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Cuestión política

En el derecho constitucional de los Estados Unidos , la doctrina de la cuestión política sostiene que una disputa constitucional que requiere conocimientos de carácter no jurídico o el uso de técnicas no aptas para un tribunal o asignadas explícitamente por la Constitución al Congreso de los Estados Unidos , o al Presidente del Estados Unidos , su solución se encuentra dentro del ámbito político, más que legal, y los jueces habitualmente se niegan a abordar tales asuntos. La idea de una cuestión política está estrechamente vinculada al concepto de justiciabilidad , ya que se reduce a la cuestión de si el sistema judicial es o no un foro apropiado para conocer el caso. Esto se debe a que el sistema judicial sólo tiene autoridad para conocer y decidir una cuestión jurídica, no política. Las cuestiones jurídicas se consideran justiciables, mientras que las cuestiones políticas no lo son. [1] Un estudioso explicó:

La doctrina de la cuestión política sostiene que algunas cuestiones, por su naturaleza, son fundamentalmente políticas y no jurídicas, y si una cuestión es fundamentalmente política... entonces el tribunal se negará a escuchar ese caso. Afirmará que no tiene jurisdicción. Y dejará esa cuestión para que se resuelva algún otro aspecto del proceso político.

—  John E. Finn, profesor de gobierno, 2006 [2]

Una decisión de no justiciabilidad, al final, impide que la cuestión que llevó el caso ante el tribunal se resuelva en un tribunal de justicia. En el caso típico en el que se llega a una conclusión de injusticiabilidad debido a la doctrina de la cuestión política, la cuestión presentada ante el tribunal es tan específica que la Constitución otorga poder exclusivo a una de las ramas políticas, o la cuestión presentada es tan vaga que la La Constitución ni siquiera lo considera. Un tribunal sólo puede decidir cuestiones basándose en la ley. La Constitución dicta las diferentes responsabilidades legales de cada rama respectiva del gobierno. Si hay una cuestión en la que el tribunal no tiene la Constitución como guía, no hay criterios legales a utilizar. Cuando no existen deberes constitucionales específicos involucrados, la cuestión debe decidirse mediante el proceso democrático. El tribunal no se involucrará en disputas políticas.

Origen

La doctrina tiene sus raíces en el histórico caso original de la Corte Suprema de Marbury contra Madison (1803). [3] [4] En ese caso, el presidente del Tribunal Supremo, John Marshall, trazó una distinción entre dos funciones diferentes del Secretario de Estado de Estados Unidos . Marshall afirmó que cuando el Secretario de Estado desempeñaba un asunto puramente discrecional, como asesorar al Presidente sobre cuestiones de política, no estaba sujeto a ningún estándar legalmente identificable. Por lo tanto, algunas de las acciones del Secretario no pueden ser revisadas por un tribunal de justicia. [3] Marshall argumentó que los tribunales generalmente no deberían conocer de casos en los que estuvieran involucradas cuestiones políticas y los derechos individuales no estuvieran implicados (versiones posteriores de la doctrina de la cuestión política argumentaron que se aplicaba incluso si estaban en juego derechos individuales [ se necesitaba atribución ] ). [3]

Doctrina

A diferencia de las reglas de validez , madurez y discutibilidad, cuando se aplica la doctrina de la cuestión política, una cuestión particular está más allá de la competencia judicial, sin importar quién la plantee, cuán inmediatos sean los intereses que afecte o cuán candente sea la controversia. [4] La doctrina se basa en el principio de separación de poderes , así como en el deseo del poder judicial federal de evitar insertarse en conflictos entre poderes del gobierno federal . [4] Se justifica por la noción de que existen algunas cuestiones que se resuelven mejor a través del proceso político, en el que los votantes pueden aprobar o corregir la acción impugnada votando a favor o en contra de aquellos involucrados en la decisión, o simplemente más allá de la capacidad judicial. [4]

El principal caso de la Corte Suprema en el área de la doctrina de la cuestión política es Baker v. Carr (1962). [5] [4] En ese caso, la Corte Suprema sostuvo que una distribución desigual de una legislatura estatal puede haber negado la igualdad de protección y presentado una cuestión justiciable. [4] En la opinión de Baker , el Tribunal esbozó seis características "[p]rominentes en la superficie de cualquier caso que se considere que involucra una cuestión política": [5]

El primer factor –un compromiso textualmente demostrable con otra rama– es la visión clásica de que la Corte debe decidir todos los casos y cuestiones que tiene ante sí a menos que, como cuestión de interpretación constitucional, la propia Constitución haya confiado la determinación de la cuestión a otra rama de la rama. gobierno. [6] El segundo y tercer factor –falta de estándares judicialmente detectables y participación del poder judicial en determinaciones de políticas no judiciales– sugieren un enfoque funcional, basado en consideraciones prácticas sobre cómo debería funcionar el gobierno. [7] Los últimos tres factores (falta de respeto por otros poderes, necesidad de adherirse a una decisión política ya tomada y posibilidad de vergüenza) se basan en la consideración prudencial de la Corte contra el esfuerzo excesivo o el engrandecimiento. [8]

Otras aplicaciones

Si bien el alcance de la doctrina de la cuestión política aún no está resuelto, su aplicación se ha resuelto en su mayor parte en unas pocas áreas decididas. Estas áreas son:

Cláusula de Garantía

La Cláusula de Garantía , Artículo IV, Sección 4, exige que el gobierno federal "garantice a cada estado de esta Unión una forma republicana de gobierno". La Corte Suprema ha dictaminado que esta cláusula no implica ningún conjunto de "normas judicialmente manejables que un tribunal pueda utilizar de forma independiente para identificar el gobierno legítimo de un Estado". [9] Por este motivo, en Luther v. Borden, la Corte se negó a decidir qué grupo era el gobierno legítimo de Rhode Island. [10] [11] Desde entonces, la Corte se ha negado sistemáticamente a recurrir a la Cláusula de Garantía como fuente constitucional para invalidar la acción estatal, [4] como por ejemplo si es legal que los estados adopten leyes mediante referendos. [12]

El proceso de destitución

El artículo I, sección 2 de la Constitución establece que la Cámara "tendrá el poder exclusivo de procesar todos los juicios políticos", y el artículo I, sección 3 establece que el "Senado tendrá el poder exclusivo de juzgar todos los juicios políticos". [13] Dado que la Constitución coloca el poder exclusivo de acusación en dos órganos políticos, se califica como una cuestión política. Como resultado, ni la decisión de la Cámara de acusar ni la del Senado de destituir a un presidente o cualquier otro funcionario pueden ser apeladas ante ningún tribunal. [14]

Política exterior y guerra

Por lo general, un tribunal no decidirá si un tratado ha sido rescindido porque, en esa cuestión, "la acción gubernamental... debe considerarse de importancia determinante". [15] Sin embargo, los tribunales a veces se pronuncian sobre la cuestión. Un ejemplo de esto es que las tribus nativas americanas que han sido oficialmente eliminadas no pierden las concesiones de sus tratados sin un texto explícito del Congreso que indique que el tratado también queda derogado.

En el caso b de Ali Jaber contra Estados Unidos (2017), los demandantes presentaron una demanda en virtud de la Ley de Protección a las Víctimas de la Tortura de 1991 después de que un ataque con aviones no tripulados estadounidenses en 2012 matara a cinco civiles. [16] El Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia desestimó las reclamaciones de los demandantes sobre la base de que "los demandantes impugnaron el tipo de decisión ejecutiva considerada injustificable en El-Shifa Pharmaceutical Industries Co. contra Estados Unidos (2010)". En El-Shifa , el tribunal distinguió "entre demandas que cuestionaban la sabiduría de la acción militar, 'una elección política... constitucionalmente comprometida' con las ramas políticas, y 'cuestiones legales tales como si el gobierno tenía autoridad legal para actuar'". [17] Por lo tanto, el tribunal sostuvo que el argumento de los demandantes requería que el tribunal tomara una decisión política. [17]

manipulación

Ha habido múltiples casos sobre la justiciabilidad de la manipulación:

Contratistas militares privados

En el caso Ghane contra Mid-South (16 de enero de 2014), [21] la Corte Suprema de Mississippi sostuvo que una demanda por muerte por negligencia contra una empresa militar privada por parte de la familia de un SEAL de la Marina de los Estados Unidos fallecido podría proceder según la ley de Mississippi. ya que las reclamaciones del demandante no presentaban una cuestión política no justiciable según Baker v. Carr (1962). [5]

Casos judiciales

Casos importantes que discuten la doctrina de la cuestión política:

Más allá de los Estados Unidos

La doctrina de la cuestión política también ha tenido importancia más allá del derecho constitucional estadounidense.

Francia

Un tipo de acto del gobierno francés, el acte de gouvernement , evita la revisión judicial por ser demasiado sensible políticamente. [23] [24] Si bien el alcance del concepto se ha ido reduciendo con el tiempo, todavía hay actos sobre los que los tribunales no tienen competencia, como asuntos que se consideran inseparables de los actos diplomáticos de Francia, como la decisión del Presidente de realizar pruebas de armas nucleares o cortar la ayuda financiera a Irak. [23] [24] Otros actos incluyen la decisión del Presidente de disolver el Parlamento, conceder honores o conceder amnistía. [24] Tales actes de gouvernement deben tener una base política y también referirse a ámbitos en los que los tribunales no son competentes para juzgar, por ejemplo, la seguridad nacional y las relaciones internacionales. [24]

Japón

La constitución de posguerra otorgó a la Corte Suprema de Japón el poder de revisión judicial, y la corte desarrolló su propia doctrina de cuestiones políticas ( japonés :統治行為; tōchikōi). [25] La Corte Suprema de Japón estaba en parte tratando de evitar decidir sobre el fondo de los casos bajo el Artículo 9 de la constitución pacifista de posguerra, que renuncia a la guerra y a la amenaza o el uso de la fuerza. [26] Cuestiones que surgen en virtud del art. 9 incluyen la legitimidad de las Fuerzas de Autodefensa de Japón , el Tratado de Seguridad entre Estados Unidos y Japón y el estacionamiento de fuerzas estadounidenses en Japón . [25]

El caso Sunagawa se considera el principal precedente de la doctrina de la cuestión política en Japón. [25] En 1957, en lo que más tarde se conoció como el "incidente de Sunagawa", los manifestantes entraron en una entonces base militar estadounidense en el suburbio de Sunagawa en Tokio. [27] Al entrar en la base, los manifestantes violaron una ley penal japonesa especial basada en el Tratado de Seguridad entre Estados Unidos y Japón . [27] Un Tribunal de Distrito de Tokio determinó que la presencia del ejército estadounidense en Japón era inconstitucional según el art. 9 de la Constitución y absolvió a los imputados. [27]

La Corte Suprema anuló el fallo del tribunal de distrito en una apelación por vía rápida, desarrollando implícitamente la doctrina de la cuestión política en el fallo. [28] [29] La Corte consideró inapropiado que el poder judicial juzgue la constitucionalidad de asuntos altamente políticos como el Tratado de Seguridad entre Estados Unidos y Japón, a menos que violen expresamente la Constitución. [26] Sobre el Tratado de Seguridad, la Corte vio "un grado extremadamente alto de consideración política" y "existe un cierto elemento de incompatibilidad en el proceso de determinación judicial de su constitucionalidad por parte de un tribunal de justicia que tiene como misión el ejercicio de la función puramente judicial." [30] Por lo tanto, consideró que la cuestión debería ser resuelta por el Gabinete, la Dieta y, en última instancia, por el pueblo a través de elecciones. [30] [25] La presencia de fuerzas estadounidenses, además, no violó el artículo 9 de la Constitución pacifista, porque no involucraba fuerzas bajo mando japonés. [30]

A partir de entonces, la doctrina de la cuestión política se convirtió en una barrera para las impugnaciones en virtud del art. 9. [31] [32] [33] Según la regla del "error claro" desarrollada por la Corte, remite a las ramas políticas el art. 9 cuestiones siempre que la ley "no sea obviamente inconstitucional ni nula". [30] [25]

Otros casos notables sobre la doctrina de la cuestión política en Japón incluyen el caso Tomabechi , que se refería a si la disolución de la Dieta era válida. [34] En el caso Tomabechi, la Corte también decidió contra la revisión judicial al invocar implícitamente la doctrina de la cuestión política, citando la separación de poderes como justificación. [25] Además, el Tribunal anunció que en los casos de cuestiones políticas no relacionados con el art. 9, la regla del error claro no se aplica y la revisión judicial está categóricamente prohibida. [25]

Suiza

En 2007, Taiwán presentó una demanda ante un tribunal civil suizo contra la Organización Internacional de Normalización , argumentando que el uso por parte de la ISO del nombre de las Naciones Unidas " Taiwán, Provincia de China " en lugar de "República de China (Taiwán)" violaba los derechos del nombre de Taiwán. . [35] El 9 de septiembre de 2010, un panel del Tribunal Supremo Federal de Suiza decidió, por tres votos contra dos, desestimar la demanda por presentar una cuestión política no sujeta a la jurisdicción civil suiza. [36] [37] [38]

Taiwán

El Yuan Judicial del 26 de noviembre de 1993 interpretó que la delimitación del territorio nacional sería una cuestión política importante fuera del alcance de la revisión judicial. [39]

Corte Internacional de Justicia y Tribunal Europeo de Derechos Humanos

En los tribunales internacionales , la Corte Internacional de Justicia se ha ocupado de la doctrina en su función consultiva, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha ocupado de la doctrina a través del margen de apreciación. [40]

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Dentro del derecho de la Unión Europea , el Tribunal de Justicia de la Unión Europea nunca ha abordado explícitamente la doctrina de la cuestión política en su jurisprudencia, sin embargo se ha argumentado que existen rastros de la doctrina presentes en sus sentencias. [41]

Referencias

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