[2] Entre sus funciones, según sus estatutos, destaca la ordenación de la actividad profesional, la defensa del prestigio de la profesión, exigir a Colegios y abogados el cumplimiento de los deberes profesionales y deontológicos, buscar una justicia ágil, moderna y eficaz o evitar el intrusismo laboral.El Ministerio de Justicia franquista aprueba las disposiciones legales al año siguiente.[7] Pedrol Rius, que ocupó el cargo de Decano desde 1972 hasta 1992, adaptó las instituciones de la corporación al nuevo marco constitucional durante la Transición democrática.[8] Se organiza internamente a través de una Junta General, formada por todos los 83 colegios profesionales, que se celebra al menos una vez al año y elige en voto directo y secreto, cada cinco años, a una Junta de Gobierno formada por diez diputados, un Tesorero, un Bibliotecario, un Secretario y regida por un Presidente.El Consejo General presta servicios muy diversos a Colegios profesionales y abogados en ejercicio, tales como información legal exhaustiva, información de la legislación autonómica, asesoría legal, justicia gratuita, marcos legales etc.
Patio interior de la Biblioteca del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid