Ley Paccionada Navarra

[1]​ La Ley Paccionada ha sido el sustento del régimen económico-administrativo especial del que ha venido disfrutando Navarra desde 1841, permaneciendo en la actualidad formalmente vigente siendo un derecho histórico reconocido por el Amejoramiento del Fuero, texto este que en su disposición final afirma su vigencia salvo en lo que se oponga a lo establecido por el propio Amejoramiento.

Dicha norma establecía que se confirmaban los fueros de Navarra y las Provincias Vascongadas.

[7]​ Por otro lado, la ley extendió a Navarra la planta de la administración judicial y militar, suprimiendo la figura preconstitucional del virrey, y disponiendo en su lugar en Pamplona un mando militar como en el resto de las provincias.

En el ámbito judicial, sin embargo, pese a la implantación de la planta general, la ley confirmó la plena vigencia del derecho foral privado navarro.

Postura defendida ya en el siglo XIX por Cánovas del Castillo, y más modernamente por los profesores Eduardo García de Enterría, Tomás-Ramón Fernández y Antonio Martínez Tomás, así como por autores navarros como Rafael de Navascués, Pedro Larumbe o Demetrio Loperena.

Presidentes del gobierno español como Juan Prim y Práxedes Mateo Sagasta, ya en el siglo XIX defendieron esta postura, de la que también participaron José Alonso Ruiz de Conejares, ministro de Justicia navarro en 1841, Serafín Olave, Arturo Campión, Eladio Esparza, Rafael Aizpún, Tomás Rodríguez Garraza, Jaime Ignacio del Burgo y Víctor Manuel Arbeloa.

De esta opinión participaron Pablo Ilarregui y Fulgencio Barrena,[cita requerida] ambos negociadores comisionados por la Diputación de Navarra, y autores como Martín María Razquin Lizarraga o Ignacio Olábarri.

Escudo de Navarra