Nacionalidad colombiana

La primera mención constitucional de la nacionalidad colombiana se hizo en el Congreso Constituyente de 1821,[3]​ en el cual se estableció que son colombianos todos los hombres libres nacidos en Colombia y sus hijos y quienes estuvieren radicados en Colombia en el momento de su transformación política, con tal que permanezcan fieles a la causa de la independencia, así como los no nacidos en Colombia que obtuvieren carta de naturalización.

[7]​ Un caso notable previo a esta norma fue el ocurrido con el escritor colombiano Santiago Pérez Triana, quien tras haber residido por varios años en Estados Unidos recibió la nacionalidad de dicho país y regresó a Colombia, pretendiendo recuperar su nacionalidad, pues entonces no existían acuerdos de múltiple nacionalidad y el acto de naturalización suponía perder la nacionalidad de origen.

[10]​ Finalmente el Acto Legislativo 1 de 2002 aclara que los hijos de colombianos pueden obtener la nacionalidad sin haber residido en el territorio colombiano, registrándose en una oficina consular.

El artículo 96 numeral 1.º de la Constitución Política de Colombia[1]​ establece quienes son nacionales colombianos de acuerdo a su origen, siendo así: La legislación colombiana garantiza el derecho a ejercer la ciudadanía a los nacionales o extranjeros reconocidos como colombianos, que habiendo cumplido los dieciocho (18) años de edad y que hayan tramitado su respectivo documento de identidad, o que con arreglo a la ley y quieran participar de sus derechos ciudadanos y democráticos, a que lo hagan, teniendo en cuenta que la legislación colombiana pena a los delincuentes con la pérdida de los derechos políticos a los que tuviese acceso antes de la comisión del delito.

[1]​ Asimismo, establece la ley que en caso de guerra exterior, aquellos ciudadanos que hayan adoptado otra ciudadanía aparte de la colombiana no se les obligará a tomar las armas contra el país que los haya aceptado como ciudadanos, pero en el caso de que se encuentren luchando contra la nación colombiana y sean apresados serán juzgados como traidores, sin importar si hubieren renunciado a la ciudadanía.

Bolívar, Santander y otros próceres saliendo del Congreso de 1821.
Primera página de la Constitución de 1886.
Certificado de renuncia a la nacionalidad colombiana, emitido por el consulado de Colombia en Países Bajos en 2022