Convención Nacional del Perú (1833)

La razón que arguyeron los legisladores de 1828 era que en el lapso de cinco años la experiencia daría mejores ideas para administrar la República y por lo tanto al cumplirse dicho período sería necesario realizar cambios o reformas.

Debemos señalar que la República Peruana nació bajó una estructura unitaria, aunque buena parte de sus primeros legisladores simpatizaban con el régimen federal.

Gobernaba entonces el general Agustín Gamarra, cuyo período presidencial ya vencía, por lo que las elecciones de los miembros de la Convención Nacional coincidieron forzosamente con las elecciones para Presidente y para un Congreso Extraordinario.

Esto último conllevaba una complicación, pues simultáneamente habrían de funcionar dos cuerpos legislativos, cuya pugna sería inevitable.

Los convencionales orientaron su labor a prevenir, al menos en el papel, los excesos del autoritarismo militar.

El texto constitucional estipuló que el presidente no fuese reelegido sino después de transcurrir un período, eliminó el cargo de vicepresidente y acentuó la influencia del poder legislativo.

Reflejó también el impacto producido por el levantamiento del general Bermúdez, estableciendo en su artículo 173 que:[6]​

Los usurpadores del poder perdían automáticamente sus derechos políticos, sin poder ser rehabilitados, así como se anulaba todo lo que hubieran dictado desde el poder.

Luis José de Orbegoso
Francisco Javier de Luna Pizarro, presidente de la Convención Nacional (1833-34).