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Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Edificio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ( TEDH ), también conocido como Tribunal de Estrasburgo , [1] es un tribunal internacional del Consejo de Europa que interpreta el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). El tribunal escucha solicitudes en las que se alega que un estado contratante ha violado uno o más de los derechos humanos enumerados en el convenio o sus protocolos opcionales de los que un estado miembro es parte. El tribunal tiene su sede en Estrasburgo , Francia .

El tribunal se creó en 1959 y decidió su primer caso en 1960 en Lawless v. Ireland . Una solicitud puede ser presentada por un individuo, un grupo de individuos o uno o más de los otros estados contratantes. Además de sentencias, el tribunal también puede emitir opiniones consultivas. La convención fue adoptada en el contexto del Consejo de Europa, y todos sus 46 estados miembros son partes contratantes de la convención. El principal medio de interpretación judicial del tribunal es la doctrina del instrumento vivo , lo que significa que la Convención se interpreta a la luz de las condiciones actuales.

Los expertos en derecho internacional consideran que el TEDH es el tribunal internacional de derechos humanos más eficaz del mundo. [2] [3] [4] [5] [6] Sin embargo, el tribunal ha enfrentado desafíos con veredictos no implementados por las partes contratantes.

Historia y estructura

Un segmento del Muro de Berlín frente al Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948, las Naciones Unidas adoptaron la Declaración Universal de Derechos Humanos , cuyo objetivo era promover el reconocimiento universal de los derechos allí enunciados, con el fin de fortalecer la protección de los derechos humanos a nivel internacional. Si bien fue de gran importancia para establecer por primera vez un estándar global, la declaración fue esencialmente aspiracional y no tenía un mecanismo de aplicación judicial. En 1949, los doce estados miembros del recién creado Consejo de Europa comenzaron a trabajar en la Convención Europea de Derechos Humanos , inspirándose en los derechos ya establecidos en la Declaración, pero con la diferencia crucial de que, para los países europeos que decidieran adherirse a ella, habría un mecanismo judicial para garantizar que respetaran los derechos básicos de sus ciudadanos.

El tribunal se creó el 21 de enero de 1959 sobre la base del artículo 19 del Convenio Europeo de Derechos Humanos cuando sus primeros miembros fueron elegidos por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa . Inicialmente, el acceso al tribunal estaba restringido por la Comisión Europea de Derechos Humanos , abolida en 1998. [7] [8] El tribunal mantuvo un perfil bajo durante sus primeros años y no acumuló mucha jurisprudencia, encontrando primero una violación en Neumeister v Austria (1968). [8] La convención encarga al tribunal garantizar la observancia del compromiso asumido por los estados contratantes en relación con la convención y sus protocolos, es decir, garantizar la aplicación y el cumplimiento de la Convención Europea en los estados miembros del Consejo de Europa.

Como tribunal del Consejo de Europa

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que hace cumplir el Convenio Europeo de Derechos Humanos, es el órgano más conocido del Consejo de Europa. El Consejo de Europa (CdE) ( en francés : Conseil de l'Europe ) es una organización internacional fundada a raíz de la Segunda Guerra Mundial para defender los derechos humanos , la democracia y el estado de derecho en Europa . [9] Fundado en 1949, ahora tiene 46 estados miembros, que cubren una población de aproximadamente 700 millones, y opera con un presupuesto anual de aproximadamente 500 millones de euros . [10]

La organización es distinta de la Unión Europea (UE) de 27 naciones , aunque a veces se la confunde con ella, en parte porque la UE ha adoptado la bandera original de Europa creada por el Consejo de Europa en 1955, [11] así como el himno de Europa . [12] Ningún país se ha unido nunca a la UE sin pertenecer antes al Consejo de Europa. [13] El Consejo de Europa es un observador oficial de las Naciones Unidas . [14]

Estados miembros

Estados miembros del Consejo de Europa . Además, el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) se aplica en Kosovo como resultado de la incorporación interna del CEDH. [15]

La jurisdicción del tribunal ha sido reconocida hasta la fecha por los 46 Estados miembros del Consejo de Europa . El 1 de noviembre de 1998, el tribunal pasó a ser una institución de tiempo completo y la Comisión Europea de Derechos Humanos , que solía decidir sobre la admisibilidad de las solicitudes, fue abolida por el Protocolo 11. [16] [17]

La adhesión de nuevos Estados al Convenio Europeo de Derechos Humanos tras la caída del Muro de Berlín en 1989 provocó un fuerte aumento del número de demandas presentadas ante el Tribunal. La gran acumulación de demandas pendientes puso en grave peligro la eficacia del Tribunal.

En 1999 se asignaron 8.400 solicitudes para su examen. En 2003 se presentaron 27.200 casos y el número de casos pendientes aumentó a aproximadamente 65.000. En 2005, el tribunal abrió 45.500 expedientes. En 2009, se asignaron 57.200 solicitudes, con 119.300 casos pendientes. En ese momento, más del 90 por ciento de las solicitudes fueron declaradas inadmisibles, y la mayoría de los casos decididos -alrededor del 60 por ciento de las decisiones del tribunal- se referían a lo que se denomina casos repetitivos : cuando el tribunal ya ha dictado sentencia en la que se declara una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos o cuando existe jurisprudencia bien establecida sobre un caso similar.

El Protocolo 11 fue diseñado para lidiar con la acumulación de casos pendientes al establecer el tribunal y sus jueces como una institución de tiempo completo, simplificando el procedimiento y reduciendo la duración de los procedimientos. Sin embargo, como la carga de trabajo del tribunal siguió aumentando, los estados contratantes acordaron que eran necesarias más reformas y en mayo de 2004, el Comité de Ministros del Consejo de Europa adoptó el Protocolo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos . [18] El Protocolo 14 fue redactado con el objetivo de reducir la carga de trabajo del tribunal y la del Comité de Ministros del Consejo de Europa, que supervisa la ejecución de las sentencias, de modo que el tribunal pudiera centrarse en casos que plantearan importantes cuestiones de derechos humanos. [19]

Jueces

Sala de audiencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Los jueces son elegidos por un período no renovable de nueve años. [19] El número de jueces a tiempo completo que forman parte del tribunal es igual al número de estados contratantes del Convenio Europeo de Derechos Humanos , actualmente 46. El convenio exige que los jueces sean de "alto carácter moral" y tengan las cualificaciones adecuadas para altos cargos judiciales, o sean juristas de reconocida competencia.

Cada juez es elegido por mayoría de votos en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa entre tres candidatos propuestos por cada Estado contratante. [20] Los jueces son elegidos cuando expira el mandato de un juez en funciones o cuando un nuevo Estado se adhiere a la Convención. La edad de jubilación de los jueces es de 70 años, pero pueden seguir ejerciendo su cargo hasta que se elija a un nuevo juez o hasta que concluyan los casos en los que participan.

Los jueces ejercen sus funciones a título individual y no pueden tener ningún vínculo institucional o similar con el Estado en cuyo nombre fueron elegidos. Para garantizar la independencia del tribunal, no se les permite participar en actividades que puedan comprometer la independencia del mismo. Los jueces no pueden conocer ni decidir un caso si tienen una relación familiar o profesional con una de las partes. Un juez sólo puede ser destituido de su cargo si los demás jueces deciden, por mayoría de dos tercios, que ha dejado de cumplir las condiciones requeridas. Los jueces gozan, durante su mandato, de los privilegios e inmunidades previstos en el artículo 40 del Estatuto del Consejo de Europa . [16]

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos está asistido por una secretaría integrada por unos 640 agentes, de los cuales algo menos de la mitad son abogados, repartidos en 31 secciones. La secretaría realiza el trabajo preparatorio para los jueces [21] y lleva a cabo las actividades de comunicación del tribunal con los demandantes, el público y la prensa. El secretario y el secretario adjunto son elegidos por el Pleno del Tribunal.

Tribunal Plenario y Administración

El tribunal en pleno es una asamblea de todos los jueces del tribunal. No tiene funciones judiciales. Elige al presidente, vicepresidente, secretario [22] y secretario adjunto del tribunal. También se ocupa de los asuntos administrativos, la disciplina, los métodos de trabajo, las reformas, la creación de salas y la adopción del reglamento del tribunal. [16]

El presidente del tribunal, los dos vicepresidentes (también presidentes de sección) y los otros tres presidentes de sección son elegidos por el Tribunal Plenario, una formación integrada por los 46 jueces electos del tribunal. El mandato de los titulares es por un período renovable de tres años. Son reconocidos por su moralidad y competencia. Deben ser independientes y existe incompatibilidad con otras funciones. No pueden ser revocados por su estado de origen, sino solo por decisión de sus pares, tomada por una mayoría de dos tercios y por motivos graves. [23]

Jurisdicción

El tribunal tiene jurisdicción entre los estados miembros del Consejo de Europa , que incluye casi todos los países de Europa, excepto la Ciudad del Vaticano , Bielorrusia y Rusia . La jurisdicción del tribunal se divide generalmente en casos interestatales, solicitudes de particulares contra estados contratantes y opiniones consultivas de conformidad con el Protocolo N.° 2. Las solicitudes de particulares constituyen la mayoría de los casos que conoce el tribunal. [16] Un comité está constituido por tres jueces, las salas por siete jueces y una Gran Sala por 17 jueces. [16]

Solicitudes de particulares

Las solicitudes presentadas por particulares contra los Estados contratantes, alegando que el Estado ha violado sus derechos en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos , pueden ser presentadas por cualquier persona, organización no gubernamental o grupo de personas. Aunque los idiomas oficiales del tribunal son el inglés y el francés, las solicitudes pueden presentarse en cualquiera de los idiomas oficiales de los Estados contratantes. La solicitud debe presentarse por escrito y debe estar firmada por el solicitante o por su representante. [24]

Una vez registrado en el tribunal, el caso se asigna a un Juez Relator , quien puede tomar una decisión final sobre la inadmisibilidad del caso. Un caso puede ser inadmisible cuando es incompatible con los requisitos ratione materiae , ratione temporis o ratione personae , o si el caso no puede ser tramitado por razones formales, como la falta de agotamiento de los recursos internos, el transcurso de los cuatro meses desde la última decisión interna denunciada, el anonimato, la identidad sustancial con un asunto ya sometido al tribunal o con otro procedimiento de investigación internacional.

Si el Juez Ponente decide que el caso puede proseguir, éste se remite a una sala del tribunal que, a menos que decida que la solicitud es inadmisible, comunica el caso al gobierno del estado contra el cual se presenta la solicitud, pidiendo a dicho gobierno que presente sus observaciones sobre el caso.

La sala del tribunal delibera y juzga el caso sobre su admisibilidad y su fondo. Los casos que plantean cuestiones graves de interpretación y aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos, una cuestión grave de importancia general o que pueden apartarse de la jurisprudencia anterior pueden ser vistos en la Gran Sala si todas las partes en el caso están de acuerdo en que la sala del tribunal ceda la jurisdicción a la Gran Sala. Un panel de cinco jueces decide si la Gran Sala acepta la remisión. [16] [19]

Casos interestatales

Cualquier Estado contratante del Convenio Europeo de Derechos Humanos puede demandar a otro Estado contratante ante los tribunales por presuntos incumplimientos del convenio, aunque en la práctica esto es muy poco frecuente. [16] [25] En 2021 , el tribunal ha decidido cinco casos interestatales: [26]

Opinión consultiva

El Comité de Ministros puede, por mayoría de votos, solicitar al tribunal que emita una opinión consultiva sobre la interpretación del Convenio Europeo de Derechos Humanos , a menos que el asunto se relacione con el contenido y el alcance de los derechos fundamentales que el tribunal ya haya considerado. [16] Desde 2018, los Estados miembros pueden solicitar de manera similar opiniones consultivas sobre cuestiones de principio relativas a la interpretación o aplicación del Convenio, sobre la base del Protocolo N.º 16. [27] Este mecanismo tiene como objetivo fomentar el diálogo entre los tribunales nacionales y el TEDH, previniendo así las violaciones del Convenio y minimizando la carga de trabajo de este último. [28] A diferencia de las referencias preliminares en virtud del derecho de la UE, las opiniones consultivas solo pueden ser solicitadas por los "tribunales y tribunales superiores" de un Estado miembro. Aunque el artículo 5 del Protocolo N.º 16 establece que "las opiniones consultivas no serán vinculantes", no obstante entran en la jurisprudencia del TEDH y pueden hacerse cumplir a través de denuncias individuales posteriores si se contravienen. [29]

Erga omnesefectos

Las sentencias del TEDH tienen efectos erga omnes (es decir, son potencialmente vinculantes para todos los Estados miembros), porque el tribunal "decide cuestiones sobre la base de razones de orden público en interés común, extendiendo así la jurisprudencia de derechos humanos a toda la comunidad de Estados de la Convención Europea", aunque el efecto erga omnes "no es considerado por todos los Estados Partes como un requisito legal". [30]

Procedimiento y decisiones

Un gráfico que muestra cómo avanzan los casos en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Tras la decisión preliminar de admisibilidad, el tribunal examina el caso oyendo las alegaciones de ambas partes. El tribunal puede realizar cualquier investigación que considere necesaria sobre los hechos o cuestiones planteadas en la solicitud y los Estados contratantes están obligados a proporcionar al tribunal toda la asistencia necesaria a tal efecto.

El Convenio Europeo de Derechos Humanos exige que todas las audiencias sean públicas, a menos que existan circunstancias excepcionales que justifiquen la celebración de una audiencia privada. En la práctica, la mayoría de los casos se celebran en privado tras la presentación de alegatos escritos. En los procedimientos confidenciales, el tribunal puede ayudar a ambas partes a llegar a un acuerdo, en cuyo caso el tribunal supervisa el cumplimiento del acuerdo con el Convenio. Sin embargo, en muchos casos no se celebra una audiencia.

La sentencia de la Gran Sala es definitiva. Las sentencias de la Sala del Tribunal se vuelven definitivas tres meses después de su dictado, a menos que se haya presentado una petición de remisión a la Gran Sala para su revisión o apelación. Si la Sala de la Gran Sala rechaza la petición de remisión, la sentencia de la Sala del Tribunal se vuelve definitiva. [16] La Gran Sala está compuesta por 17 jueces: el presidente y los vicepresidentes del Tribunal, los presidentes de las secciones y el juez nacional, así como otros jueces elegidos por sorteo. Las Grandes Salas incluyen una audiencia pública, que se transmite en formato webcast en el sitio del TEDH. Después de la audiencia pública, los jueces deliberan.

La sala del tribunal decide tanto las cuestiones relativas a la admisibilidad como a los méritos del caso. Generalmente, ambas cuestiones se tratan en la misma sentencia. En las sentencias definitivas, el tribunal declara que un Estado contratante ha violado la convención y puede ordenarle que pague los daños materiales y/o morales y los gastos legales en que haya incurrido en los tribunales nacionales y en el tribunal para presentar el caso.

Las sentencias del tribunal son públicas y deben contener las razones que las justifiquen. El artículo 46 de la Convención establece que los Estados contratantes se comprometen a acatar la decisión final del tribunal. Por otra parte, las opiniones consultivas no son vinculantes por definición. Hasta la fecha, el tribunal ha decidido de manera constante que, en virtud de la Convención, no tiene jurisdicción para anular leyes o prácticas administrativas nacionales que violen la Convención.

El Comité de Ministros del Consejo de Europa se encarga de supervisar la ejecución de las sentencias del Tribunal. El Comité de Ministros supervisa las modificaciones que los Estados contratantes introducen en su legislación nacional para que sea compatible con el Convenio, o las medidas individuales adoptadas por el Estado contratante para reparar las violaciones. Las sentencias del Tribunal son vinculantes para los Estados demandados en cuestión y los Estados suelen cumplirlas. [16]

Las Salas deciden los casos por mayoría. Cualquier juez que haya conocido del caso puede adjuntar a la sentencia un voto particular. Este voto puede coincidir o disentir con la decisión del tribunal. En caso de empate en la votación, el presidente tiene voto decisivo.

Agotamiento de los recursos internos

El artículo 35 del Convenio Europeo de Derechos Humanos establece como condición previa a la remisión de un caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos el agotamiento de los recursos internos. [31] Esta condición es consecuencia de la jurisdicción subsidiaria del tribunal supranacional, que vigila la aplicación del Convenio y busca erradicar las violaciones de los derechos humanos. El solicitante debe demostrar la incapacidad de los tribunales nacionales para remediar las violaciones, mediante el ejercicio de los recursos apropiados, efectivos y adecuados, y en sustancia alegar una violación del Convenio. [32]

Medidas provisionales

El artículo 39 del Reglamento del Tribunal permite al TEDH "indicar a las partes cualquier medida provisional que consideren que debe adoptarse en interés de las partes o del buen desarrollo del procedimiento". [33] Las medidas provisionales son vinculantes y otorgan a los litigantes protecciones temporales de manera expedita, aunque el TEDH ha optado por imponerlas sólo en casos relacionados con un peligro inminente para la vida o la integridad física. [29] Estas medidas se utilizan a menudo para impedir la extradición o expulsión a países con garantías inadecuadas de derechos humanos, mientras que las solicitudes para impedir publicaciones potencialmente perjudiciales o embargos de bienes rara vez suscitan respuestas similares.

Sólo satisfacción

El tribunal puede conceder daños pecuniarios o no pecuniarios , denominados "satisfacción justa". Las indemnizaciones suelen ser pequeñas en comparación con los veredictos de los tribunales nacionales y rara vez superan las 1.000 libras esterlinas más las costas judiciales. [34] Los daños no pecuniarios están más estrechamente relacionados con lo que el Estado puede permitirse pagar que con el daño específico sufrido por el demandante. En algunos casos, los patrones repetidos de violaciones de los derechos humanos dan lugar a indemnizaciones más elevadas en un intento de castigar al Estado responsable, pero paradójicamente en otros casos dan lugar a indemnizaciones más bajas o a la anulación total de los casos. [35] [36]

Interpretación judicial

El principal método de interpretación judicial del tribunal es la doctrina del instrumento vivo , lo que significa que el texto de la Convención "debe interpretarse a la luz de las condiciones actuales" en lugar de la intención de sus redactores . [37] [38] [39] [40] En Mamatkulov y Askarov v. Turkey (2008), el tribunal enfatizó que "defiende los derechos individuales como protecciones prácticas y efectivas, en lugar de teóricas e ilusorias". [41] Otra parte clave de la interpretación del Tribunal es la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. [42]

Un área en la que la doctrina del instrumento vivo ha cambiado la jurisprudencia del TEDH a lo largo del tiempo es con respecto al trato diferencial basado exclusivamente en la etnia , el género, la religión o la orientación sexual , que es cada vez más probable que se etiquete como discriminación injustificada . [43] [44] Además, con la proliferación de arreglos familiares alternativos, el tribunal ha ampliado su definición de familia en virtud del artículo 8, por ejemplo, a las parejas del mismo sexo , como en Oliari y otros contra Italia (2015). [45] [46] Aunque los defensores argumentan que la doctrina del instrumento vivo es necesaria para que el tribunal siga siendo relevante y sus fallos se adapten a las condiciones reales, los críticos etiquetan tales interpretaciones como extralimitación o activismo judicial . [37] [39] [47]

Margen de apreciación

El Tribunal utiliza la doctrina del margen de apreciación , que hace referencia al derecho de los Estados miembros a establecer normas morales dentro de unos límites razonables. Con el tiempo, el Tribunal ha ido reduciendo el margen de apreciación (hasta el punto, según algunos comentaristas, de que se ha producido una "desaparición" del margen de apreciación). [48] La reducción del margen de apreciación es objeto de críticas por parte de quienes creen que el TEDH debería minimizar su papel, especialmente por parte del Reino Unido. [49]

Los defensores de un mayor reconocimiento del margen de apreciación citan concepciones locales de los derechos humanos, específicas del contexto de cada país y su cultura, y el riesgo de dictar sentencias que carezcan de legitimidad cultural y de base local. [37] Los críticos sostienen que el principio de "consenso emergente" de los Estados miembros en los que opera el TEDH es fundamentalmente defectuoso, porque ese consenso a menudo se basa en tendencias y, históricamente, en muchos casos se reconoció retrospectivamente que el consenso social y político había sido erróneo. [50]

Se ha acusado a este enfoque de correr el riesgo de estigmatizar y coaccionar a los pocos países disidentes, fomentando una mentalidad de grupo . Además, los críticos sostienen que el TEDH ha afirmado que existe tal consenso incluso cuando objetivamente no era así, debido al activismo judicial de sus jueces. [51] Se ha dicho que al no definir claramente cómo se alcanza un consenso se reduce su legitimidad. Además, a medida que el TEDH crece, el consenso entre los miembros disminuye. [52]

Sin embargo, la doctrina del margen de apreciación también ha sido objeto de duras críticas por parte de juristas y académicos que dicen que socava la naturaleza universal de los derechos humanos. [49]

Análisis de proporcionalidad

El análisis de proporcionalidad rige gran parte de la jurisprudencia del Tribunal. Las garantías de los artículos 8, 9, 10 y 11 del CEDH están sujetas a las limitaciones que puedan ser "necesarias en una sociedad democrática", citando factores como la seguridad nacional, la seguridad pública, la salud y la moral, y los derechos y libertades de los demás. Tales condiciones requieren el equilibrio de los derechos individuales y los intereses de la comunidad, como se articuló por primera vez en el caso lingüístico belga . Los críticos sostienen que la proporcionalidad genera decisiones en gran medida subjetivas: las preferencias y creencias personales de un juez pueden influir en sus percepciones de la importancia relativa de los derechos. [29] El Tribunal ha establecido ciertas fórmulas para asegurar la coherencia en dichas decisiones, pero estas directrices cubren sólo una pequeña fracción de su jurisprudencia.

Relación con otros tribunales

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no está institucionalmente relacionado con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: ambos tribunales están relacionados con organizaciones distintas. Sin embargo, dado que todos los Estados de la UE son miembros del Consejo de Europa y, por lo tanto, son partes del Convenio de Derechos Humanos, existen preocupaciones sobre la coherencia de la jurisprudencia entre ambos tribunales. El TJUE se remite a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y trata el Convenio de Derechos Humanos como si fuera parte del sistema jurídico de la UE [53], ya que forma parte de los principios jurídicos de los Estados miembros de la UE.

Aunque sus Estados miembros son parte de la Convención, la propia Unión Europea no lo es, ya que no tenía competencia para hacerlo en virtud de tratados anteriores. Sin embargo, las instituciones de la UE están obligadas en virtud del artículo 6 del Tratado de Niza a respetar los derechos humanos en virtud de la Convención. Además, dado que el Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, se espera que la UE firme la Convención. Esto significaría que el Tribunal de Justicia está obligado por los precedentes judiciales de la jurisprudencia del Tribunal de Derechos Humanos y, por lo tanto, está sujeto a su legislación en materia de derechos humanos, lo que evitaría problemas de jurisprudencia contradictoria entre estos dos tribunales. [ cita requerida ] En diciembre de 2014, el TJUE emitió el Dictamen 2/13 en el que rechazaba la adhesión a la Convención. [54]

A pesar de que la Unión Europea no se adhirió al Convenio, el TEDH ha sostenido de manera consistente que los Estados miembros están obligados por las garantías del CEDH incluso cuando ejecutan e implementan el derecho de la UE. [29] Sin embargo, el Tribunal ha buscado simultáneamente promover la cooperación internacional y evitar interferir en los asuntos internos de la Unión. Ha equilibrado los objetivos conflictivos de fomentar la armonía europea y evitar la elusión del CEDH a través de la " Presunción del Bósforo ", una política de deferencia condicional articulada en Bosphorus Hava Yollari Turizm ve Ticaret Anonim Sirketi contra Irlanda . Debido a que el TJUE representa un mecanismo de aplicación de los derechos humanos "comparable", el TEDH puede presumir "que un Estado no se ha apartado de los requisitos del Convenio cuando no hace más que implementar las obligaciones legales que se derivan de su membresía [en la UE]". [55] Esta presunción puede ser refutada en cualquier caso particular en el que las protecciones de los derechos del Convenio sean "manifiestamente deficientes".

Tribunales nacionales

La mayoría de las partes contratantes del Convenio Europeo de Derechos Humanos han incorporado el Convenio a sus propios sistemas jurídicos nacionales, ya sea mediante disposiciones constitucionales, estatutos o decisiones judiciales. [56] El TEDH considera cada vez más que el diálogo judicial con los tribunales nacionales es una "alta prioridad", especialmente cuando se trata de la ejecución de sentencias. [57] Según un estudio de 2012, el TEDH tiende a justificar sus decisiones con citas de su propia jurisprudencia para convencer a los tribunales nacionales de que acepten sus fallos. [58]

En 2015, Rusia adoptó una ley que declaraba legal anular las sentencias del TEDH, [59] codificando una decisión anterior del Tribunal Constitucional ruso que dictaminó que Rusia podía negarse a reconocer una decisión del TEDH si entraba en conflicto con la Constitución de Rusia , [60] y en 2020 Rusia realizó enmiendas constitucionales que estipulaban que la Constitución rusa reemplaza al derecho internacional. (En marzo de 2022, debido a la invasión rusa de Ucrania y un historial de desprecio por los principios de la Convención, Rusia fue expulsada del Consejo de Europa ). Otros países también han tomado medidas para restringir el carácter vinculante de las sentencias del TEDH, sujetos a los propios principios constitucionales de los países. En 2004, el Tribunal Constitucional Federal de Alemania dictaminó que las sentencias dictadas por el TEDH no siempre son vinculantes para los tribunales alemanes. [61] El Tribunal Constitucional italiano también restringe la aplicabilidad de las decisiones del TEDH. [62]

Un libro de 2016 caracteriza a Austria , Bélgica , Chequia , Alemania , Italia , Polonia y Suecia como en su mayoría amigables con las sentencias del TEDH; Francia , Hungría , Países Bajos , Noruega , Suiza y Turquía como moderadamente críticos; el Reino Unido como fuertemente crítico; y Rusia como abiertamente hostil. [63] En 2019, los estados del sur del Cáucaso fueron juzgados como parcialmente cumplidores en un artículo de revisión legal. [64]

Eficacia

Los expertos en derecho internacional consideran que el TEDH es el tribunal internacional de derechos humanos más eficaz del mundo. [65] [5] [6] Según Michael Goldhaber en A People's History of the European Court of Human Rights , "los expertos invariablemente lo describen con superlativos". [66] [67]

Implementación

Cumplimiento de todas las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relevantes para el cumplimiento a partir del 10 de marzo de 2017. En esa fecha, la sentencia más antigua que no se había cumplido era de 1996. [68]
Implementación de los casos más destacados de los últimos 10 años hasta agosto de 2021. La falta de implementación aparece en negro, mientras que la implementación del 100 % aparece en blanco. La implementación promedio es del 53 %, siendo los más bajos Azerbaiyán (4 %) y Rusia (10 %) y los más altos Luxemburgo, Mónaco, Estonia (100 %) y Chequia (96 %). (Bielorrusia aparece en blanco aquí porque está excluida del mapa: no es un estado miembro y no implementa sentencias). [69]

El tribunal carece de poderes de ejecución. Algunos Estados han hecho caso omiso de los veredictos del TEDH y han continuado con prácticas consideradas violaciones de los derechos humanos. [70] [71] Aunque todos los daños y perjuicios deben pagarse al solicitante dentro del plazo especificado por el tribunal (normalmente tres meses) o de lo contrario se acumularán intereses, no existe un plazo formal para cualquier cumplimiento más complejo requerido por la sentencia. Sin embargo, dejar una sentencia sin ejecutar durante un largo período de tiempo pone en tela de juicio el compromiso del Estado de abordar las violaciones de los derechos humanos de manera oportuna. [72]

El número de sentencias no ejecutadas aumentó de 2.624 en 2001 a 9.944 a finales de 2016, de las cuales el 48% llevaba cinco años o más sin ejecutarse. En 2016, todos menos uno de los 47 países miembros del Consejo de Europa no habían ejecutado al menos una sentencia del TEDH en el plazo previsto, aunque la mayoría de las sentencias no ejecutadas se refieren a unos pocos países: Italia (2.219), Rusia (1.540), Turquía (1.342) y Ucrania (1.172). Más de 3.200 sentencias no ejecutadas "se referían a violaciones cometidas por las fuerzas de seguridad y a malas condiciones de detención". [73]

El Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa , Nils Muižnieks , afirmó: "Nuestro trabajo se basa en la cooperación y la buena fe. Cuando no se tiene eso, es muy difícil tener un impacto. Carecemos de las herramientas para ayudar a los países que no quieren recibir ayuda". [73] Rusia ignora sistemáticamente los veredictos del TEDH, pagando indemnizaciones en la mayoría de los casos pero negándose a solucionar el problema, lo que lleva a un alto número de casos repetidos. [74] La legislación rusa ha creado un fondo específico para pagar a los demandantes en los veredictos del TEDH que tienen éxito. [35]

Entre las sentencias no ejecutadas más notables se incluyen las siguientes:

Otro problema es el retraso en la ejecución de las sentencias. [84]

Carga de casos

La acumulación de casos pendientes ha disminuido desde un máximo de 151.600 en 2011, en parte debido a la simplificación del rechazo de solicitudes en la etapa de admisibilidad.

El volumen de trabajo del tribunal aumentó rápidamente tras la caída de la Unión Soviética, pasando de menos de 8.400 casos presentados en 1999 a 57.000 en 2009. La mayoría de estos casos se refieren a nacionales del antiguo bloque del Este , donde hay menos confianza en el sistema judicial. En 2009, el tribunal tenía una acumulación de 120.000 casos que, al ritmo anterior, habrían requerido 46 años para su tramitación, lo que dio lugar a reformas. Según la BBC, el tribunal empezó a "ser visto como una víctima de su propio éxito". [85]

Entre 2007 y 2017, el número de casos tratados cada año fue relativamente constante (entre 1.280 y 1.550); dos tercios de los casos eran repetitivos y la mayoría se referían a unos pocos países: Turquía (2.401), Rusia (2.110), Rumania (1.341) y Polonia (1.272). Los casos repetitivos indican un patrón de violaciones de los derechos humanos en un país determinado. La Declaración de Interlaken de 2010 declaró que el tribunal reduciría su carga de trabajo reduciendo el número de casos repetitivos que trataba. [86]

Como resultado de las reformas del Protocolo 14 para reducir la carga de trabajo, se facultó a jueces únicos para rechazar solicitudes por inadmisibles y se creó un sistema de "sentencias piloto" para manejar casos repetitivos sin una decisión formal para cada uno de ellos. [87] [88] Las solicitudes pendientes alcanzaron un máximo de 151.600 en 2011 y se redujeron a 59.800 en 2019. [89]

Estas reformas han dado lugar a que un número cada vez mayor de solicitudes se declaren inadmisibles o se eluda una resolución en virtud del nuevo procedimiento piloto. [90] [91] Según Steven Greer, "un gran número de solicitudes no serán examinadas en la práctica", y esta situación se califica de "denegación estructural de justicia para determinadas categorías de solicitantes meritorios cuyos casos no pueden ser tratados". [92] El acceso a la justicia también puede verse impedido de facto por la falta de asistencia jurídica y otros factores. [93] [94]

Impacto

Las sentencias del TEDH han ampliado la protección de los derechos humanos en todos los países signatarios. Entre los derechos garantizados cabe destacar los siguientes: [95] [96]

Honores y premios

En 2010, el tribunal recibió la Medalla de la Libertad del Instituto Roosevelt . [125] En 2020, el gobierno griego nominó al tribunal para el Premio Nobel de la Paz . [126]

Véase también

Referencias

  1. ^ Anagnostou, Dia (30 de abril de 2013). Tribunal Europeo de Derechos Humanos: Implementación de las sentencias de Estrasburgo sobre política interna. Edinburgh University Press. p. 27. ISBN 978-0-7486-7058-1.
  2. ^ von Staden, Andreas (2018). Estrategias de cumplimiento de la Corte Europea de Derechos Humanos: elección racional dentro de las limitaciones normativas . University of Pennsylvania Press. p. 1. ISBN 978-0-8122-5028-2.
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