El ius gentium o jus gentium ( en latín , "derecho de gentes") es un concepto de derecho internacional dentro del antiguo sistema jurídico romano y las tradiciones jurídicas occidentales basadas en él o influenciadas por él. El ius gentium no es un cuerpo de leyes ni un código legal , [1] sino más bien un derecho consuetudinario que se cree que es común a todas las gentes ("pueblos" o "naciones") en "cumplimiento razonado de las normas de conducta internacional". . [2]
Tras la cristianización del Imperio Romano , el derecho canónico también contribuyó al ius gentium europeo . [3] En el siglo XVI, el concepto compartido de ius gentium se desintegró a medida que las naciones europeas individuales desarrollaron cuerpos legales distintos, la autoridad del Papa decayó y el colonialismo creó naciones sometidas fuera de Occidente. [4]
En la antigüedad clásica , el ius gentium era considerado como un aspecto del derecho natural ( ius naturale ) , a diferencia del derecho civil ( ius civile ) . [5] El jurista Cayo definió el ius gentium como lo que " la razón natural ha establecido entre todos los pueblos": [6]
Cada pueblo ( populus ) que se rige por estatutos y costumbres ( leges et mores ) observa en parte su propia ley peculiar y en parte la ley común de toda la humanidad. La ley que un pueblo estableció para sí le es propia y se llama ius civile (derecho civil) como ley especial de esa civitas (estado), mientras que la ley que la razón natural establece entre toda la humanidad es seguida por todos los pueblos por igual. y se llama ius gentium (derecho de gentes o derecho del mundo) por ser la ley observada por toda la humanidad. Así, el pueblo romano observa en parte su propia ley peculiar y en parte la ley común de toda la humanidad.
— Cayo, G. Inst. 1.1 [7]
Como forma de derecho natural, el ius gentium se consideraba "innato en todo ser humano", una visión que estaba en consonancia con la filosofía estoica . [8] Cicerón [9] distinguió entre cosas que están escritas y aquellas que no están escritas pero sostenidas por el ius gentium o el mos maiorum , "costumbre ancestral". [10] En su tratado De officiis , considera el ius gentium como una ley superior de obligación moral que vincula a los seres humanos más allá de los requisitos del derecho civil. [11] Una persona conducida al exilio, por ejemplo, perdía su estatus legal como ciudadano romano , pero se suponía que debía conservar las protecciones básicas extendidas a todos los seres humanos bajo el ius gentium . [12]
Sin embargo, el jurista romano Ulpiano del siglo II dividió el derecho en tres ramas: el derecho natural, que existía en la naturaleza y gobernaba tanto a los animales como a los humanos; el derecho de gentes, que era distintivamente humano; y, el derecho civil, que era el conjunto de leyes propias de un pueblo. [13] La esclavitud , por ejemplo, estaba apoyada por el ius gentium , aunque según la ley natural todos nacen libres ( liberi ). [14] En esta división tripartita del derecho, los derechos de propiedad podrían considerarse parte del ius gentium , pero no del derecho natural. [15] Hermogeniano , un jurista romano de la segunda mitad del siglo III, describió el ius gentium como comprendiendo guerras, intereses nacionales, realeza y soberanía, derechos de propiedad, límites de propiedad, asentamientos y comercio, "incluidos los contratos de compra y venta". venta, arrendamiento y alquiler, salvo determinados elementos contractuales distinguidos por el ius civile ". [16] El ius gentium fue, pues, en la práctica importante para facilitar el derecho comercial . [17]
La teoría y la terminología del derecho privado estaban mucho más desarrolladas entre los romanos que las del derecho internacional. [18] La forma más antigua de derecho internacional era religiosa y pertenecía al concepto de "guerra justa" ( bellum iustum ), que sólo debía emprenderse con una declaración ritualizada de guerra por parte de los sacerdotes feciales . [19] Los embajadores extranjeros estaban protegidos por el ius gentium , y era una violación religiosa dañar a un enviado. [20]
Si bien se puede decir que los términos de los tratados de paz caen en términos generales dentro del ius gentium , no existe ningún marco de derecho internacional per se al que un tratado deba ajustarse. Cuando las gentes quedaron bajo el dominio romano, el derecho romano se convirtió, de hecho, en derecho internacional. [21] Las leyes locales permanecían en vigor mientras no entraran en conflicto con el derecho romano; se entendió que esta compatibilidad reflejaba el ius gentium subyacente . [22] Muchos eruditos creen que el pretor asignado a los asuntos exteriores ( praetor peregrinus ) jugó un papel importante en la extensión del derecho civil romano a las gentes . [23] Las leyes originalmente relativas a cuestiones de derecho contractual entre ciudadanos romanos, como las transferencias de propiedad y la manumisión , fueron así "internacionalizadas" entre las gentes . [24] Podrían surgir cuestiones de "derecho internacional" en relación con las concesiones individuales de ciudadanía, y si éstas están de acuerdo con el tratado. [25] Debido a que no existía un principio de derecho internacional generalmente aceptado, también podría surgir controversia sobre si "Roma estaba obligada por un acuerdo celebrado por un comandante de campo sin la aprobación del Senado, típicamente un armisticio celebrado en situaciones difíciles y en términos desfavorables". [26]
Livio presenta un pasaje clave perteneciente a lo que los romanos entendían como "derecho internacional" , tal como lo expresó un enviado del rey Antíoco: [27]
Había tres clases de tratados ( foedera , singular foedus ), dijo, por los cuales estados y reyes concertaban amistades ( amicitiae ): uno, cuando en tiempo de guerra se imponían términos ( leges ) a los conquistados; porque cuando todo fue entregado al que era más poderoso en armas, es derecho y privilegio del vencedor decidir qué bienes del conquistado desea confiscar; el segundo, cuando Estados que están en igualdad de condiciones en la guerra concluyen la paz y la amistad en términos de igualdad; en estas condiciones, las demandas de restitución se hacen y conceden de mutuo acuerdo, y si la propiedad de cualquier propiedad se ha vuelto incierta por la guerra, estas cuestiones se resuelven de acuerdo con las reglas del derecho tradicional o la conveniencia de cada parte; el tercero existe cuando Estados que nunca han estado en guerra se unen para prometer amistad mutua en un tratado de alianza; ninguna de las partes da ni acepta condiciones; porque eso sucede cuando se encuentran un bando vencedor y otro vencido. [28]
La terminología asociada con el derecho internacional romano no era especializada pero incluía: [29]
En la Edad Media , el ius gentium derivaba del derecho canónico además de la teoría jurídica romana. [38] En la antigüedad tardía , Isidoro de Sevilla (c. 560-636), enumeró los principios del ius gentium , centrándose en la foedera pacis , "tratados de paz": [39]
Ius gentium es ocupación, construcción, fortificación, guerras, cautiverio, derecho a recuperar la ciudadanía después del cautiverio, esclavitud, tratados, paz, armisticio, inviolabilidad de los embajadores, prohibición de matrimonios mixtos; y es ius gentium porque casi todas las naciones lo utilizan. [40]