Ricardo Alberto Guibourg

Sus trabajos abarcan desde cuestiones ontológicas hasta sus propuestas más importantes en materia de Filosofía del Derecho.

Su obra puede ser clasificada de la siguiente manera: 1) Análisis filosófico: ontología, epistemología, meta-ética, lenguaje y lógica.

Lo explica del siguiente modo: “Como ningún interrogante tiene en principio una respuesta “verdadera”, cada uno asume la responsabilidad de responderlo a su modo: adopta una decisión.

Filosofía y Teoría del Derecho Para Guibourg es sumamente importante poner en realce las dificultades teóricas que se les presentan a todos aquellos ius-positivistas que intentan presentar una síntesis teórica entre el normativismo y el realismo.

Para sustentar sus críticas, Guibourg analiza las teorías de los principales ius-filósofos positivistas del siglo XX: Hans Kelsen y Herbert Hart.

Si, en cambio, preferimos el aspecto normativo y sólo preservamos la referencia al acto legislativo como vínculo con el mundo empírico, nos veremos precisados a aceptar una ciencia ajena a la realidad viviente o nos enzarzaremos en controversias para determinar cuándo un acto es creador de derecho o no lo es”.

Pero más que eso, estas investigaciones presentan un método consistente y riguroso para lograr dicho objetivo en otros ámbitos de la aplicación judicial del derecho.

Se explica en el siguiente modo: “Las leyes contienen criterios para decidir los casos; la jurisprudencia y la doctrina también los proponen, cada una a su modo.