Derecho marítimo

El Derecho marítimo, es una rama del Derecho, conjunto de normas, principios y doctrinas de Derecho Público y Privado, que regulan las instituciones, los sujetos intervinientes, la actividad de la navegación marítima y todas las relaciones jurídicas que nacen, se modifican o extinguen del uso humano del medio marino.

El Derecho marítimo ha tenido una gran importancia histórica que se mantiene hasta nuestros días, habiendo sido una rama muy importante del Derecho mercantil y que empezó a cuestionar su autonomía de esta desde la emisión de las llamadas Ordenanzas de Colbert en Francia durante el siglo XVII.

Por el contrario, los marineros romanos y bizantinos eran "partes interesadas en una empresa marítima, ya que el capitán y la tripulación, con pocas excepciones, recibían divisiones proporcionales de la ganancia de una empresa marítima, con cuotas asignadas sólo después de una conclusión exitosa del viaje".

Un ejemplo puede ser la frase de la declaración de independencia "For depriving us in many cases, of the benefits of Trial by Jury” que hace referencia a la práctica del parlamento británico que otorgaba a los tribunales marítimos la jurisdicción para hacer cumplir la ley del Timbre (Stamp Act) en las colonias americanas.

Algunos de ellos fueron Alexander Hamilton en Nueva York y John Adams en Massachusetts.

El resultado fue la Séptima Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.

Mantenimiento y cura La doctrina de mantenimiento y cura está vinculada al artículo VI del “Rolls of Oléron” promulgada aprox el 1160 AD.

Estos pueden incluir tratamientos que solamente le proporcionen seguir trabajando bien.

Derechos aduaneros e hipotecas marítimas Aquellos bancos que prestan dinero para la compra de barcos, vendedores que proporcionan materiales necesarios para los barcos como combustible y tiendas, marineros con salarios debidos y otros muchos, tiene derechos aduaneros contra el barco para garantizar el pago.

Salvamento y recuperación de tesoros Cuando se pierde una propiedad en el mar y es rescatada por otra persona, dicho salvador tiene derecho a reclamar una recompensa de salvamento a la propiedad.

En cuanto al salvamento puro, no hay contrato entre ambas partes, sino que la relación de estos esta implicada por la ley.

Un ejemplo de este sería el rescate de una tripulación en malas condiciones atmosféricas, abordar un barco incendiado o sacar a una tripulación cuyo barco está casi hundido.

Ejemplos de este incluye rescates en mares calmados, sacar buques estancados etc.

Estos rescates son de los más prestigiosos y a de los que más beneficios se puede obtener pero son altamente especulativos los lugares y realmente caros.

Si bien el CMI continúa funcionando con carácter consultivo, muchas de sus funciones han sido asumidas por la Organización Marítima Internacional, establecida por las Naciones Unidas en 1958, pero que no se hizo efectiva hasta aproximadamente 1974.

La Organización Marítima Internacional (IMO) ha preparado numerosas convenios internacionales relativos a la seguridad marítima, incluidos el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) las normas para la formación, la Certificación y el Mantenimiento de la Guardia (STCW), el Reglamento Internacional para prevenir Colisiones en el Mar (COLREGS), Reglamento de Contaminación Marítima (MARPOL), Convenio Internacional de Aeronáutica y Búsqueda Marítima y Rescate (IAMSAR) y otros.

Una vez adoptadas, las convenciones internacionales son aplicadas por las naciones individuales que son signatarias, ya sea a través de sus Guardias Costeros locales o a través de sus tribunales.

[2]​ Esta nueva Ley, trata de aunar en un solo texto toda la normativa aplicable en términos marítimos.