Real decreto legislativo

[1]​ El apelativo de «real» viene dado porque es un miembro del Gobierno el que propone al rey la expedición de estos decretos, su publicación y cumplimiento.Las Cortes Generales deciden delegar en el Gobierno la potestad legislativa.Ha de referirse a una materia concreta y delimitarse bien el alcance, así como los criterios inspiradores.Se prohíbe la delegación en materia propia de ley orgánica.Por ello, si se le ha solicitado redactar un texto refundido de normas legales, sería ilegal y nulo que el Ejecutivo cambiase la regulación de fondo existente.