El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) es un impuesto que grava los actos jurídicos documentados en España.
Por el concepto documentos notariales se gravan las escrituras, actas, copias y testimonios notariales.
Este impuesto comprende una cuota fija y una cuota variable: En la cuota fija, 0,30 euros por pliego o 0,15 por folio, a elección del fedatario.
En la cuota variable se aplicará el tipo aprobado por cada Comunidad Autónoma, subsidiariamente el 0,50%.
Deberá abonarse este concepto por el libramiento, emisión o expedición de documentos mercantiles que cumplan la función de giro o incorporen un crédito susceptible de ser endosado o transmitido: El tributo se devenga con la expedición, emisión o libramiento del documento.