Constitución apostólica

[1]​ El término 'constitución' proviene del latín constitutio, que definía cualquier ley importante publicada por el emperador romano, y se conserva en documentos de la Iglesia debido a la herencia que el derecho canónico de la Iglesia católica recibió del derecho romano.

Por su naturaleza, las constituciones apostólicas se publican solemnemente por medio de bulas papales, pero por su naturaleza de leyes tienen efectos para todos los fieles católicos la bulas se publican posteriormente en el Acta Apostolicae Sedis, "a no ser que en casos particulares se hubiese previsto otro modo de promulgación".

En el lenguaje ordinario en ocasiones se utilizan los términos de constitución dogmática o de constitución pastoral, en referencia al propósito del documento, pero en todo caso se trata del mismo documento pontificio.

Por ejemplo este se el comienzo de una Constitución Apostólica de San Pío X: El texto de la constitución concluye con el lugar en que se promulga, la expresión "junto a San Pedro", la fecha y el año del pontificado del papa.

El documento viene firmado por el cardenal datario, el cardenal Secretario de Estado, y los oficiales de la Curia que garantizan que el texto concuerda con el original.

Edición impresa de la Constitución Apostólica, Inter praecipuas apostolici ministerii , de Clemente XII , 17 de diciembre de 1737