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Solemnidad

En el calendario litúrgico del Rito Romano , una solemnidad es un día festivo del más alto rango que celebra un misterio de fe como la Trinidad , un evento en la vida de Jesús , su madre María , su padre terrenal José u otro santo importante . La observancia comienza con la vigilia de la tarde anterior a la fecha real de la fiesta. A diferencia de los días festivos del rango de fiesta (distintos de las fiestas del Señor) o los del rango de memorial, las solemnidades reemplazan la celebración de los domingos fuera de Adviento, Cuaresma y Pascua (los del Tiempo Ordinario ). [1]

La palabra proviene del latín posclásico sollemnitas , que significa solemnidad, fiesta, celebración de un día. [2]

Categoría

Las solemnidades de la Natividad del Señor , la Epifanía , la Ascensión y Pentecostés sólo son superadas por el Triduo Pascual .

Las demás solemnidades inscritas en el Calendario General Romano dan lugar también a las siguientes celebraciones:

El Triduo Pascual
Domingos de Adviento , Cuaresma y Pascua
Miércoles de ceniza
Días laborables de Semana Santa hasta el jueves inclusive
Días dentro de la Octava de Pascua

Las solemnidades inscritas en calendarios particulares dan lugar no sólo a éstas, sino también a la Conmemoración de Todos los Fieles Difuntos . [1]

Con las excepciones señaladas en la tabla siguiente respecto de las solemnidades de San José y de la Anunciación del Señor, la solemnidad que cae en el mismo día que una celebración de rango superior se traslada al día siguiente no ocupado por una solemnidad, un domingo o una fiesta. [3]

Entre las solemnidades inscritas en el Calendario Romano General, las del Señor tienen precedencia sobre las de la Santísima Virgen y éstas sobre las de los demás santos. Así, si, por ejemplo, la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús coincide con la de la Natividad de San Juan Bautista o con la de los Santos Pedro y Pablo, son éstas las que se trasladan al siguiente día libre.

Entre las solemnidades inscritas en calendarios particulares (solemnidades propias) el orden de precedencia es:

La solemnidad del patrón principal del lugar, ciudad o estado.
La solemnidad de la dedicación o aniversario de la dedicación de la propia iglesia
La solemnidad del título de la propia iglesia (el misterio o santo al que está dedicada)
La solemnidad del título o del fundador de un instituto religioso.

Lista y fechas

Las solemnidades inscritas en el Calendario Romano General y que por tanto se observan en toda la Iglesia latina se indican en la siguiente lista.

Solemnidades propias

Existen también solemnidades no inscritas en el Calendario Romano General, que se celebran en lugares, regiones, iglesias o institutos religiosos particulares . La memoria libre de san Patricio , el 17 de marzo, es una solemnidad en Irlanda; la de san Josemaría Escrivá , el 26 de junio, es una solemnidad dentro de la prelatura del Opus Dei ; y la de Nuestra Señora del Monte Carmelo , el 16 de julio, es una solemnidad para los carmelitas .

A continuación figura una lista parcial de solemnidades propias:

Observancia

Aunque sea un día laborable o dentro del tiempo de Adviento y Cuaresma , si el día es una Solemnidad, entonces se dice o se canta el Gloria (excepto el Viernes Santo que es el segundo día del Triduo Pascual), así como el Credo en la Misa, y hay dos lecturas bíblicas , no una, antes del Evangelio . También, a veces habrá himnos procesionales y de salida , y uso de incienso .

Algunas solemnidades, pero no todas, son también días de precepto , en los que, como los domingos, los católicos deben asistir a Misa y evitar trabajos y negocios que impidan el culto divino o el descanso adecuado de la mente y el cuerpo. [5] Todos los días de precepto tienen el rango de solemnidad al menos a nivel local, aunque no necesariamente tienen ese rango en el Calendario Romano General. Con la excepción de las solemnidades del Sagrado Corazón de Jesús, la Anunciación del Señor y el Nacimiento de Juan Bautista, todas las solemnidades inscritas en el Calendario Romano General se mencionan como días de precepto en el canon 1246 del Código de Derecho Canónico, pero no necesariamente se observan todas en un país en particular.

Cuando una solemnidad cae en viernes, no se aplica la obligación de abstenerse de carne o de algún otro alimento según lo determine la Conferencia Episcopal. [6]

Véase también

Referencias

  1. ^ ab Normas universales sobre el año litúrgico y el calendario, 59
  2. ^ Lewis y Short, sollemnitas
  3. ^ ab Normas universales sobre el año litúrgico y el calendario, 60
  4. ^ Normas universales sobre el año litúrgico y el calendario, 56
  5. ^ Código de Derecho Canónico, canon 1247
  6. ^ Código de Derecho Canónico, canon 1251

Enlaces externos