Personero del Común

A partir del siglo XV será la palabra Procurador la que tome esa acepción.Ya en el Fuero Juzgo de la Castilla medieval aparece reflejada la figura del Personero, que estaba llamado a asistir obligatoriamente a los pleitos donde se vieran implicados príncipes y obispos, mientras que en el resto de casos su presencia era voluntaria.Debía portar una Carta de personería para la que necesitaba cumplir unos determinados requisitos.A partir del siglo XIV, cuando la Corona promueve la creación de un concejo cerrado, con un regimiento o cabildo más restrictivo y con un corregidor como representante regio, se hizo necesaria la presencia del Personero como representante del pueblo, que intentase evitar las injerencias de la oligarquía local sobre las ordenanzas o usos y costumbres tradicionales, lo que puede ser un antecedente de la figura contemporánea de Defensor del Pueblo.El Personero se mantuvo con altibajos hasta el siglo XVIII, como una antigua magistratura que hacía las veces de jurados en las ciudades o que venía a suplir la carencia de concejo abierto en las villas pequeñas.