La ley desarrolla y concreta las competencias de educación que tiene Cataluña en virtud del Estatuto de Cataluña y se basa también en el Pacto Nacional de la Educación, participado por los grupos parlamentarios de CiU, PSC, ERC y ICV-EUiA que representaban en aquella legislatura una amplia mayoría del arco parlamentario.
Para satisfacer este objetivo, el texto dota de autonomía a los centros para que puedan llevar adelante su propio proyecto educativo adaptado a su entorno.
Per ser nombrados, los directores tendrán que presentar un proyecto de dirección en el cual se tendrá que detallar la gestión del Proyecto Educativo de Centro.
La Ley crea la Agencia de Evaluación de la Educación, una entidad que dedicará los esfuerzos a evaluar los proyectos educativos (entendiéndolo como acompañamiento) y también podrá hacer propuestas a la Administración competente para mejorar los currículums generales.
Así, el personal docente tendrá su propia carrera profesional, evaluada basándose en el ejercicio profesional docente, la investigación educativa, la aportación al sistema, la formación permanente, los resultados de esta formación aplicados en el aula, y también la antigüedad.
Así mismo, la Ley certifica el objetivo del trilingüismo, con el dominio del catalán, el castellano y una tercera lengua de la cual el alumnado tendrá que tener un conocimiento suficiente al final de la educación secundaria obligatoria.
La disposición final tercera de la LEC recoge el compromiso de que el Govern incrementará progresivamente los recursos económicos destinados al sistema educativo para lograr los objetivos que marca y situará progresivamente durante los próximos ocho años el gasto educativo, como mínimo, en la media de los países de la Unión Europea, que se sitúa en torno al 6% del PIB.