Pecha

Ante todo los terrazgueros de los predios del señorío debían al señor el pago de una renta o censo por el disfrute de la tierra y en reconocimiento del dominio ajeno sobre el predio que poseían.»[4]​ No era una novedad sino una continuación de las costumbres ya que «esta renta se había confundido con el antiguo tributo territorial romano y recibió nombres diversos según los territorios y las épocas: censum, tributum, foro, infurción, pectum (luego pecha y pecho), y en los países del Nordeste, usaticum, parata y terratge; en la Baja Edad Media se generalizaron en León y Castilla los nombres de marzadga y martiniega, por satisfacerse el censo en marzo o el día de San Martín.»[4]​ Respecto a la forma de satisfacer al fisco este tributo afirma que «la renta se pagaba, por lo general, en especie y su cuantía, muy variable según los lugares, podía ser la de una cuarta parte de los frutos, o el diezmo, o, como en Aragón, la novena parte.

Asimismo, los habitantes del señorío satisfacían al señor la gabela llamada fumadga, que se pagaba por encender fuego en cada hogar.»[4]​ La pecha puede considerarse como contemporánea a los primeros siglos de la Reconquista, según consta en los privilegios otorgados a los lugares de nueva población en los cuales se procuraba atraer a los pobladores, eximiéndoles de pecha y de otras servidumbres.

La pagaban también los moros y judíos y se deduce que sus aljamas no estuvieron nunca exentas de la gracia concedida por Pedro IV en 1336 a Mahoma Mazucla, encargado de la obra del Puente de Zaragoza, para no contribuir con la pecha por cinco años.

Añade que «la pecha estaba constituida por una parte de la producción agraria, que originariamente osciló probablemente entre el cinco y el diez por ciento.» El historiador Alfredo Floristán Imízcoz, por otro lado, puntualiza indicando que «en Navarra recibieron el nombre de pechas los pagos que, en especie o en dinero, satisfacían determinadas familias, conocidas como pecheras, a señores laicos, eclesiásticos o al rey.» En Navarra, a diferencia de Castilla, el término pechero no era sinónimo de no-hidalgo, ya que hay constancia de que algunos hidalgos pagaban pechas también.

[8]​ Habitualmente se optaba por el pago en especie (trigo, cebada) añadiendo en algunos casos puntuales dinero o animales.