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Estudios jurídicos críticos

Los estudios jurídicos críticos ( CLS ) son una escuela de teoría crítica que se desarrolló en Estados Unidos durante la década de 1970. [1] Los partidarios de la CLS afirman que las leyes están diseñadas para mantener el status quo de la sociedad y así codificar sus prejuicios contra los grupos marginados . [2]

A pesar de la amplia variación en las opiniones de los juristas críticos de todo el mundo, existe un consenso general con respecto a los objetivos clave de los estudios jurídicos críticos: [3]

Las abreviaturas " CLS " y " Crit " se utilizan a veces para referirse al movimiento y a sus seguidores. [4]

Influencia

Considerado "el primer movimiento en teoría y erudición jurídica en los Estados Unidos que ha adoptado una postura y perspectiva política de izquierda comprometida", [1] los estudios jurídicos críticos estaban comprometidos a moldear la sociedad sobre la base de una visión de la personalidad humana desprovista de intereses ocultos. y la dominación de clases que, según los académicos de CLS, están en la raíz de las instituciones jurídicas liberales en Occidente. [4] Según los académicos de CLS Duncan Kennedy y Karl Klare, los estudios jurídicos críticos estaban "preocupados por la relación entre la erudición y la práctica jurídica y la lucha por crear una sociedad más humana, igualitaria y democrática". [5]

Durante su período de máxima influencia, el movimiento de estudios jurídicos críticos causó una considerable controversia dentro de la academia jurídica. Miembros como Roberto Mangabeira Unger han buscado reconstruir estas instituciones como una expresión de la coexistencia humana y no simplemente una tregua provisional en una lucha brutal [6] y fueron vistos como las voces más poderosas y el único camino a seguir para el movimiento. [4] [7] [8] Unger y otros miembros del movimiento continúan intentando desarrollarlo en nuevas direcciones, por ejemplo, hacer del análisis jurídico la base para desarrollar alternativas institucionales. [9] [10] [11]

Historia

Aunque los orígenes intelectuales de los estudios jurídicos críticos (CLS) generalmente se remontan al realismo jurídico estadounidense , como movimiento académico distinto, los CLS no surgieron por completo hasta finales de la década de 1970. Muchos académicos estadounidenses de la primera ola de CLS ingresaron a la educación jurídica, habiendo sido profundamente influenciados por las experiencias del movimiento de derechos civiles, el movimiento por los derechos de las mujeres y el movimiento contra la guerra de los años 1960 y 1970. Lo que comenzó como una postura crítica hacia la política interna estadounidense finalmente se tradujo en una postura crítica hacia la ideología jurídica dominante de la sociedad occidental moderna. Basándose tanto en la teoría nacional como en el trabajo de los teóricos sociales europeos, los "críticos" buscaron desmitificar lo que consideraban los numerosos mitos en el corazón del pensamiento y la práctica legales dominantes.

El movimiento británico de estudios jurídicos críticos comenzó aproximadamente en un momento similar al de su homólogo estadounidense. Sin embargo, se centró en una serie de conferencias que se celebraban anualmente, en particular la Conferencia Jurídica Crítica y el Grupo Nacional de Abogados Críticos. Quedan varias líneas de falla en la comunidad; entre teoría y práctica, entre quienes miran al marxismo y quienes trabajaron en la deconstrucción , entre quienes buscan compromisos explícitamente políticos y quienes trabajan en estética y ética.

En Francia, donde la tradición jurídica había sido custodiada estrechamente por las facultades de derecho y vigilada por instituciones napoleónicas como el Tribunal de Casación , el Consejo de Estado y la Escuela Nacional de la Magistratura, el famoso sociólogo Pierre Bourdieu causó un gran revuelo cuando afirmó publicó su "La Force De La Loi, Elements Pour Une Sociologie du Champ Juridique" en 1986, traducido como "La fuerza de la ley: hacia una sociología del campo jurídico", en el Hastings Law Journal (1987). Anunció el comienzo de los estudios jurídicos críticos continentales.

Relación con el realismo jurídico estadounidense

Los estudios jurídicos críticos tuvieron sus orígenes intelectuales en el movimiento realista jurídico estadounidense de los años treinta. Antes de la década de 1930, la jurisprudencia estadounidense había estado dominada por una visión formalista de cómo los tribunales deciden los casos, una visión que sostenía que los jueces deciden los casos sobre la base de reglas y razones claramente jurídicas que justifican un resultado único. Los realistas jurídicos argumentaron que la legislación y la jurisprudencia son indeterminadas y que los tribunales de apelación deciden los casos no basándose en la ley, sino en lo que consideran justo a la luz de los hechos de un caso. Considerado "el movimiento jurisprudencial más importante del siglo XX", [12] el realismo jurídico estadounidense provocó un shock en la erudición jurídica estadounidense al socavar los principios formalistas que durante mucho tiempo se consideraron la base de la jurisprudencia . [ cita necesaria ]

La influencia del realismo jurídico inquietó a la jurisprudencia estadounidense durante décadas. Alan Hunt escribe que el período "entre el realismo de la década de 1930 y el surgimiento de los estudios jurídicos críticos a finales de la década de 1970 ha sido una serie de intentos infructuosos de recuperar del impacto del realismo alguna base para una teoría jurídica que articule una imagen del derecho". objetividad del proceso legal, aunque la explicación ofrecida por el postrrealismo tenía que ser más compleja que la proporcionada por una doctrina de seguimiento de reglas". [1]

Como literatura y red

El movimiento de estudios jurídicos críticos surgió a mediados de la década de 1970 como una red de profesores de derecho de izquierda en Estados Unidos que desarrollaron la tesis realista de la indeterminación al servicio de los ideales izquierdistas. Según Roberto Unger, el movimiento "continuó como fuerza organizada sólo hasta finales de los años 1980. Su vida como movimiento duró poco más de una década". [13]

Duncan Kennedy, profesor de derecho de Harvard que, junto con Unger, fue una de las figuras clave del movimiento, ha dicho que, en los primeros días de los estudios jurídicos críticos, "prácticamente todos en la red eran hombres blancos con algún interés en "Políticas radicales al estilo de los años 60 o sentimientos radicales de un tipo u otro. Algunos procedían de entornos marxistas , otros procedían de reformas democráticas ". [14] Kennedy ha enfatizado la doble naturaleza de los estudios jurídicos críticos, como una red de académicos/activistas de izquierda y como literatura académica:

[L]os estudios jurídicos críticos tienen dos vertientes. Es una literatura académica y también ha sido una red de personas que se consideraban activistas en la política de las facultades de derecho. Inicialmente, la literatura académica fue producida por las mismas personas que hacían activismo en la facultad de derecho. Los estudios jurídicos críticos no son una teoría. Es básicamente esta literatura producida por esta red de personas. Creo que se pueden identificar algunos temas de la literatura, temas que han cambiado con el tiempo. [14]

Los académicos afiliados a los estudios jurídicos críticos a menudo se identificaban con el movimiento de varias maneras: incluyendo en sus artículos una nota a pie de página de apertura mencionando la Conferencia sobre Estudios Jurídicos Críticos y proporcionando la información de contacto de la organización, asistiendo a conferencias de la CCLS y citando el trabajo de compañeros académicos de estudios jurídicos críticos. Una bibliografía de 1984 de las obras de CLS, compilada por Duncan Kennedy y Karl Klare y publicada en el Yale Law Journal , incluía decenas de autores y cientos de obras. [5]

Una colección de cuatro volúmenes de 2011 editada por Costas Douzinas y Colin Perrin, con la asistencia de JM Barreto, recopila el trabajo de los British Critical Legal Studies, incluidos sus mentores filosóficos. Muestra estudios elaborados desde sus orígenes a finales de la década de 1980 en áreas como filosofía jurídica , literatura, psicoanálisis , estética , feminismo , género , sexualidad , poscolonialismo , raza , ética , política y derechos humanos . [15]

Los participantes destacados en el movimiento CLS incluyen a Derrick Bell , Drucilla Cornell , Mary Joe Frug , Mark Kelman , Alan Hunt , Catharine MacKinnon , Paul O'Connell, Peter Fitzpatrick, Morton Horwitz , Jack Balkin , Costas Douzinas , Karl Klare , Peter Gabel , Roberto . Unger , Renata Salecl , Mark Tushnet , Louis Michael Seidman , John Strawson y Martha Fineman . [ cita necesaria ]

Contexto intelectual y político

Roberto Unger, un miembro clave de los estudios jurídicos críticos cuya influencia continuó siendo de gran alcance en las décadas posteriores al declive del movimiento, ha escrito que los fundadores de los estudios jurídicos críticos "nunca pretendieron que se convirtiera en una escuela de pensamiento o género de pensamiento permanente". escrito. Querían intervenir en una circunstancia particular..." [13]

Esa circunstancia fue la práctica dominante del análisis jurídico que Unger llama el "método de elaboración razonada". [16] Un descendiente cercano del formalismo doctrinal del siglo XIX, que buscaba a través del análisis jurídico identificar el "contenido jurídico inherente a una... sociedad libre", [17] el método de elaboración razonada trataba los materiales jurídicos como si contuvieran un "ideal". elemento", una sustancia jurídica inherente que subyace a las contradicciones y ambigüedades del texto de la ley. [18] Bajo la práctica de la elaboración razonada, esta sustancia jurídica inherente forma un sistema prescriptivo que los jueces descubren gradualmente al razonar a través de las políticas y principios del derecho sin cuestionar los "arreglos institucionales básicos de la economía de mercado, de la política democrática y de la sociedad civil". sociedad fuera del mercado y del Estado". [19]

La elaboración razonada fue una influencia perniciosa por varias razones, argumentaron Unger y otros: restó énfasis a la naturaleza contingente del derecho como producto de acuerdos y compromisos, en lugar de tratarlo como si contuviera un sistema prescriptivo coherente que simplemente necesitaba ser descubierto por la interpretación legal. ; oscureció cómo los jueces usurpan la autoridad al negar su propio papel en la elaboración de leyes; y, finalmente, la elaboración razonada inhibió el uso del derecho como mecanismo de cambio social. [20]

Además del contexto de la interpretación jurídica, también surgieron estudios jurídicos críticos en respuesta a su contexto político, es decir, un entorno en el que el acuerdo socialdemócrata finalizado después de la Segunda Guerra Mundial se había convertido en una disputa canónica [21] y activa sobre la La organización de la sociedad disminuyó gravemente, consagrando efectivamente un consenso reinante sobre la organización social que Unger describe como una "combinación de ortodoxia neoliberal, capitalismo de Estado y redistribución compensatoria mediante impuestos y transferencias". [22] Los juristas críticos cuestionaron ese consenso y buscaron utilizar la teoría jurídica como un medio para explorar formas alternativas de organización social y política.

De acuerdo con el racionalismo crítico, el jurista alemán Reinhold Zippelius utiliza el método de "ensayo y error" de Popper en su "Filosofía del Derecho". [23]

Temas

Aunque la CLS (como la mayoría de las escuelas y movimientos) no ha producido un cuerpo de pensamiento único y monolítico, en general se pueden rastrear varios temas comunes en las obras de sus seguidores. Éstas incluyen:

Sin embargo, los temas tradicionales están siendo reemplazados cada vez más por ideas críticas más amplias y radicales. Las intervenciones en el derecho de propiedad intelectual , los derechos humanos , la jurisprudencia , el derecho penal , el derecho de propiedad , el derecho internacional , etc., han resultado cruciales para el desarrollo de esos discursos. Igualmente, CLS ha introducido nuevos marcos en el campo jurídico, como el posmodernismo , la teoría queer , los enfoques literarios del derecho, el psicoanálisis , el derecho y la estética , y el poscolonialismo .

Influencia continua

Los estudios jurídicos críticos continúan como una colección diversa de escuelas de pensamiento y movimientos sociales. La comunidad CLS es un grupo extremadamente amplio con grupos de teóricos críticos en facultades de derecho y departamentos de estudios sociojurídicos como la Facultad de Derecho de Harvard , el Centro de Derecho de la Universidad de Georgetown , la Universidad Northeastern , la Universidad de Buffalo , la Facultad de Derecho de Chicago-Kent , la Universidad Birkbeck. de Londres , Universidad de Nueva Gales del Sur , Universidad de Melbourne , Universidad de Kent , Universidad de Carleton , Universidad de Keele , Universidad de Glasgow , Universidad de East London entre otras.

En la academia jurídica estadounidense su influencia y prominencia parecen haber disminuido en los últimos años. Sin embargo, las ramas de CLS, incluida la teoría crítica de la raza, continúan ganando popularidad. Las escuelas de pensamiento asociadas, como la femcrit, la teoría feminista contemporánea y el ecofeminismo y la teoría racial crítica, desempeñan ahora un papel importante en los estudios jurídicos contemporáneos. En las últimas dos décadas también ha surgido una impresionante corriente de escritos al estilo CLS en las áreas de derecho internacional y comparado.

Además, CLS ha tenido un efecto práctico en la educación jurídica, ya que fue la inspiración y el enfoque del plan de estudios alternativo de primer año del Centro de Derecho de la Universidad de Georgetown (denominado "Plan de estudios B", conocido como "Sección 3" dentro de la escuela). En el Reino Unido, tanto Kent como Birkbeck han tratado de incorporar conocimientos jurídicos críticos al plan de estudios jurídico, incluido un LLM basado en teoría jurídica crítica en la Facultad de Derecho de Birkbeck. Varios centros e instituciones de investigación ofrecen cursos de investigación y enseñanza basados ​​en CLS en una variedad de campos legales, incluidos los derechos humanos, la jurisprudencia, la teoría constitucional y la justicia penal.

En Nueva Zelanda , el Centro de Asuntos Legales de la Universidad de Otago se estableció en 2007 en la facultad de derecho de la universidad.

Law and Critique es una de las pocas revistas del Reino Unido que se identifica específicamente con la teoría jurídica crítica. En Estados Unidos, The Crit y Unbound: Harvard Journal of the Legal Left [25] son ​​las únicas revistas que continúan posicionándose explícitamente como plataformas para estudios jurídicos críticos. Sin embargo, otras revistas como Law, Culture and the Humanities , Harvard Civil Rights-Civil Liberties Law Review , The National Lawyers Guild Review , Social and Legal Studies y The Australian Feminist Law Journal publicaron investigaciones jurídicas abiertamente críticas.

Ver también

Referencias

  1. ^ abc Alan Hunt, "La teoría de los estudios jurídicos críticos", Oxford Journal of Legal Studies, vol. 6, núm. 1 (1986): 1-45, esp. 1, 5. Véase [1]. DOI, 10.1093/ojls/6.1.1.
  2. ^ "Teoría jurídica crítica", Facultad de Derecho de Cornell > Consultado el 10 de agosto de 2017.
  3. ^ "teoría jurídica: movimiento de estudios jurídicos críticos". Universidad de Harvard, Cambridge, Massachusetts EE.UU. (Programa Puente) . Consultado el 14 de mayo de 2017 .
  4. ^ a b C Turley, Jonathan. "Guía del autoestopista sobre CLS, Unger y el pensamiento profundo". Revisión de derecho de la Universidad Northwestern 81 (1987): 593-620, esp. "Introducción: La política de Roberto Unger, un trabajo en teoría social constructiva", págs. 593-595 [verificado] y 423. [ verificación necesaria ] Cita: "En su nivel más básico, el movimiento CLS desafía a la sociedad a considerar algunas cuestiones fundamentales sobre la validez de sus propias instituciones y reconsiderar algunas de las 'respuestas definitivas' del pasado en las que se basan esas instituciones".
  5. ^ ab Duncan Kennedy y Karl E. Klare, "Una bibliografía de estudios jurídicos críticos", Yale Law Journal, vol. 94 (1984): 461.
  6. ^ Unger, Roberto Mangabeira. Pasión: un ensayo sobre la personalidad. Nueva York: Free Press, 1984, pág. 47
  7. ^ Hutchinson, Allan C y Patrick J Monahan. 1984. "La cuestión de los derechos: Roberto Unger y más allá". Revisión de la ley de Texas 62: 1478
  8. ^ Bartolomé, Amy y Alan Hunt. 1990. "¿Qué hay de malo en los derechos?". Derecho y desigualdad: una revista de teoría y práctica 9: 1.
  9. ^ Unger, Roberto Mangabeira. ¿En qué debería convertirse el análisis jurídico? Londres; Nueva York: Verso, 1996.
  10. ^ Unger, Roberto Mangabeira, El movimiento de estudios jurídicos críticos . Nueva York: Verso, 2015.
  11. ^ Waldron, Jeremy. 1998. "Reseña: Pequeño secreto sucio". Columbia Law Review 98 (2) (1 de marzo): 510–530.
  12. ^ Leiter, Brian, Realismo jurídico estadounidense. Derecho de la Universidad de Texas, Trabajo de investigación de derecho público n.º 42. Disponible en SSRN. DOI, 10.2139/ssrn.339562.
  13. ^ ab Unger 2015, pág. 24.
  14. ^ ab Gerard J. Clark, "Una conversación con Duncan Kennedy", The Advocate: The Suffolk University Law School Journal, vol. 24, núm. 2 (1994): 56-61. Véase [2].
  15. ^ Douzinas, Costas y Perrin, Colin. Teoría jurídica crítica, Londres: Routledge, 2011. Véase [3].
  16. ^ Unger 2015, pag. 5.
  17. ^ Unger 2015, pag. 8.
  18. ^ Unger 2015, pag. 6.
  19. ^ Unger 2015, pag. 7.
  20. ^ Unger 2015, pag. 11f.
  21. ^ Unger 2015, pag. 14.
  22. ^ Unger 2015, pag. 15.
  23. ^ Reinhold Zippelius, Die experimentierende Methode im Recht, Akademie Mainz, 1991, ISBN 3-515-05901-6 ; Rechtsphilosophie, 6. Aufl. 2011, artículo 11 III, ISBN 978-3-406-61191-9  
  24. ^ Schlag, Pierre (1990). "Le Hors de Texte - C'est Moi". Revista de Derecho Cardozo . 10 : 1631.
  25. ^ "Sin consolidar". Sin consolidar . Consultado el 12 de octubre de 2020 .

Otras lecturas

Más información sobre el tema del título, presentada en orden inverso a la fecha de publicación y alfabéticamente por autor, dentro del año:

34 Universidad Americana L. Rev. 1065, 1985

enlaces externos

  1. ^ Frug, Mary Joe (marzo de 1992). "Un manifiesto feminista posmoderno (un borrador inacabado)". Revista de derecho de Harvard . 105 (5): 1045-1075. doi :10.2307/1341520. JSTOR  1341520.