La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial ( ICERD ) es una convención de las Naciones Unidas . La Convención, instrumento de derechos humanos de tercera generación , compromete a sus miembros a eliminar la discriminación racial y promover el entendimiento entre todas las razas. [6] La Convención también requiere que sus partes criminalicen el discurso de odio y criminalicen la membresía en organizaciones racistas. [7]
La Convención también incluye un mecanismo de quejas individuales, lo que la hace efectivamente ejecutable contra sus partes. Esto ha llevado al desarrollo de una jurisprudencia limitada sobre la interpretación y aplicación de la Convención.
La convención fue adoptada y abierta a la firma por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 1965, [8] y entró en vigor el 4 de enero de 1969. En julio de 2020, cuenta con 88 signatarios y 182 partes. [2]
La Convención es supervisada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).
En diciembre de 1960, tras incidentes de antisemitismo en varias partes del mundo, [9] la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución condenando "todas las manifestaciones y prácticas de odio racial, religioso y nacional" como violaciones de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal. de Derechos Humanos y llamando a los gobiernos de todos los estados a "tomar todas las medidas necesarias para prevenir todas las manifestaciones de odio racial, religioso y nacional". [10] El Consejo Económico y Social siguió esto redactando una resolución sobre "manifestaciones de prejuicio racial e intolerancia nacional y religiosa", llamando a los gobiernos a educar al público contra la intolerancia y rescindir las leyes discriminatorias. [11] La falta de tiempo impidió que esto fuera considerado por la Asamblea General en 1961, [12] pero fue aprobado al año siguiente. [11]
Durante el primer debate sobre esta resolución, las naciones africanas encabezadas por la República Centroafricana , Chad , Dahomey , Guinea , Costa de Marfil , Malí , Mauritania y el Alto Volta presionaron para que se adoptaran medidas más concretas sobre la cuestión, en la forma de un acuerdo internacional. convención contra la discriminación racial. [13] Algunas naciones preferían una declaración en lugar de una convención vinculante, mientras que otras querían abordar la intolerancia racial y religiosa en un solo instrumento. [14] El compromiso final, forzado por la oposición política de las naciones árabes a tratar la intolerancia religiosa al mismo tiempo que la intolerancia racial, además de la opinión de otras naciones de que la intolerancia religiosa era menos urgente, [15] fue por dos resoluciones, una de las cuales pedía una declaración y proyecto de convención destinados a eliminar la discriminación racial, [16] el otro hace lo mismo respecto de la intolerancia religiosa . [17]
El artículo 4, que tipifica como delito la incitación a la discriminación racial, también fue controvertido en la etapa de redacción. En el primer debate del artículo hubo dos borradores, uno presentado por Estados Unidos y otro por la Unión Soviética y Polonia . Los Estados Unidos, con el apoyo del Reino Unido, propusieron que sólo se prohibiera la incitación "que tenga o pueda tener como resultado la violencia", mientras que la Unión Soviética quería "prohibir y disolver las organizaciones racistas, fascistas y cualquier otra que practique o incite a la discriminación racial". ". Los países nórdicos propusieron un compromiso en el que se añadía una cláusula de "debida consideración" a los derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos para que se tuviera en cuenta al criminalizar el discurso de odio. [18]
El proyecto de Declaración sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial fue adoptado por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1963. [19] El mismo día la Asamblea General pidió al Consejo Económico y Social y a la Comisión de Derechos Humanos que redactaran el proyecto de Declaración sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. un convenio sobre el tema sea una prioridad absoluta. [20] El borrador se completó a mediados de 1964, [21] pero los retrasos en la Asamblea General significaron que no pudo ser adoptado ese año. [15] Fue finalmente adoptado el 21 de diciembre de 1965. [8]
El preámbulo de la Convención reafirma la dignidad y la igualdad ante la ley citando la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos y condena el colonialismo citando la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales , la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y también cita el Convenio de la OIT sobre Empleo y Ocupación (C111) y el Convenio contra la Discriminación en la Educación contra la discriminación.
El artículo 1 de la Convención define la "discriminación racial" como:
... cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en raza , color, ascendencia u origen nacional o étnico que tenga por objeto o efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en el ámbito político, económico, social, cultural o en cualquier otro ámbito de la vida pública. [22]
Las distinciones hechas sobre la base de la ciudadanía (es decir, entre ciudadanos y no ciudadanos) están específicamente excluidas de la definición, al igual que las políticas de discriminación positiva y otras medidas adoptadas para corregir los desequilibrios y promover la igualdad. [23]
Esta definición no distingue entre discriminación por motivos étnicos y discriminación por motivos raciales , a pesar de la siguiente declaración de antropólogos en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
6. Los grupos nacionales, religiosos, geográficos, lingüísticos y culturales no necesariamente coinciden con los grupos raciales; y los rasgos culturales de tales grupos no han demostrado una conexión genética con los rasgos raciales. [24]
La conclusión clara del informe es que la raza y el origen étnico pueden correlacionarse, pero no deben mezclarse. La inclusión de la ascendencia cubre específicamente la discriminación por motivos de casta y otras formas de estatus hereditario. [25] No es necesario que la discriminación se base estrictamente en la raza o el origen étnico para que se aplique la Convención. Más bien, si una acción o política particular discrimina se juzga por sus efectos. [26]
Al tratar de determinar si una acción tiene un efecto contrario a la Convención, se examinará si esa acción tiene un impacto dispar injustificable sobre un grupo distinguido por raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico. [26]
La cuestión de si un individuo pertenece a un grupo racial determinado debe decidirse, salvo justificación en contrario, mediante la autoidentificación. [27]
El artículo 2 de la Convención condena la discriminación racial y obliga a las partes a "comprometerse a aplicar, por todos los medios apropiados y sin demora, una política encaminada a eliminar la discriminación racial en todas sus formas". [6] También obliga a las partes a promover el entendimiento entre todas las razas. [6] Para lograr esto, la Convención requiere que los signatarios:
Los partidos están obligados "cuando las circunstancias así lo justifiquen" a utilizar políticas de discriminación positiva para grupos raciales específicos para garantizar "el disfrute pleno e igualitario de los derechos humanos y las libertades fundamentales". [33] Sin embargo, estas medidas deben ser finitas, y "en ningún caso entrañarán como consecuencia el mantenimiento de derechos desiguales o separados para diferentes grupos raciales una vez alcanzados los objetivos para los cuales fueron adoptadas". [33]
El artículo 5 amplía la obligación general del artículo 2 y crea una obligación específica de garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, independientemente de "raza, color u origen nacional o étnico". [34] Además, enumera derechos específicos a los que esta igualdad debe aplicarse: igualdad de trato por parte de cortes y tribunales, [35] seguridad de la persona y protección contra la violencia, [36] los derechos civiles y políticos afirmados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, [37] el los derechos económicos, sociales y culturales afirmados en el PIDESC, [38] y el derecho de acceso a cualquier lugar o servicio utilizado por el público en general, "como transporte, hoteles, restaurantes, cafés, teatros y parques". [39] Esta lista no es exhaustiva y la obligación se extiende a todos los derechos humanos. [40]
El artículo 6 obliga a las partes a proporcionar "protección y recursos efectivos" a través de los tribunales u otras instituciones por cualquier acto de discriminación racial. [41] Esto incluye el derecho a un recurso legal y a una indemnización por los daños sufridos debido a la discriminación. [41]
El artículo 3 condena el apartheid y la segregación racial y obliga a las partes a "prevenir, prohibir y erradicar" estas prácticas en los territorios bajo su jurisdicción. [42] Desde entonces, este artículo se ha visto reforzado por el reconocimiento del apartheid como un crimen contra la humanidad en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional . [43]
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial considera que este artículo también entraña la obligación de erradicar las consecuencias de las políticas de segregación pasadas y de prevenir la segregación racial derivada de acciones de particulares. [44]
El artículo 4 de la Convención condena la propaganda y las organizaciones que intentan justificar la discriminación o se basan en la idea del supremacismo racial . [7] Obliga a las partes, "teniendo debidamente en cuenta los principios consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos", a adoptar "medidas inmediatas y positivas" para erradicar estas formas de incitación y discriminación. [7] Específicamente, obliga a las partes a penalizar el discurso de odio , los crímenes de odio y la financiación de actividades racistas, [45] y a prohibir y criminalizar la membresía en organizaciones que "promuevan e inciten" la discriminación racial. [46] Varios partidos tienen reservas sobre este artículo y lo interpretan en el sentido de que no permite ni exige medidas que infrinjan las libertades de expresión, asociación o reunión. [47]
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial considera este artículo como una obligación obligatoria de las partes en la Convención [48] y ha criticado repetidamente a las partes por no cumplirlo. [49] Considera que la obligación es consistente con las libertades de opinión y expresión afirmadas en la DNUDDH y el PIDCP [50] y señala que este último prohíbe específicamente la incitación a la discriminación racial, el odio y la violencia. [51] Considera que las disposiciones son necesarias para prevenir la violencia racial organizada y la "explotación política de la diferencia étnica". [52]
El artículo 7 obliga a los partidos a adoptar "medidas inmediatas y efectivas", particularmente en educación, para combatir los prejuicios raciales y fomentar la comprensión y la tolerancia entre diferentes grupos raciales, étnicos y nacionales. [53]
Los artículos 11 a 13 de la Convención establecen un mecanismo de resolución de disputas entre las partes. Una parte que crea que otra parte no está implementando la Convención puede presentar una queja ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. [54] El Comité dará curso a la denuncia, y si no se resuelve entre las dos partes, podrá establecer una Comisión de Conciliación ad hoc para investigar y hacer recomendaciones sobre el asunto. [55] Este procedimiento fue invocado por primera vez en 2018, por Qatar contra Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos [56] y por Palestina contra Israel. [57]
El artículo 22 permite además que cualquier controversia sobre la interpretación o aplicación de la Convención se remita a la Corte Internacional de Justicia . [58] Esta cláusula ha sido invocada tres veces: Georgia contra Rusia, [59] Ucrania contra Rusia, [60] Qatar contra los Emiratos Árabes Unidos. [61]
El artículo 14 de la Convención establece un mecanismo de denuncia individual similar al del Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer . Las Partes podrán reconocer en cualquier momento la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial para considerar quejas de individuos o grupos que afirmen que se han violado sus derechos conforme a la Convención. [62] Dichos partidos pueden establecer órganos locales para escuchar las quejas antes de que sean transmitidas. [63] Los denunciantes deben haber agotado todos los recursos internos, y no se permiten denuncias anónimas ni denuncias que se refieran a hechos ocurridos antes de que el país en cuestión se adhiriera a la Convención. [64] El Comité puede solicitar información a una parte y hacerle recomendaciones. [64]
El mecanismo de denuncias individuales entró en funcionamiento en 1982, después de haber sido aceptado por diez Estados partes. [65] Hasta 2010, 58 estados habían reconocido la competencia del Comité, [2] y el Comité ha tratado 54 casos. [66]
Varias Partes han formulado reservas y declaraciones interpretativas sobre su aplicación del Convenio. El texto de la Convención prohíbe las reservas "incompatibles con el objeto y fin de la presente Convención" o que inhiban el funcionamiento de cualquier organismo establecido por ella. [67] Una reserva se considera incompatible o inhibidora si dos tercios de las partes se oponen a ella. [67]
Afganistán , Bahréin , China , Cuba , Egipto , Guinea Ecuatorial , India , Indonesia , Irak , Israel , Kuwait , Líbano , Libia , Madagascar , Marruecos , Mozambique , Nepal , Arabia Saudita , Siria , Tailandia , Turquía , Vietnam y Yemen no lo hacen. se consideran obligados por el artículo 22. Algunos interpretan que este artículo permite que las disputas se remitan a la Corte Internacional de Justicia sólo con el consentimiento de todas las partes involucradas. [2]
Antigua y Barbuda , Bahamas , Barbados , Guyana , Jamaica , Nepal , Papua Nueva Guinea , Tailandia y Estados Unidos interpretan que la Convención no implica ninguna obligación más allá de los límites de sus constituciones vigentes. [2]
Austria , Bélgica , Francia, Irlanda, Italia, Japón, Malta , Mónaco , Suiza y Tonga interpretan que el artículo 4 no permite ni exige medidas que amenacen las libertades de expresión, opinión, asociación y reunión. [2] Antigua y Barbuda , las Bahamas , Barbados , Fiji , Nepal , Papua Nueva Guinea , Tailandia y el Reino Unido interpretan que la Convención crea la obligación de promulgar medidas contra el discurso de odio y los delitos de odio sólo cuando surja la necesidad.
Los Estados Unidos de América "no aceptan ninguna obligación en virtud de esta Convención, en particular en virtud de los artículos 4 y 7, de restringir aquellas [amplias protecciones de la libertad individual de palabra, expresión y asociación contenidas en la Constitución y las leyes de los Estados Unidos], mediante la adopción de legislación o cualesquiera otras medidas, en la medida en que estén protegidas por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos". [2]
Mónaco y Suiza se reservan el derecho de aplicar sus propios principios jurídicos a la entrada de extranjeros en sus mercados laborales. [2] El Reino Unido no considera que la Ley de Inmigrantes del Commonwealth de 1962 y la Ley de Inmigrantes del Commonwealth de 1968 constituyan forma alguna de discriminación racial. [2]
Tonga se reserva el derecho de no aplicar el Convenio a cualquier restricción a la enajenación de tierras en poder de indígenas tonganos . Fiji tiene importantes reservas en torno al artículo 5 y se reserva el derecho de no implementar esas disposiciones si son incompatibles con la ley existente sobre los derechos de voto y la enajenación de tierras de los indígenas fijianos . [2]
El mecanismo de denuncias individuales ha dado lugar a una jurisprudencia limitada sobre la interpretación y aplicación de la Convención. Hasta septiembre de 2011, se habían registrado ante el Comité 48 quejas; 17 de ellos han sido considerados inadmisibles, 16 han dado lugar a una conclusión de no violación y en 11 casos se ha determinado que una parte ha violado la Convención. Aún quedaban tres casos pendientes. [68]
Varios casos se han referido al tratamiento del pueblo romaní en Europa del Este. En Koptova contra Eslovaquia, el Comité concluyó que las resoluciones de varias aldeas de Eslovaquia que prohibían la residencia de los romaníes eran discriminatorias y restringían la libertad de movimiento y residencia, y recomendó al gobierno eslovaco que tomara medidas para poner fin a tales prácticas. [69] En LR c. Eslovaquia, el Comité concluyó que el gobierno eslovaco no había proporcionado un recurso efectivo para la discriminación sufrida por los romaníes después de la cancelación de un proyecto de vivienda por motivos étnicos. [70] En Durmic c. Serbia y Montenegro, el Comité encontró una falla sistémica por parte del gobierno serbio a la hora de investigar y procesar la discriminación contra los romaníes en el acceso a los lugares públicos. [71]
En varios casos, en particular LK contra Países Bajos y Gelle contra Dinamarca , el Comité ha criticado a las partes por no procesar adecuadamente los actos de discriminación o incitación racial. En ambos casos, el Comité se negó a aceptar "cualquier alegación de que la promulgación de una ley que convierte la discriminación racial en un acto criminal representa en sí misma el pleno cumplimiento de las obligaciones de los Estados partes en virtud de la Convención". [72] Esas leyes "también deben ser aplicadas eficazmente por los tribunales nacionales competentes y otras instituciones del Estado". [73] Si bien el Comité acepta la discreción de los fiscales sobre la presentación o no de cargos, esta discreción "debería aplicarse en cada caso de presunta discriminación racial a la luz de las garantías establecidas en la Convención" [ 74]
En La comunidad judía de Oslo et al. contra Noruega , el Comité concluyó que la prohibición del discurso de odio era compatible con la libertad de expresión, y que la absolución de un líder neonazi por el Tribunal Supremo de Noruega por motivos de libertad de expresión constituía una violación de la Convención. [75]
En Hagan contra Australia , el Comité dictaminó que, aunque originalmente no tenía la intención de degradar a nadie, el nombre del "ES 'Nigger' Brown Stand" (llamado así en honor del jugador de la liga de rugby de la década de 1920 Edward Stanley Brown ) en un campo deportivo de Toowoomba era racialmente ofensivo y debe ser eliminado. [76]
Georgia ganó una sentencia sobre una medida provisional de protección en la CIJ sobre la Federación Rusa en el caso de la Guerra Ruso-Georgiana .
El impacto de un tratado internacional se puede medir de dos maneras: por su aceptación y por su implementación. [77] [78] En cuanto a la primera medida, la Convención ha obtenido una aceptación casi universal por parte de la comunidad internacional, y menos de veinte estados (en su mayoría pequeños) aún no se han convertido en partes. [2] La mayoría de los estados importantes también han aceptado el mecanismo de quejas individuales de la Convención, lo que indica un fuerte deseo de estar obligados por las disposiciones de la Convención. [2] La Convención ha enfrentado problemas persistentes con la presentación de informes desde su creación, y las Partes con frecuencia no presentan informes completos, [79] o ni siquiera los presentan en absoluto. [80] En 2008, veinte partidos no habían presentado informes durante más de diez años, y treinta partidos no habían presentado informes durante más de cinco. [81] Una parte, Sierra Leona , no había presentado informes desde 1976, mientras que dos más, Liberia y Santa Lucía, nunca habían cumplido con los requisitos de presentación de informes establecidos en la Convención. [82] El Comité ha respondido a esta persistente falta de presentación de informes revisando de todos modos a las partes tardías, una estrategia que ha producido cierto éxito en el cumplimiento de los requisitos de presentación de informes. [83] Algunos consideran que esta falta de presentación de informes es un fracaso significativo de la Convención. [84] Sin embargo, el sistema de presentación de informes también ha sido elogiado por proporcionar "un estímulo permanente que induce a los Estados individuales a promulgar legislación antirracista o modificar la existente cuando sea necesario". [85]
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial es un organismo de expertos en derechos humanos encargado de monitorear la implementación de la Convención. Está formado por 18 expertos independientes en derechos humanos, elegidos por períodos de cuatro años y la mitad de los miembros elegidos cada dos años. Los miembros son elegidos mediante votación secreta de los partidos, y cada partido puede nominar a uno de sus nacionales para el Comité. [86]
Todas las partes deben presentar informes periódicos al Comité en los que se describan las medidas legislativas, judiciales, políticas y de otro tipo que hayan adoptado para dar efecto a la Convención. El primer informe deberá presentarse dentro del año siguiente a la entrada en vigor del Convenio para ese Estado; posteriormente los informes deben presentarse cada dos años o cuando el Comité lo solicite. [87] El Comité examina cada informe y dirige sus preocupaciones y recomendaciones al Estado parte en forma de "observaciones finales".
El 10 de agosto de 2018, expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas expresaron alarma por muchos informes creíbles de que China había detenido a un millón o más de personas de etnia uigur en Xinjiang . [88] Gay McDougall , miembro del Comité, dijo que "En nombre de la lucha contra el extremismo religioso, China había convertido a Xinjiang en algo parecido a un campo de internamiento masivo, envuelto en secreto, una especie de zona sin derechos". [89]
El 13 de agosto de 2019, el Comité examinó el primer informe presentado por la Autoridad Palestina. Varios expertos cuestionaron a la delegación sobre el antisemitismo , especialmente en los libros de texto. [90] Silvio José Albuquerque e Silva (Brasil) también planteó pruebas de la discriminación contra los romaníes y otras minorías, la condición de la mujer y la opresión de la comunidad LGBT. [91] El informe del Comité [92] de 30 de agosto de 2019 reflejó estas preocupaciones. [93] El 23 de abril de 2018, Palestina presentó una denuncia interestatal contra Israel por incumplimiento de sus obligaciones en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD). [94] [95]
Los días 4 y 5 de diciembre de 2019, el Comité examinó el informe presentado por Israel y en sus conclusiones del 12 de diciembre [96] señaló que le preocupa "la legislación discriminatoria existente, la segregación de la sociedad israelí en sectores judíos y no judíos" y otras quejas". El Comité también decidió que tiene jurisdicción con respecto a la comunicación interestatal presentada por el Estado de Palestina el 23 de abril de 2018 contra el Estado de Israel. [97] El Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel respondió alegando parcialidad por parte de los miembros del comité , señalando que su "postura flagrante antiisraelí y su imprudente desprecio por el bienestar de los israelíes es una negligencia impactante de los deberes del Comité CERD de actuar con imparcialidad y objetividad" .
El Comité suele reunirse cada marzo y agosto en Ginebra . [98] La composición actual (a febrero de 2024 [actualizar]) del Comité es: [99]
El 8 de diciembre de 2018, dos de los principales partidos políticos de derecha de Malasia , el islamista Partido Islámico de Malasia y la etnonacionalista Organización Nacional de Malayos Unidos , organizaron una " manifestación pacífica anti-ICERD " con el apoyo de varias organizaciones no gubernamentales por temor a la convención. supuestamente comprometiendo los privilegios bumiputera y las posiciones especiales del pueblo malayo y el Islam en el país, [100] un principio importante sostenido por ambos partidos. Esta manifestación se celebró en la capital del país, Kuala Lumpur . [101]