Monumento Histórico Nacional (Uruguay)

Estos bienes históricos tanto artísticos, como escultóricos, arquitectónicos, arqueológicos, paleontológico, bibliográfico, naturales que merezcan la conservación y protección.34: "Toda la riqueza artística o histórica del país, sea quien fuere su dueño, constituye el tesoro cultural de la Nación; estará bajo la salvaguardia del Estado y la ley establecerá lo que estime oportuno para su defensa".Y también establece en su artículo 8 Los bienes inmuebles que sean declarados monumentos históricos, quedan afectados por las servidumbres que en cada caso resulten impuestas por la calidad, características y finalidades del bien.Estas servidumbres serán: 1.o La prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que altere las líneas, el carácter o la finalidad del edificio.Es una iniciativa que se celebra un fin de semana al año, desde 1995 para difundir el patrimonio histórico nacional.
Palacio Marexiano con la placa que lo identifica como Monumento Histórico Nacional y a la vez como Bien de Interés Municipal por el Gobierno de Montevideo.