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Jus gentium

El ius gentium o jus gentium ( en latín , "derecho de gentes") es un concepto de derecho internacional dentro del antiguo sistema jurídico romano y las tradiciones jurídicas occidentales basadas en él o influenciadas por él. El ius gentium no es un cuerpo de leyes ni un código legal , [1] sino más bien un derecho consuetudinario que se cree que es común a todas las gentes ("pueblos" o "naciones") en "cumplimiento razonado de las normas de conducta internacional". . [2]

Tras la cristianización del Imperio Romano , el derecho canónico también contribuyó al ius gentium europeo . [3] En el siglo XVI, el concepto compartido de ius gentium se desintegró a medida que las naciones europeas individuales desarrollaron cuerpos legales distintos, la autoridad del Papa decayó y el colonialismo creó naciones sometidas fuera de Occidente. [4]

derecho romano

En la antigüedad clásica , el ius gentium era considerado como un aspecto del derecho natural ( ius naturale ) , a diferencia del derecho civil ( ius civile ) . [5] El jurista Cayo definió el ius gentium como lo que " la razón natural ha establecido entre todos los pueblos": [6]

Cada pueblo ( populus ) que se rige por estatutos y costumbres ( leges et mores ) observa en parte su propia ley peculiar y en parte la ley común de toda la humanidad. La ley que un pueblo estableció para sí le es propia y se llama ius civile (derecho civil) como ley especial de esa civitas (estado), mientras que la ley que la razón natural establece entre toda la humanidad es seguida por todos los pueblos por igual. y se llama ius gentium (derecho de gentes o derecho del mundo) por ser la ley observada por toda la humanidad. Así, el pueblo romano observa en parte su propia ley peculiar y en parte la ley común de toda la humanidad.

—  Cayo, G. Inst. 1.1 [7]

Como forma de derecho natural, el ius gentium se consideraba "innato en todo ser humano", una visión que estaba en consonancia con la filosofía estoica . [8] Cicerón [9] distinguió entre cosas que están escritas y aquellas que no están escritas pero sostenidas por el ius gentium o el mos maiorum , "costumbre ancestral". [10] En su tratado De officiis , considera el ius gentium como una ley superior de obligación moral que vincula a los seres humanos más allá de los requisitos del derecho civil. [11] Una persona conducida al exilio, por ejemplo, perdía su estatus legal como ciudadano romano , pero se suponía que debía conservar las protecciones básicas extendidas a todos los seres humanos bajo el ius gentium . [12]

Sin embargo, el jurista romano Ulpiano del siglo II dividió el derecho en tres ramas: el derecho natural, que existía en la naturaleza y gobernaba tanto a los animales como a los humanos; el derecho de gentes, que era distintivamente humano; y, el derecho civil, que era el conjunto de leyes propias de un pueblo. [13] La esclavitud , por ejemplo, estaba apoyada por el ius gentium , aunque según la ley natural todos nacen libres ( liberi ). [14] En esta división tripartita del derecho, los derechos de propiedad podrían considerarse parte del ius gentium , pero no del derecho natural. [15] Hermogeniano , un jurista romano de la segunda mitad del siglo III, describió el ius gentium como comprendiendo guerras, intereses nacionales, realeza y soberanía, derechos de propiedad, límites de propiedad, asentamientos y comercio, "incluidos los contratos de compra y venta". venta, arrendamiento y alquiler, salvo determinados elementos contractuales distinguidos por el ius civile ". [16] El ius gentium fue, pues, en la práctica importante para facilitar el derecho comercial . [17]

Guerra, paz y las gentes

La teoría y la terminología del derecho privado estaban mucho más desarrolladas entre los romanos que las del derecho internacional. [18] La forma más antigua de derecho internacional era religiosa y pertenecía al concepto de "guerra justa" ( bellum iustum ), que sólo debía emprenderse con una declaración ritualizada de guerra por parte de los sacerdotes feciales . [19] Los embajadores extranjeros estaban protegidos por el ius gentium , y era una violación religiosa dañar a un enviado. [20]

Si bien se puede decir que los términos de los tratados de paz caen en términos generales dentro del ius gentium , no existe ningún marco de derecho internacional per se al que un tratado deba ajustarse. Cuando las gentes quedaron bajo el dominio romano, el derecho romano se convirtió, de hecho, en derecho internacional. [21] Las leyes locales permanecían en vigor mientras no entraran en conflicto con el derecho romano; se entendió que esta compatibilidad reflejaba el ius gentium subyacente . [22] Muchos eruditos creen que el pretor asignado a los asuntos exteriores ( praetor peregrinus ) jugó un papel importante en la extensión del derecho civil romano a las gentes . [23] Las leyes originalmente relativas a cuestiones de derecho contractual entre ciudadanos romanos, como las transferencias de propiedad y la manumisión , fueron así "internacionalizadas" entre las gentes . [24] Podrían surgir cuestiones de "derecho internacional" en relación con las concesiones individuales de ciudadanía, y si éstas están de acuerdo con el tratado. [25] Debido a que no existía un principio de derecho internacional generalmente aceptado, también podría surgir controversia sobre si "Roma estaba obligada por un acuerdo celebrado por un comandante de campo sin la aprobación del Senado, típicamente un armisticio celebrado en situaciones difíciles y en términos desfavorables". [26]

Livio presenta un pasaje clave perteneciente a lo que los romanos entendían como "derecho internacional" , tal como lo expresó un enviado del rey Antíoco: [27]

Había tres clases de tratados ( foedera , singular foedus ), dijo, por los cuales estados y reyes concertaban amistades ( amicitiae ): uno, cuando en tiempo de guerra se imponían términos ( leges ) a los conquistados; porque cuando todo fue entregado al que era más poderoso en armas, es derecho y privilegio del vencedor decidir qué bienes del conquistado desea confiscar; el segundo, cuando Estados que están en igualdad de condiciones en la guerra concluyen la paz y la amistad en términos de igualdad; en estas condiciones, las demandas de restitución se hacen y conceden de mutuo acuerdo, y si la propiedad de cualquier propiedad se ha vuelto incierta por la guerra, estas cuestiones se resuelven de acuerdo con las reglas del derecho tradicional o la conveniencia de cada parte; el tercero existe cuando Estados que nunca han estado en guerra se unen para prometer amistad mutua en un tratado de alianza; ninguna de las partes da ni acepta condiciones; porque eso sucede cuando se encuentran un bando vencedor y otro vencido. [28]

Terminología

La terminología asociada con el derecho internacional romano no era especializada pero incluía: [29]

Europa medieval

En la Edad Media , el ius gentium derivaba del derecho canónico además de la teoría jurídica romana. [38] En la antigüedad tardía , Isidoro de Sevilla (c. 560-636), enumeró los principios del ius gentium , centrándose en la foedera pacis , "tratados de paz": [39]

Ius gentium es ocupación, construcción, fortificación, guerras, cautiverio, derecho a recuperar la ciudadanía después del cautiverio, esclavitud, tratados, paz, armisticio, inviolabilidad de los embajadores, prohibición de matrimonios mixtos; y es ius gentium porque casi todas las naciones lo utilizan. [40]

Referencias

  1. ^ RW Dyson, Derecho natural y realismo político en la historia del pensamiento político (Peter Lang, 2005), vol. 1, pág. 127.
  2. ^ David J. Bederman, Derecho internacional en la antigüedad (Cambridge University Press, 2004), pág. 85.
  3. ^ Randall Lesaffer, introducción a los tratados de paz y el derecho internacional en la historia europea desde la Baja Edad Media hasta la Primera Guerra Mundial (Cambridge University Press, 2004), págs.5, 13.
  4. ^ Randall Lesaffer, "Tratados de paz de Lodi a Westfalia", en Tratados de paz y derecho internacional en la historia europea , p. 34.
  5. ^ Brian Tierney, La idea de los derechos naturales (Wm. B. Eerdmans, 2002, publicado originalmente en 1997 por Scholars Press para la Universidad Emory), págs. Dyson, Ley natural y realismo político , p. 236.
  6. ^ Quod vero naturalis ratio inter omnes homines constituit… vocator ius gentium , Compendio 1.1.9; Tierney, La idea de los derechos naturales , pág. 136.
  7. ^ Citado en Laurens Winkel, "Los tratados de paz de Westfalia como ejemplo de la recepción del derecho romano", en Tratados de paz y derecho internacional en la historia europea , p. 225.
  8. ^ Winkel, "Los tratados de paz de Westfalia", p. 225; Marcia L. Colish, La tradición estoica desde la antigüedad hasta la Alta Edad Media (Brill, 1980), p. 360 y passim .
  9. ^ Cicerón, Particiones oratoriae 37.130.
  10. ^ A. Arthur Schiller, Derecho romano: mecanismos de desarrollo (Mouton, 1978), págs.
  11. ^ Cicerón, De officiis 3.17.69; Colish, La tradición estoica , pág. 150.
  12. ^ Clifford Ando , ​​Derecho, lengua e imperio en la tradición romana (University of Pennsylvania Press, 2011), p. 29.
  13. ^ Resumen 1.1.1.4; Tierney, La idea de los derechos naturales , pág. 136.
  14. ^ Resumen 1.1.4; Tierney, La idea de los derechos naturales , pág. 136.
  15. ^ Resumen 1.1.5; Tierney, La idea de los derechos naturales , págs. 136-137.
  16. ^ Resumen 1.1.5; Winkel, "Los tratados de paz de Westfalia", págs. 225-226.
  17. ^ Adda B. Bozeman, Política y cultura en la historia internacional desde el antiguo Cercano Oriente hasta la apertura de la era moderna (Transaction Publishers, 2010, 2ª ed., publicado originalmente en 1960 por Princeton University Press), p. 210.
  18. ^ Christian Baldus, "Vestigia pacis. El tratado de paz romano: ¿estructura o evento?" en Tratados de paz y derecho internacional en la historia europea , págs.
  19. ^ David J. Bederman, Derecho internacional en la antigüedad (Cambridge University Press, 2004), págs. 231–239 et passim .
  20. Sextus Pomponius (siglo II d.C.), en su comentario sobre el ius civile de Q. Mucius Scaevola: "Si alguien golpea a un embajador del enemigo ( legatus hostium ), se considera que ha actuado contra el derecho de gentes ( ius gentium ), porque los embajadores son considerados sagrados ( sanctus "); Daniel Peretz, “El intérprete romano y sus funciones diplomáticas y militares”, Historia 55.4 (2006), p. 454; Bederman, Derecho internacional en la antigüedad , págs. 104–105, 114–115.
  21. Después de la batalla de Pydna en 168 a. C., ninguna potencia occidental era igual a la de Roma. A partir de entonces, Persia fue la única otra gran potencia con la que Roma estuvo en contacto regular. Baldus, Vestigia pacis , págs. 111-112; Olivier Hekster, Roma y su imperio, 193-284 d.C. (Edinburgh University Press, 2008), pág. 47.
  22. ^ Bozeman, Política y cultura en la historia internacional , págs.
  23. ^ T. Corey Brennan , La pretura en la República Romana (Oxford University Press, 2000), p. 134; Dyson, Ley natural y realismo político , p. 127; Bozeman, Política y cultura en la historia internacional , p. 208.
  24. ^ Schiller, Derecho romano , p. 529; Bozeman, Política y cultura en la historia internacional , págs.
  25. ^ Baldus, Vestigia pacis , págs.
  26. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 132.
  27. ^ Baldus, Vestigia pacis , págs.
  28. ^ Tito Livio, 34.57.7–9.
  29. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 113.
  30. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 120.
  31. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 120.
  32. ^ Baldus, Vestigia pacis , págs.
  33. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 122.
  34. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 122.
  35. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 122.
  36. ^ Hekster, Roma y su imperio, pag. 47.
  37. ^ Baldus, Vestigia pacis , pag. 140.
  38. ^ Lesaffer, introducción a los tratados de paz y el derecho internacional en la historia europea , p. 5.
  39. ^ Karl-Heinz Ziegler, "La influencia del derecho romano medieval en los tratados de paz", en Tratados de paz y derecho internacional en la historia europea , p. 147.
  40. ^ Isidoro, Etimologías 5.6 (ius gentium est sedium occupatio, aedificatio, munitio, bella, captivitates, servitutes, postliminia, foedera pacis, indutiae, legatorum non violandorum religio, conubia inter alienigenas prohibita. Et inde ius gentium, quia eo iure omnes fere gentes utuntur) ; Winkel, "Los tratados de paz de Westfalia", pág. 226.

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