Facultad de Derecho (Universidad de Sevilla)

Esta bula papal fue confirmada por otra concedida en 1508, en la que ya se contemplaba la enseñanza de Artes, Lógica, Filosofía, Teología, Derecho Canónico y Civil y Medicina.

[4]​ No es hasta el año 1518 cuando podemos considerar que se comienzan a impartir los estudios de Derecho quedando estos repartidos en una Facultad de Cánones, compuesta por tres cátedras, en las que se explicaba el Corpus iuris canonici (Decretum y Decretales), y una Facultad de Leyes, con tres cátedras igualmente, donde, además de Retórica, se explicaba el Corpus iuris civilis (Instituta, Codex y Digesta).

Durante los siglos siguientes se otorgaron diferentes Estatutos que delimitaban las competencias de la Universidad, el Colegio Santa María de Jesús y el poder real.

Este proceso fue en aumento hasta su culminación en 1771 cuando se produce la separación definitiva del Colegio y la propia universidad.

La nueva concepción del Derecho como elemento sustancial para la ordenación de la realidad social hace que se impulsen numerosos planes de estudios jurídicos en la Facultad.