de cómo se aplicaron las leyes de limpieza de sangre se encuentra en un escrito legal redactado en nombre de Pedro Francisco Molines en relación con su compromiso matrimonial con María Aguiló. Este escrito sostiene que no puede, no debe y no se casará con María. Afirma que María no es de "pura sangre", y debido a esto Pedro no tiene obligación legal de casarse con ella, y puede negarse a hacerlo para no ensuciar su sangre limpia, "porque la susodicha Aguiló ha resultado ser descendiente de judíos, y siendo estos deshonrados, por dicha infamia, aunque hubieran sido prometidos, el dicho Molines no debe casarse con ella; por ser de sangre limpia..." [8] Esta insistencia en la pureza de sangre no solo aplastó muchas líneas familiares que se establecieron a lo largo de los siglos, sino que también impidió que muchos españoles de "linaje sucio" en ascenso se establecieran ellos mismos y sus familias en el sistema socioeconómico de la época. Estas familias fueron así empujadas a los márgenes de la sociedad debido a una percepción de impureza. Esto cultivó una conexión entre la ascendencia y la impureza, valores que se consolidarían en el racismo tal como lo entendemos hoy, que apenas comenzaba a formarse en esa época. La última página del escrito también señala que el juez tiene derecho incluso a encarcelar a Pedro hasta que encuentre una mujer más adecuada de "sangre pura" con quien casarse. El escrito luego cierra con las firmas de 15 hombres que están de acuerdo con las cláusulas y argumentos que se encuentran en él. Muchos de los firmantes son frailes o estudiosos del derecho canónico, lo que demuestra el firme apoyo religioso que encontraron los estatutos de limpieza de sangre . [8]

Estos estatutos estaban estrechamente relacionados con la Inquisición española . Juntos formaban un sistema que generaba miedo y alentaba a los testigos hostiles e incluso al perjurio, un sistema bajo el cual el descubrimiento de un antepasado con sangre judía podía resultar en que toda la línea familiar de una persona perdiera todo. Esta práctica sentó las bases del antisemitismo basado en la "raza" . [9]

Sin embargo, los estatutos de limpieza de sangre no estuvieron exentos de disidentes, ya que potencialmente desafiaban el estatus social de cada segmento de la población, incluidos los conversos y moriscos , la aristocracia que corría el riesgo de perder prestigio, los trabajadores agrícolas que cultivaban sus tierras y los reformadores católicos que lo vieron como un desafío a la eficacia del bautismo y una perversión del milenarismo de Cristo . Si bien estos estatutos fueron ampliamente apoyados por los escalones más altos del poder, parte de la población española no estaba a favor de la segregación legislada por sangre. [10] Muchos líderes religiosos condenaron las leyes, como el Papa Nicolás V en 1451, el obispo de Cuenca después de las leyes iniciales en 1449, el arzobispo Carrillo de Toledo, el Papa Pablo IV de Roma y muchos otros. Sin embargo, hubo tantas voces que apoyaron los estatutos.

Pruebas y eventual declive

En 1530, los tribunales de la Inquisición fueron instados a hacer registros de genealogías para cada ciudad. Todo hombre casado tenía que presentar sus genealogías, que lo registraban a él y a su familia como cristiano viejo o cristiano nuevo, puro o impuro. Si uno no podía presentar pruebas de un linaje puro o existía la sospecha de que el individuo mentía, se iniciaban investigaciones y juicios.

Las pruebas de limpieza de sangre habían comenzado a perder su utilidad en el siglo XVIII; para entonces, sólo en contadas ocasiones las personas tenían que soportar las agotadoras inquisiciones sobre la paternidad lejana a través de los registros de nacimiento. Sin embargo, las leyes que exigían la limpieza de sangre se mantuvieron a veces incluso en el siglo XIX. Por ejemplo, un edicto del 8 de marzo de 1804 del rey Fernando VII resolvió que ningún caballero de las órdenes militares podía casarse sin que un consejo avalara la limpieza de sangre de su cónyuge. [11]

El 16 de mayo de 1865 se promulgó una ley que suprimía oficialmente esos requisitos de ingreso en el ejército, [12] y se extendió a los nombramientos navales el 31 de agosto del mismo año. El 5 de noviembre de 1865, un decreto permitió que los niños nacidos fuera del matrimonio, de los que no se podía verificar su ascendencia, pudieran ingresar a la educación superior religiosa (cánones). [13] El 26 de octubre de 1866, se prohibió la prueba de pureza de sangre para determinar quién podía ser admitido en la educación universitaria. El 20 de marzo de 1870, un decreto suprimió todo uso de estándares de pureza de sangre para determinar la elegibilidad para cualquier puesto gubernamental o cualquier profesión autorizada. [14]

La discriminación siguió presente en el siglo XX en algunos lugares como Mallorca, donde hasta los años 60 no se permitió a ningún sacerdote xueta (descendiente de los conversos mallorquines) celebrar misa en una catedral. [15] [ página necesaria ] Aunque todas las leyes fueron suspendidas a finales del siglo XIX, sentaron un precedente que permitió una nueva forma de discriminación religiosa basada en la sangre.

Procedimiento para juzgar la pureza de la sangre

El primer caso conocido de juicio de limpieza de sangre proviene de la Iglesia de Córdoba, que explicó el procedimiento para juzgar la pureza de sangre de los candidatos de la siguiente manera: arrodillados, con la mano derecha colocada sobre la imagen de un crucifijo en una Biblia, los candidatos confirmaron que no eran de ascendencia judía ni morisca. El proceso de investigación era el siguiente: se enviaban comisionados y secretarios con notarios a los tribunales de los que el individuo bajo investigación afirmaba provenir. Luego, reunían de ocho a doce ancianos del tribunal como testigos y les pedían que testificaran. Luego, la información se enviaba de regreso mientras el individuo esperaba el juicio. [16] Una vez recopilados todos los informes, el secretario o el notario tenían que leerlos todos al consejo, y una votación por mayoría simple decidiría si el candidato era aprobado; después de la aprobación, el candidato tenía que prometer obedecer todas las leyes y costumbres de la Iglesia. Si el tribunal los identificaba como de ascendencia judía, el individuo y sus hijos serían marginados socialmente y etiquetados como impuros. [17] El hombre de la Iglesia de Córdoba pudo demostrar que su ascendencia estaba libre de sangre judía o musulmana.

Colonias españolas

El concepto de limpieza de sangre fue una barrera importante para que muchos españoles emigraran a las Américas, ya que se requería algún tipo de prueba de no tener antepasados ​​musulmanes o judíos recientes para emigrar al Imperio español . Sin embargo, dentro de los territorios de ultramar de España, el concepto evolucionó para vincularse con la pureza racial tanto para los españoles como para los indígenas. [18] Se exigían pruebas de pureza racial en una variedad de circunstancias tanto en España como en sus territorios de ultramar. Los candidatos a un cargo y sus cónyuges tenían que obtener un certificado de pureza que demostrara que no tenían antepasados ​​judíos o musulmanes y, en Nueva España, una prueba de blancura y ausencia de cualquier miembro del linaje que hubiera realizado trabajos con sus manos. [19]

Además, ya en el siglo XVI, poco después de que se iniciara la colonización española de las Américas, se promulgaron varias regulaciones en las Leyes de Indias para evitar que los judíos y musulmanes y sus descendientes emigraran y se establecieran en las colonias de ultramar. [20] Había un negocio próspero en la creación de documentación falsa para permitir que los conversos emigraran a los territorios de ultramar de España. [21] Las disposiciones que prohibían la emigración se enfatizaron repetidamente en ediciones posteriores de las Leyes, lo que proporciona una indicación de que las regulaciones a menudo se ignoraban, [22] muy probablemente porque las autoridades coloniales en ese momento miraban para otro lado ya que las habilidades de esos inmigrantes eran muy necesarias. Durante el período en que Portugal y España fueron gobernados por el mismo monarca (1580-1640), los comerciantes portugueses, muchos de los cuales eran criptojudíos que se hacían pasar por cristianos, se convirtieron en miembros importantes de las comunidades de comerciantes en las capitales virreinales de la Ciudad de México y Lima. Cuando Portugal se rebeló con éxito contra España en 1640, el Santo Oficio de la Inquisición en ambas capitales inició investigaciones intensivas para identificar y procesar a los criptojudíos, lo que resultó en espectaculares autos de fe a mediados del siglo XVII. [23]

Compañía de Jesús

Ignacio de Loyola , el fundador de los jesuitas , dijo que "consideraría como una gracia especial de nuestro Señor el venir de linaje judío". [24] En los primeros 30 años de la Compañía de Jesús, muchos jesuitas eran conversos . Sin embargo, una facción anticonversa condujo al Decreto de genere (1593), que proclamó que la ascendencia judía o musulmana, sin importar cuán distante fuera, era un impedimento insuperable para la admisión a la Compañía de Jesús, aplicando efectivamente el principio español de Limpieza de sangre a los jesuitas en toda Europa y en todo el mundo. [25]

Aleksander Maryks interpreta el decreto de 1593 como una medida que impedía, a pesar de los deseos de Ignacio, la admisión en la Compañía de Jesús de cualquier converso judío o musulmán y, por extensión, de cualquier persona con ascendencia judía o musulmana, por lejana que fuera. El erudito jesuita John Padberg afirma que la restricción a los conversos judíos/musulmanes se limitaba únicamente al grado de parentesco. Catorce años después, esta restricción se extendió hasta el quinto grado. Este decreto de genere del siglo XVI permaneció en vigor entre los jesuitas mucho más tiempo que en el estado español, pero con el tiempo, la restricción relacionada con la ascendencia musulmana fue eliminada [26], dejando únicamente a las personas de ascendencia judía como excluidas. En 1923, la 27.ª Congregación General de los Jesuitas reiteró: "El impedimento de origen se extiende a todos los que descienden de la raza judía, a menos que esté claro que su padre, abuelo y bisabuelo han pertenecido a la Iglesia Católica". Sólo en 1946, después de la Segunda Guerra Mundial , la 29ª Congregación General abandonó el requisito, pero todavía pidió que "se tengan precauciones antes de admitir a un candidato sobre el cual exista alguna duda en cuanto al carácter de su origen hereditario". [26]

Véase también

Referencias

  1. ^ Llinares, Lidia Montesinos (2013). IRALIKU'K: La confrontación de los comunales: Etnografía e historia de las relaciones de propiedad en Goizueta [ IRALIKU'K: La confrontación de lo comunal: Etnografía e historia de las relaciones de propiedad en Goizueta ] (MA) (en español). pag. 81.
  2. ^ ab Chami, Pablo A. "Estatutos de Limpieza de Sangre". Archivado desde el original el 20 de marzo de 2023.
  3. ^ Martínrez, Maria Elena (2008). Ficciones genealógicas: limpieza de sangre, religión y género en el México colonial . Stanford, California: Stanford University Press .
  4. Manuel de Larramendi, Corografía de la muy noble y muy leal provincia de Guipúzcoa , Bilbao, 1986, edición facsimilar de la de Editorial Ekin, Buenos Aires, 1950. (Publicado también por Tellechea Idígoras, San Sebastián, 1969.) Citado en La idea de España entre los vascos de la Edad Moderna , de Jon Arrieta Alberdi, Anales 1997-1998 , Real Sociedad Económica Valenciana de Amigos del País.
  5. ^ "Limpieza de sangre". Enciclopedia Auñamendi . Archivado desde el original el 14 de octubre de 2022.
  6. ^ Aranzadi, Juan (7 de marzo de 2012). Milenarismo vasco: Edad de Oro, etnia y nativismo [ Milenarismo vasco: Siglo de Oro, etnia y nativismo ] (en español). Penguin Random House Grupo Editorial España. págs. 508–509. ISBN 978-84-306-1581-0.
  7. ^ Poole, Stafford (enero de 1999). "La política de limpieza de sangre: Juan de Ovando y su círculo en el reinado de Felipe II". Las Américas . 55 (3): 359–389. doi :10.2307/1007647. ISSN  0003-1615. JSTOR  1007647. PMID  19743565. S2CID  30508838.
  8. ^ ab Mayeaux, Stephen (10 de septiembre de 2021). «Limpieza de Sangre: Aplicaciones legales de la doctrina española de la "pureza de sangre" | En Custodia Legis: Bibliotecarios jurídicos del Congreso». blogs.loc.gov . Archivado desde el original el 1 de junio de 2024 . Consultado el 1 de octubre de 2022 .
  9. ^ Williams, Patrick (julio de 1990). "¿Un consejero judío de la Inquisición? Luis de Mercado, los Estatutos de limpieza de sangre y la política de Vendetta (1598-1601)". Boletín de Estudios Hispánicos . 67 (3): 253-264. doi :10.1080/1475382902000367253. ISSN  0007-490X.
  10. ^ Burk, Rachel (22 de diciembre de 2010). Salus Erat in Sanguine: Limpieza de sangre y otros discursos sobre la sangre en la España moderna temprana. Tesis de Penn de acceso público . Archivado desde el original el 3 de junio de 2023.
  11. ^ Códigos Españoles Tomo X. p. 225
  12. ^ Colección Legislativa de España (1870), pág. 364
  13. ^ Colección Legislativa de España (1870), pág. 365
  14. ^ Colección Legislativa de España (1870), p. 366
  15. ^ Pérez, José (2005). Los judíos en España [ Los judíos en España ] (en español). Madrid: Marcial Pons.
  16. ^ Véase Lea, Henry Charles (1906). "8". Una historia de la Inquisición de España . Vol. II. Londres: Macmillan Company.
  17. ^ Sicroff, Albert A. (1985). Los estatutos de Limpieza de Sangre [ Los estatutos de Pureza de Sangre ] (en español). Traducido por Armiño, Mauro. Tauro. pag. 121.
  18. ^ Martínez 2008, pág. 270.
  19. ^ Martínez 2008, pág. 273.
  20. ^ Martínez, María Elena (1997). "Limpieza de Sangre". Enciclopedia de México . vol. 1. Chicago: Fitzroy Dearborn. pag. 751.
  21. ^ Gojman de Backal, Alicia (1997). "Conversos". Enciclopedia de México . Vol. 1. Chicago: Fitzroy Dearborn. pág. 341.
  22. ^ Avrum Ehrlich, Mark (2009). Enciclopedia de la diáspora judía: orígenes, experiencias y cultura . ABC-CLIO . pág. 689. ISBN. 978-1-85109-873-6.
  23. ^ Israel, Jonathan I. (1975). Raza, clase y política en el México colonial, 1610-1670. Oxford University Press . pp. 210–216, 245–246. ISBN 978-0-19-821860-9.
  24. ^ Reites, James W. (1981). "San Ignacio de Loyola y los judíos". Estudios sobre la espiritualidad de los jesuitas . 13 (4). St. Louis, Missouri: American Assistancy Seminar on Jesuit Spirituality: 17. ISSN  2328-5575 . Consultado el 18 de junio de 2017 .
  25. ^ Rosa, De La; Coello, Alejandro (1932). "El Estatuto de Limpieza de Sangre de la Compañía de Jesús (1593) y su influencia en el Perú Colonial" Archivum Historicum Societatis Iesu (en español). Institutum Societatis Iesu: 45–93. ISSN  0037-8887. Archivado desde el original el 26 de octubre de 2014 . Consultado el 7 de diciembre de 2012 .
  26. ^ ab Padberg, John W. (1994). Para asuntos de mayor importancia: las primeras treinta congregaciones generales jesuitas . San Luis, Misuri: Instituto de Fuentes Jesuitas. pág. 204. ISBN 978-1-880810-06-4.

Fuentes citadas

Lectura adicional

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