Constitución de Honduras de 1880

Eran ciudadanos los mayores de veintiún años, con profesión, oficio, renta o propiedad que les aseguren la subsistencia; y los mayores de 18 que supieran leer y escribir o estuvieran casados.La ciudadanía se perdía por aceptar empleo de otro gobierno que no fuera centroamericano.Para establecer un municipio se requería que la población tuviera al menos 500 habitantes.[1]​ Los extranjeros no estaban obligados a admitir la naturalización, la cual se obtenía tras un año de vivir en el país.Este requisito no aplicaba para «los colonos», para quienes se establecieran en lugares habitados por indígenas o en tierras despobladas, para los que realizaran importantes trabajos de utilidad general, los que introdujeran valiosas fortunas al país, y los que se recomendaran por invenciones o aplicaciones de gran utilidad para el país.Los extranjeros podían aspirar a cargos públicos, navegar todos los ríos y sus matrimonios eran reconocidos por el Estado mientras estuviesen legalmente celebrados.Se prohíbe que ministros religiosos dirijan centros de enseñanza estatales o ejerzan cargos públicos (art.Además desaparecen las condicionantes económicas que existían desde la Constitución de 1848 para optar a importantes cargos públicos.