En ella se establece un Poder Legislativo unicameral, ejercido por una Asamblea de veinticinco diputados, representantes a su vez de los catorce departamentos en que se dividía la provincia entonces.
Por su parte, el Poder Ejecutivo era unipersonal y duraba tres años, sin posibilidad de reelección; distinguiéndose a su vez, entre "gobernador propietario" o "en propiedad" -persona que ocupa el puesto de Gobernador permanentemente por el término del mandato-, "interino" y "delegado".
La introducción del sistema de doble representación o diarquía legislativa, receptó opiniones favorables y desfavorables a lo largo de su vigencia.
Sus defensores sostuvieron que el procedimiento bicameral es más adecuado para el estudio profundizado de las leyes.
En tanto, sus detractores sostenían que, a diferencia de la diarquía en la antigua Roma creada para evitar la omnipotencia del poder público, el sistema bicameral le permitió al Poder Ejecutivo atenuar los efectos de la oposición al dilatar el procedimiento de formación y sanción de las leyes y crear antagonismos intralegislativos.