Consejo de Indias

Se formó como una sección dentro del Consejo de Castilla para pasar a conformarse como entidad propia en 1807.Estaba integrado por: Personal de planta del Consejo de Indias: Además se puede distinguir entre la Alta Policía y la Baja Policía, que es la que corresponde a las organizaciones municipales.La Sala de Justicia tenía por función: Excepcionalmente en sala de gobierno: En el año 1524, se creó esta institución que en nombre del soberano, desempeñó competencias en materias fiscales, legislativas, eclesiásticas y judiciales.Se trataba de un organismo que se hallaba al lado del rey, y que junto a la Casa de la Contratación, iba a regir la evolución indiana.[4]​ Todavía en tiempo de los Austrias, y quedando ese fuerte reformismo borbónico algo lejos, ya se hallaba este organismo rector en crisis, perdiendo incluso facultades —algo que le impedía cumplir las funciones para las que fue creado—.Hasta que en 1721, se configuró la Secretaría de Marina e Indias como un puesto propio, quedando finalmente el esquema organizado en cinco secretarías: Estado, Justicia y gobierno político, Hacienda, Guerra y la anteriormente mencionada.Cuando finalizó ese llamado “Trienio Liberal” en 1823, volvió a restaurase dicha institución, pero en el 1834 se produjo la definitiva disolución del que hubiera sido una de las más importantes instituciones con respecto a las Indias durante muchos años.
El Imperio de Felipe II en 1598, distinguiendo el ámbito de cada consejo territorial en el sistema polisinodial de la Monarquía Hispánica
Territorios adscritos al Consejo de Castilla Territorios adscritos al Consejo de Aragón Territorios adscritos al Consejo de Portugal Territorios adscritos al Consejo de Italia desde 1556, antes parte del Consejo de Aragón Territorios adscritos al Consejo de Indias Territorios adscritos al Consejo de Flandes , abarcando los territorios disputados con las Provincias Unidas