Excusado eclesiástico

El excusado era un impuesto implantado por Felipe II de España en 1571, que gravaba a una casa dezmera elegida por la Casa Real entre las de una determinada parroquia —normalmente, aquella que más tributaba a la Iglesia—.

[2]​[3]​ Fue concedido por vez primera en 1567 por el papa Pío V a Felipe II con motivo de la guerra de Flandes que en aquellos momentos sostenían los tercios españoles contra los rebeldes calvinistas en los Países Bajos españoles y de los enfrentamientos contra los turcos musulmanes en el Mediterráneo, aunque el primer pago no se haría efectivo hasta 1571.

Paralelamente, las Reales Audiencias no tenían jurisdicción sobre los pleitos surgidos en el proceso de su exacción, en los que los tribunales eclesiásticos conocían privativamente.

Dos años después la administración del excusado se encomendó a los Cinco Gremios Mayores.

Las Cortes aprobaron la medida en julio,[9]​ pero la improvisación con que se llevó a cabo la desamortización, suprimiendo el diezmo antes de buscar una vía de ingresos alternativa,[10]​ y la primera guerra carlista en que el país estaba inmerso en estos tiempos, motivaron que los diezmos siguieran cobrándose hasta 1841, en que tras aprobar la ley de dotación de culto y clero se suprimieron definitivamente,[11]​ desapareciendo con ellos el excusado.