En Panamá, el matrimonio entre personas del mismo sexo no es reconocido por la legislación vigente ni por sentencia de un tribunal superior.
El código de familia del país y la Ley n.º 61 de 2015 definen al matrimonio como la «unión entre un hombre y una mujer», excluyendo expresamente las uniones entre personas del mismo sexo.
[6][7] En marzo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos lamentó la decisión de la Corte Superma y urgió al país ar econocer el derecho al matrimonio civil entre personas del mismo sexo.
[10][11] Según una encuesta llevada a cabo por AmericasBarometer en 2016 y publicada al año siguiente, un 22% de los participantes en Panamá se mostraron a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo.
[12] Una encuesta posterior llevada a cabo por Borge y Asociados reflejó un cambio en la opinión pública, con un 64% de hombres y 69,7% de mujeres afirmando que el estado debe «ofrecer protección a las parejas del mismo sexo».