Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía

Su personal podrá ser tanto funcionario como personal sujeto a derecho laboral, mientras que las funciones que impliquen ejercicio de autoridad serán desempeñadas siempre por personal funcionario.La Agencia se creó por el Decreto-ley 5/2010,[2]​ y cuando se produzca su constitución efectiva asumirá todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero (DAP), que quedará extinguida simultáneamente, continuando hasta entonces el desempeño de sus funciones conforme a su normativa actual.En base al artículo 18.1.4a del Estatuto de Autonomía de Andalucía, las competencias relativas a la reforma y desarrollo del sector agrario y a la mejora y ordenación de las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales son de competencia autonómica.En el artículo 54 de la Ley de Reforma Agraria se prevé que la gestión será llevada a cabo por el mismo IARA directamente o por la empresa que al efecto se constituya.Todos estos cambios se vieron reflejados en su nueva denominación: Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero S.A.[4]​ Por la Ley 1/2011 la extinta DAP se convierte en Agencia de régimen especial, con capacidad para la gestión de las políticas agrarias y pesqueras de la Comunidad Autónoma de Andalucía.