La misión del Registro es publicitar dicha información, para una mayor seguridad jurídica y económica de los actores intervinientes en el comercio.
Los empresarios autónomos también pueden registrar, en este caso voluntariamente, documentos tales como los poderes de representación.
Cualquier persona puede solicitar y obtener, sea por personación en la oficina, por correo o por vía telemática notas simples, que solo tienen un valor informativo o certificaciones, que van firmadas por el registrador y acreditan fielmente el contenido del Registro Mercantil.
[6][7] Aunque internet y la digitalización prácticamente han eliminado los costes de acceso a la información que existían en 1973,[7] el arancel sigue vigente en España, limitando el derecho de acceso de la ciudadanía a los datos depositados en el Registro Mercantil, que son datos públicos.
[14][7][11] Esta situación da lugar a la explotación comercial de estos datos públicos por parte de empresas privadas que llegan a acuerdos también privados con los registradores que tienen encomendado este servicio público.
Catedráticos de derecho mercantil como Jesús Alfaro,[15] organizaciones sociales como en:Access Info Europe[8][11] y activistas por la transparencia como Jaime Gómez-Obregón[13] han reclamado la liberación de los datos mercantiles.