Mutualidad General Judicial

[4]​ El personal al que presta servicios este organismo abarca todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración, para los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional y los miembros de los Cuerpos profesionales extinguidos o integrados que conserven el derecho a pertenecer a esta Mutualidad.[6]​ En virtud de ese mandato, tres años después se aprobó el Real Decreto-Ley 16/1978, que estableció el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia y creó la Mutualidad General Judicial como entidad gestora del mutualismo judicial.[4]​ Los órganos de control y vigilancia de la gestión, también llamados órganos de gobierno, son los órganos encargados de establecer las líneas generales de actuación del organismo así como controlar y vigilar la buena marcha del mismo.Son dos: Por otra parte, existen órganos de dirección y gestión, también llamados órganos ejecutivos.Son dos: Las prestaciones que ofrece la Mutualidad General Judicial se regulan actualmente en el artículo 12 del Real decreto legislativo 3/2000, de 23 de junio y en su reglamento de desarrollo, y son:[8]​[5]​ Las prestaciones anteriormente descritas se financian a través de cuatro vías:[8]​
Entrada al Palacio de Zabálburu , sede central del Organismo.