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Resolución 1540 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La resolución 1540 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas fue adoptada por unanimidad el 28 de abril de 2004 sobre la no proliferación de armas de destrucción masiva . [1] La resolución establece las obligaciones bajo el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas para que todos los estados miembros desarrollen y apliquen medidas legales y regulatorias apropiadas contra la proliferación de armas químicas, biológicas, radiológicas y nucleares y sus medios vectores, en particular , para impedir la propagación de armas de destrucción masiva a actores no estatales .

Es notable porque reconoce la proliferación no estatal como una amenaza a la paz según los términos del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas y crea una obligación para los estados de modificar su legislación interna.

Además, la resolución requiere que cada estado penalice en su legislación interna diversas formas de participación de actores no estatales en armas de destrucción masiva y sus actividades relacionadas y, una vez en vigor, haga cumplir dicha legislación. En virtud de su alcance universal y naturaleza obligatoria, la resolución 1540 marca un alejamiento de los acuerdos de no proliferación anteriores y agrega una capa novedosa al régimen de no proliferación. Antes de que se aprobara la resolución, el régimen de no proliferación se basaba en muchos acuerdos parcialmente superpuestos, ninguno de los cuales establecía obligaciones obligatorias universales. [2]

Contenido

La resolución 1540 fue adoptada bajo el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , que cubre "amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz y actos de agresión". La propia resolución afirma en su primer párrafo: "la proliferación de armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus sistemas vectores, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales". Aunque el consejo de seguridad ya había reconocido la proliferación de armas de destrucción masiva como una amenaza a la paz y la seguridad internacionales en la Declaración Presidencial del Consejo de Seguridad de la ONU del 31 de enero de 1992, [3] el consejo tardó hasta 2004 en adoptar una resolución tan decisiva.

1540 es sólo la segunda resolución que invoca el Capítulo VII sin relacionar el hecho con un momento y lugar específicos; la primera fue la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , que fue votada después de los ataques del 11 de septiembre como un intento de contrarrestar el terrorismo internacional. La posibilidad de que los terroristas accedan a las armas de destrucción masiva ya se consideró en los párrafos 3a y 4 de la Resolución 1373, y la RCSNU 1540 surgió de esos dos párrafos. [4]

Las tres obligaciones principales creadas por la resolución son:

  1. "Abstenerse de brindar cualquier forma de apoyo a actores no estatales que intenten desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o utilizar armas nucleares, químicas o biológicas y sus vectores". (Articulo 1)
  2. "Adoptar y hacer cumplir leyes apropiadas y eficaces que prohíban a cualquier agente no estatal fabricar, adquirir, poseer, desarrollar, transportar, transferir o utilizar armas nucleares, químicas o biológicas y sus sistemas vectores". (Artículo 2)
  3. "Tomar y hacer cumplir medidas efectivas para establecer controles internos para prevenir la proliferación de armas nucleares, químicas o biológicas y sus sistemas vectores". (Artículo 3)

La resolución también enfatiza la importancia continua de los acuerdos de no proliferación y desarme , y prevé la creación de un comité (el Comité 1540) para supervisar la implementación de la resolución. Se pide a los Estados que presenten informes al Comité 1540 sobre su situación actual y sus planes futuros con respecto a las obligaciones establecidas en la resolución dentro de los seis meses siguientes a la adopción de la resolución, aunque en realidad muchos Estados tardaron mucho más.

El Comité 1540 fue creado deliberadamente sin poder para imponer sanciones. Si bien la resolución es, en teoría, obligatoria para todos los miembros de la ONU, se decidió que el proceso de implementación debería basarse en la colaboración y la participación en lugar de la aplicación de la ley. Para promover estos fines, una de las funciones principales del comité ha sido la de "cámara de compensación" de ofertas y solicitudes de asistencia para el cumplimiento de las obligaciones creadas por la resolución. [5]

comité 1540

En virtud del párrafo 4 de la resolución se estableció un comité ad hoc (conocido como comité 1540) con un mandato inicial de dos años bajo el Consejo de Seguridad encargado de examinar la implementación de esta resolución. El comité publicó su primer informe al Consejo de Seguridad sobre la implementación de la resolución en abril de 2006. Con la adopción de la Resolución 1673 (2006) y posteriormente la Resolución 1810 (2008), su mandato se extendió por dos años más y luego por otro período de tres años. Su mandato fue ampliado por diez años más mediante la Resolución 1977 (2011), adoptada en abril de 2011. El comité presentó un segundo informe en julio de 2008. Como se solicitaba en la Resolución 1810 (2008), el comité celebró una reunión abierta en 2009 con amplia participación participación para preparar una revisión integral del estado de implementación de la Resolución 1540.

Implementación nacional

La resolución insta a todos los Estados a presentar al Comité 1540 un primer informe, a más tardar seis meses después de la adopción de la resolución 1540 (28 de octubre de 2004), sobre las medidas que han adoptado o pretenden adoptar para aplicar las disposiciones de la parte operativa párrafos 1, 2 y 3 de la resolución. También se pide a todos los Estados Miembros que incluyan en sus informes nacionales, [6] según corresponda, información relativa a la implementación de los párrafos dispositivos 6, 7, 8, 9 y 10 de la resolución. También se les alienta a preparar, de forma voluntaria, planes de acción resumidos que definan sus prioridades y planes para implementar las disposiciones clave de la resolución 1540 (2004) y a presentar esos planes al Comité 1540. [7] La ​​resolución 1810 (2008) insta a todos los Estados que aún no han presentado un primer informe como lo exige la resolución 1540 a que lo presenten al Comité 1540 sin demora.

Negociaciones y votación.

La resolución 1540 fue adoptada por el Consejo de Seguridad de la ONU en respuesta al desenmascaramiento de la red de proliferación de Abdul Qadeer Khan, pero también con el objetivo de impedir la adquisición de armas químicas, biológicas, radiológicas y nucleares por parte de grupos terroristas.

La resolución 1540 es un avance notable porque reconoce explícitamente la proliferación no estatal de armas de destrucción masiva como una amenaza a la paz y la seguridad en sí misma y porque obliga a los Estados miembros a realizar cambios legislativos internos. Todos los acuerdos de no proliferación anteriores tomaron la forma de acuerdos multilaterales como el Tratado de No Proliferación Nuclear o mecanismos de cooperación como la Iniciativa de Seguridad contra la Proliferación , basados ​​en el consentimiento de las partes. La resolución 1540, por otra parte, es obligatoria para todos los miembros de la ONU, apoyen o no sus objetivos.

La resolución fue patrocinada por Estados Unidos, con Filipinas , España y Francia (que se sumaron en el último minuto [8] ) como copatrocinadores. Las negociaciones que condujeron a la votación de la resolución 1540 estuvieron oficialmente abiertas sólo a los miembros del Consejo de Seguridad de la ONU, pero la información sobre los primeros borradores circuló con relativa libertad y se solicitaron aportes de otros estados y ONG debido a la sensibilidad política de los temas involucrados. Se prestó especial atención a los principales Estados no alineados para presionar a Pakistán , entonces miembro del Consejo de Seguridad , para que se alineara con la opinión mayoritaria. El G8 también fue incluido en el proceso, siendo esta una forma de incluir a Japón en las negociaciones. [8] El proceso de redacción se destacó por el nivel de participación de las ONG que involucró. Una movilización popular fue organizada, entre otros, por la Liga Internacional de Mujeres por la Paz y la Libertad , Abolición 2000 y el Comité de Abogados sobre Política Nuclear, exigiendo que el proyecto de resolución fuera debatido en una sesión abierta del Consejo de Seguridad. [9]

La resolución fue votada por unanimidad por los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, más los 10 miembros no permanentes de entonces: Argelia , Benín, Angola , Filipinas , Pakistán, Brasil , Chile, Alemania, España y Rumanía . Todo el proceso, desde el inicio de las negociaciones entre los copatrocinadores hasta la votación final, duró alrededor de ocho meses. [10]

A pesar de la unanimidad de la votación, varios miembros del Consejo de Seguridad expresaron reservas en sus declaraciones adjuntas. En representación de Pakistán , Munir Akram insistió en que "Pakistán compartía la opinión expresada en el debate abierto del Consejo de que el Consejo no podía legislar para el mundo", dijo. El Consejo no podía asumir la gestión de las cuestiones globales de no proliferación y desarme . Quince Estados, no era un organismo representativo, no podía hacer cumplir las obligaciones asumidas por cinco de sus miembros que conservaban armas nucleares , ya que también poseían el derecho de veto." Añadió que "Pakistán se había visto obligado a desarrollar armas nucleares y sistemas vectores relacionados para mantener una disuasión mínima creíble contra la agresión externa, especialmente una vez que su vecino oriental había desarrollado y demostrado capacidades similares. El régimen de no proliferación nuclear necesitaba adaptarse a la realidad de la existencia de armas nucleares en el sur de Asia. Dada esa realidad, Pakistán no aceptaría ninguna demanda de acceso, y mucho menos inspecciones, de sus activos, materiales e instalaciones nucleares y estratégicos, dijo. información que pudiera afectar negativamente a sus programas de seguridad nacional o sus intereses nacionales, Pakistán continuaría desarrollando su capacidad nuclear, misilística y estratégica relacionada para mantener una disuasión mínima creíble frente a su vecino oriental, que estaba embarcado en importantes programas nucleares . adquisición y desarrollo de armas , misiles, antimisiles y armas convencionales”. [11]

La India también expresó su preocupación por la aparente interferencia del Consejo de Seguridad en la legislación interna : "Nos preocupa que el ejercicio de funciones legislativas por parte del Consejo, combinado con el recurso a los mandatos del Capítulo VII, pueda perturbar el equilibrio de poder entre la Asamblea General y Consejo de Seguridad, tal como está consagrado en la Carta." [12]

Hablando en nombre de Brasil , Ronaldo Mota Sardenberg planteó la cuestión del desarme , que había sido una preocupación de muchos países del movimiento no alineado durante todo el proceso de negociación y antes, dado el régimen desigualitario creado por instrumentos como el Tratado de No Proliferación Nuclear .

Del mismo modo, los primeros borradores de la resolución contenían referencias explícitas a la Iniciativa de Seguridad contra la Proliferación , que fueron eliminadas a petición de China, que sigue oponiéndose al plan, alegando que viola la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. [13]

Relación con otros instrumentos de no proliferación

La Resolución 1540 exige a los Estados "promover la adopción universal y la plena implementación y, cuando sea necesario, el fortalecimiento de los tratados multilaterales de los que sean partes, cuyo objetivo sea prevenir la proliferación de armas nucleares, biológicas o químicas" (Artículo 8a) y a "cumplir su compromiso de cooperación multilateral, en particular en el marco de la Agencia Internacional de Energía Atómica , la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y la Convención sobre Armas Biológicas y Toxínicas " (Artículo 8c).

Aunque la resolución alienta y promueve la implementación universal del tratado sobre armas de destrucción masiva , los estados que aún no son parte conservan su prerrogativa de no firmar estos tratados. El enfoque de la Resolución 1540 no son los tratados per se sino la legislación y regulaciones nacionales resultantes que permiten tomar medidas contra actores no estatales. [14] Los Estados habrán recorrido un largo camino hacia el cumplimiento de la resolución si ya han ratificado los tres principales tratados sobre armas de destrucción masiva , pero lo contrario también es cierto. Si los Estados implementan la legislación nacional requerida para cumplir con la RCSNU 1540, convertirse en estados parte y cumplir con la Convención sobre Armas Químicas y la Convención sobre Armas Biológicas y Toxínicas no exigirá mucho esfuerzo adicional. De esta manera, la resolución también contribuye a la universalidad del tratado. [15]

La Resolución 1540 intenta llenar los vacíos en los diferentes enfoques de los instrumentos existentes. [16] En primer lugar, la resolución es universal a diferencia de los tres principales tratados sobre armas de destrucción masiva . Mientras que los tres principales tratados sobre armas de destrucción masiva, el Tratado de No Proliferación , la CAQ y la CABT son, ante todo, aplicables a los Estados, la resolución se centra en los actores no estatales . Debido a que los individuos no están sujetos al derecho internacional , los estados deben garantizar un marco legal nacional de leyes, regulaciones y controles. En tercer lugar, a diferencia de la OIEA con respecto al TNP y la OPAQ con la CAQ , no existe tal organización para la CABT .

De manera similar, para los medios de distribución, sólo existe un régimen, por lo que estos sistemas de distribución no son objeto de tratados de no proliferación jurídicamente vinculantes . La resolución 1540 integra explícitamente las preocupaciones de proliferación sobre estos medios. La resolución va más allá de los tres principales tratados de no proliferación y especifica en los artículos 2 y 3 las medidas adicionales requeridas en materia de protección financiera, de seguridad y física de materiales sensibles y también controles fronterizos y de exportación. Por último, la Resolución, adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , requiere su aplicación. Esto enfatiza el papel que se espera que desempeñen los Estados para prevenir la proliferación (artículo 10), porque insinúa la posibilidad de sanciones en caso de incumplimiento. También intenta abordar la debilidad de la aplicación de los tratados y los regímenes de control de exportaciones.

Armas nucleares

La Resolución 1540 tiene una relación complementaria con el TNP y la OIEA . La OIEA tiene actividades y programas que son relevantes para la implementación de la resolución 1540, como asistencia legislativa, capacitación de funcionarios estatales, apoyo a los estados en el desarrollo e implementación de protección física de materiales e instalaciones nucleares y apoyo a los estados para mejorar los controles fronterizos. para detectar mejor el tráfico ilícito de material nuclear y tecnología conexa. El Comité 1540 puede informar a los estados sobre la solicitud de asistencia legislativa y técnica y servicios de asesoramiento de la OIEA. La OIEA no sólo cubre el material nuclear sino también el material radiactivo , este último es de especial interés para los actores no estatales , porque sería más fácil de obtener. Otra herramienta útil proporcionada por la OIEA es su base de datos sobre incidentes y tráfico (ITDB). [17]

Armas químicas

La CAQ y su organización bajo mandato, la OPAQ, enfrentan nuevos desafíos en un contexto internacional cambiante en materia de armas de destrucción masiva que la Resolución 1540 pretende remediar. Una obligación importante de la CAQ es la adopción de legislación nacional de implementación apropiada, pero incluso después de la adopción de un plan de acción por parte de la OPAQ para alentar a los Estados partes a rectificar esta situación, muchos Estados partes no cumplen con esta obligación. Una legislación nacional integral de implementación no sólo es necesaria para cumplir plenamente con las obligaciones de la CAQ, sino que también es vital para evitar que actores no estatales obtengan acceso a armas químicas y la RCSNU 1540 la ha convertido en un requisito obligatorio. Aunque la CAQ tiene un régimen de verificación eficaz por parte de inspectores internacionales de la OPAQ, este puede no ser siempre el caso cuando se enfrenta a actores no estatales si no existe una legislación nacional que garantice un fácil acceso a residencias privadas. La resolución también aborda la cuestión de los "materiales conexos". Su definición incluye productos químicos y equipos cubiertos por acuerdos multilaterales y listas de control nacionales como el Grupo de Australia , la Iniciativa de Seguridad contra la Proliferación y la estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva y, por tanto, es mucho más amplia que las tres listas de productos químicos del Anexo del CAQ. Además, los actores no estatales ya pueden causar daños graves en cantidades muy inferiores a las que se consideran militarmente significativas y los Estados deberían considerar esto en sus acciones para contrarrestar la preparación o el uso de armas químicas por parte de esos actores. [18]

Armas biológicas

Como se dijo antes, la CABT no tiene ninguna organización que supervise su implementación y carece de un régimen eficaz de seguimiento, cumplimiento y verificación . Existe un modesto mecanismo consultivo de cumplimiento, pero las negociaciones para establecer una organización internacional para la prohibición de las armas biológicas que supervise la implementación y lleve a cabo el seguimiento y la verificación fracasaron en 2001. La falta de transparencia dificulta la evaluación del estatus y la eficacia de los Estados. medidas de las partes para implementar y cumplir la CABT. La RCSNU 1540 ha establecido un sistema de seguimiento basado en las declaraciones de los Estados sobre su implementación a través de los informes proporcionados al Comité 1540. La resolución no proporciona un régimen de cumplimiento, sino que favorece los esfuerzos cooperativos ya que el incumplimiento puede ser causado por falta de conciencia o capacidad. Pero si los estados persisten en su incumplimiento a pesar de la asistencia, entonces el comité informará de ello al CSNU . La Resolución 1540 también cumple una función de cumplimiento, ya que requiere que los Estados partes de la BTWC revisen su cumplimiento de sus obligaciones mientras pueden utilizar los criterios más detallados para la implementación nacional en la resolución. [19]

Medios de entrega

La RCSNU 1540 promueve una mayor comprensión de los instrumentos de no proliferación relacionados con los medios vectores, como el Régimen de Control de Tecnología de Misiles (MTCR). Hasta la adopción de la resolución, las medidas de control de las exportaciones relacionadas con los medios de entrega no se habían debatido ampliamente en la comunidad internacional. El MTCR es una asociación informal y voluntaria que tiene como objetivo controlar la proliferación de cohetes y sistemas de vehículos aéreos no tripulados . La Resolución 1540 exige como una de las medidas que los estados mantengan controles de exportación efectivos y, aunque cada país puede implementar los acuerdos de acuerdo con su legislación nacional, esta legislación ahora es obligatoria. Dado que el foco principal de la resolución son los actores no estatales , se espera que los medios de ejecución sean menos sofisticados. El riesgo de que actores no estatales obtengan tecnologías sofisticadas de misiles balísticos o de crucero sigue existiendo y la Resolución tendrá que tener en cuenta las tecnologías de doble uso en su implementación para no afectar los usos comerciales pacíficos legítimos y la investigación industrial. [20]

Solicitud

Sudamerica

América Latina fue la primera región cubierta por un tratado que prohíbe el desarrollo de armas nucleares (el Tratado de Tlatelolco ), a pesar de la oposición de larga data de dos de las principales potencias de la región, Brasil y Argentina , al Tratado de No Proliferación Nuclear . , debido a su percibida naturaleza discriminatoria. [21]

Si bien Colombia es el único Estado de la región que ha aceptado plenamente la visión estadounidense de la guerra contra el terrorismo , la mayoría de los Estados de la región ya cuentan con medidas antiterroristas , generalmente junto con políticas diseñadas para combatir el crimen organizado , que es la principal amenaza local (por ejemplo, el Grupo 3+1, [22] la Convención Interamericana Contra el Terrorismo , la Declaración de San Carlos [23] ).

Todos los estados de la región ya presentaron sus informes de cumplimiento al Comité 1540. Sin embargo, muchos de ellos han cumplido sólo una pequeña parte de sus obligaciones en virtud de la resolución; Estando Chile , Panamá, Perú y Venezuela entre los que peores registros. [24] Colombia también ha solicitado equipo de detección y asistencia para capacitar a su personal encargado de hacer cumplir la ley en la detección y enjuiciamiento de delitos de proliferación, [5] mientras que Argentina y Brasil han brindado ofertas de asistencia. [25]

Asia y Oceanía

Si bien la ASEAN ha apoyado en gran medida la resolución, también ha sido criticada, en primer lugar, como un intento inspirado por Estados Unidos de interferir en asuntos pertenecientes al dominio de la soberanía nacional , [26] como un enfoque de "talla única" para la cuestión [ 27] y por ser demasiado exigentes en términos de recursos para que los países pequeños los implementen correctamente.

Entre los estados de la región, Taiwán (que no es miembro de la ONU), las Islas Cook y Niue (que son tratados como observadores permanentes en lugar de miembros de la ONU debido a sus vínculos con Nueva Zelanda), Corea del Norte , Birmania, Oriente Timor y las Islas Salomón aún no han presentado informes al Comité 1540. Muchos de los estados de Oceanía han tenido dificultades para cumplir con sus obligaciones en virtud de la resolución debido a su pequeño tamaño y falta de recursos. Por ejemplo, Kiribati ha pedido ayuda para adaptar su marco legislativo [28] y Vanuatu ha pedido formación policial adicional. [29]

Armenia , Camboya, Irak , Líbano, las Islas Marshall , Mongolia, Filipinas , Qatar, Siria , Tailandia y Uzbekistán tienen actualmente solicitudes de asistencia pendientes, [5] mientras que Australia, China, India , Israel, Japón, Malasia y Nueva Zelanda , Pakistán, Corea del Sur y Singapur han presentado ofertas de asistencia al comité. [25]

Muchos estados de la región también participan en otras iniciativas locales de no proliferación y lucha contra el terrorismo , como el Proceso Antiterrorista de Bali [30] y los Talleres Regionales de la BTWC. [31]

Asia ha sido la fuente de las actividades de proliferación más recientes, especialmente en India y Pakistán , [32] Israel , [33] Irán [34] y Corea del Norte , [35] y aquellas que involucran a la red AQ Khan . [36]

África

Si bien la mayoría de los estados africanos carecen de la tecnología necesaria para representar serias amenazas de proliferación, las numerosas zonas de anarquía en el continente lo convierten en un centro útil para diversas actividades clandestinas, en particular el tráfico de drogas y de personas . Sin embargo, ciertos países, en particular Libia [37] y Egipto [38] (nuclear) y la República Democrática del Congo [39] (químico/biológico) han estado o son sospechosos de estar involucrados en la proliferación.

África también tiene la mayor proporción de estados que aún no han presentado sus informes de cumplimiento al comité 1540.

Esto se ha atribuido en gran medida a la falta de recursos y a la existencia de problemas más apremiantes como el SIDA, la proliferación de armas pequeñas y los conflictos, pero ciertos miembros del movimiento de los países no alineados también han expresado su preocupación por el posible impacto de la resolución en las políticas nacionales. soberanía. [40]

Angola , Benin, Costa de Marfil , Madagascar y Marruecos han presentado solicitudes de asistencia para cumplir con sus obligaciones 1540 al comité, [5] y Sudáfrica hizo una oferta de ayuda. [25]

Europa

Desde 2003, la Unión Europea ha integrado una cláusula de no proliferación en su política exterior y de seguridad común , que exige que sus socios comerciales adopten medidas para "firmar, ratificar o adherirse, según corresponda, e implementar plenamente todos (...) los instrumentos internacionales pertinentes". relativas a las armas nucleares, químicas y biológicas". [41] Esta cláusula, sin embargo, ha sido un obstáculo en las negociaciones con la India y Siria . [42]

Los únicos países europeos que aún no han presentado sus informes al comité 1540 son Macedonia , Moldavia y la Ciudad del Vaticano (que sigue siendo simplemente un estado observador en la ONU), aunque muchos estados ex soviéticos carecen de los controles fronterizos efectivos necesarios para evitar la proliferación mientras aún poseer materiales nucleares, químicos o biológicos. [43] Albania , Lituania, Montenegro y Serbia han solicitado ayuda para cumplir sus obligaciones en virtud de la resolución, [5] mientras que la mayoría de los Estados europeos han ofrecido ayuda: Austria , Bielorrusia, Bulgaria , la República Checa , Dinamarca, Estonia , Finlandia, Francia, Alemania, Grecia , Hungría, Irlanda, Italia, Liechtenstein , Lituania, Luxemburgo , Malta, Países Bajos , Noruega, Polonia , Portugal, Rumania , Federación Rusa , Eslovaquia, Eslovenia , España, Suecia y Reino Unido. [25]

América del norte

Estados Unidos ha sido uno de los más firmes partidarios de la resolución 1540 y de la Resolución 1887 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , [44] que fortaleció sus disposiciones. [45]

Todos los estados de América del Norte, excepto Haití y Santa Lucía, han presentado sus informes sobre el cumplimiento de la 1540 ante la ONU. Las Bahamas , Belice, CARICOM y Guatemala han solicitado asistencia para implementar la resolución [5] mientras que Canadá, Cuba y Estados Unidos han ofrecido ayuda. [25]

Controversia

Muchos estados del movimiento no alineado han criticado la resolución 1540 por ser engorrosa y mal adaptada a sus situaciones, [26] un intento de los EE.UU. de cooptar a otros en su guerra contra el terrorismo, la interferencia de la ONU en los asuntos nacionales de los estados soberanía [40] y una pérdida de recursos que podrían utilizarse mejor en problemas que tienen una relevancia local más directa. [46]

Los partidarios de la resolución han subrayado la función del comité 1540 como cámara de compensación para ofertas y solicitudes de asistencia para la implementación de la resolución, [44] y han señalado que la mejora de los controles fronterizos y del marco legislativo será de beneficio más general para todos. países que las implementan. [47]

Ver también

Referencias

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