En el Reino Unido, la Ley de Arquitectos de 1997 impone restricciones al uso del nombre, estilo o título "arquitecto" en relación con una empresa o una práctica profesional y, a tal efecto, exige que se mantenga un Registro de Arquitectos obligatorio. La Junta de Registro de Arquitectos constituida en virtud de la Ley es responsable del Registro de Arquitectos en el Reino Unido y debe publicar la versión actual del Registro anualmente. Toda persona que tenga derecho a registrarse en virtud de la Ley tiene derecho a estar inscrita en el registro. La ley consolidó las disposiciones anteriores que se originaron con la Ley de Arquitectos (Registro) de 1931 ( 21 y 22 Geo. 5. c. 33) modificada por la Ley de Registro de Arquitectos de 1938. Se aplica a Inglaterra, Gales, Escocia e Irlanda del Norte.
La sección 2 de la ley prescribe que la junta designará y regulará las funciones asignadas al Registrador . La ley se refiere al Registrador mediante el pronombre masculino en singular, pero según las reglas habituales de interpretación estatutaria , [1] esto no se limita a una persona masculina individual.
El 20 de junio de 2008 entró en vigor una modificación de la Ley de Comunidades Europeas de 1972 .
La controversia recurrente sobre si la protección legal del título sirve para fines útiles se ha intensificado por el impacto legislativo de la Directiva de la UE sobre prácticas comerciales desleales implementada en mayo de 2008 por dos instrumentos legales bajo la Ley de las Comunidades Europeas de 1972, a saber, el No 1276 ( Descripciones comerciales ) [2] y el No 1277 ( Protección del consumidor ). [3]
A los efectos de la Ley de Reforma Legislativa y Reglamentaria de 2006, la "función reguladora" se define en el apartado 32(2).
En virtud del apartado 20(1) de la Ley de Arquitectos de 1997 , una persona en el Reino Unido sólo puede ejercer o llevar a cabo negocios bajo cualquier nombre, estilo o título que contenga la palabra " arquitecto " si está registrado. No existe ninguna restricción sobre su uso en ninguna otra circunstancia. Las palabras de la Ley actual siguen las de la Ley de Registro de Arquitectos de 1938, en virtud de la cual se decidió que el uso del sufijo "FRIBA" en el papel de notas comerciales constituía una infracción.
En virtud del apartado 20(3), las personas jurídicas, firmas o sociedades pueden llevar a cabo actividades comerciales bajo un nombre, estilo o título que contenga la palabra "arquitecto", siempre que (en términos generales) la empresa de arquitectura esté dirigida por una persona registrada. Sin embargo, la Junta de registro legal puede (mediante reglas dictadas en virtud del apartado 20(4) – véase Reglas generales, Regla 25) limitar efectivamente la aplicación del apartado 20(3) a aquellas personas jurídicas, firmas o sociedades que hayan proporcionado la información necesaria para determinar si la empresa de arquitectura está dirigida por una persona registrada.
El poder de elaboración de normas en virtud del inciso 20(4) parece limitarse a prescribir información específica que debe proporcionarse a la Junta, a saber, "la información necesaria para el registro legal que determine si se aplica [el inciso 20(3)]". El inciso no contiene ninguna disposición sobre la imposición de ninguna tasa.
Durante más de un siglo, las opiniones sobre los méritos del registro legal de los arquitectos en el Reino Unido han estado divididas. El resultado fue que el Parlamento, como legislador y guiado por el gobierno de turno, tuvo que mantener un estado de neutralidad benévola entre los defensores de estas opiniones en pugna, en consonancia con políticas públicas más generales en materia de competencia empresarial, empleo, educación profesional, etc. En relación con la protección legal del título, tres aspectos del campo en el que ejercen los arquitectos invitan a ser examinados. En resumen:
A la luz de la experiencia adquirida desde la creación del Registro en virtud de la Ley de 1931, y más concretamente en virtud del régimen de la Junta de Registro de Arquitectos a partir de 1997, la cuestión recurrente ha sido si la protección del título sirve para fines útiles en relación con los tres aspectos mencionados anteriormente. La cuestión de la obsolescencia se ha visto intensificada aún más por la Directiva de la UE sobre prácticas comerciales desleales , en vigor desde 2007.
El registro obligatorio tuvo su origen en la profesión de arquitectura a finales del siglo XIX. En aquel momento (como ahora) era un tema controvertido. Sin embargo, en 1905 el RIBA había establecido una política para garantizar una formación satisfactoria de los arquitectos por medios legales.
La base de la política (sobre el registro) siempre había sido que la profesión estaba regida por asociaciones voluntarias de arquitectos en ejercicio y que la profesión mantendría el control del registro. Esto se reflejó en la composición del organismo de registro (el Consejo de Registro de Arquitectos del Reino Unido – ARCUK ) establecido por la Ley de 1931. Poco después, en el libro publicado con ocasión de la celebración del centenario del Instituto en 1934, [4] en los párrafos finales del capítulo sobre el registro legal, [5] Harry Barnes FRIBA., Presidente del Comité de Registro, escribió:
Después de más de medio siglo los tiempos han cambiado y con la Ley de 1997 se ha instaurado un régimen totalmente distinto.
En la década de 1990, casi todos aceptaban que había llegado el momento de poner fin al Colegio de Arquitectos, que era obligatorio por ley. La opinión dentro de la profesión estaba dividida entre quienes sostenían que el registro obligatorio debía suspenderse por completo y quienes sostenían que el organismo de registro debía reconstituirse.
En el caso de que el organismo se reconstituyera como la Junta de Registro de Arquitectos (Leyes de 1996/1997), fue sólo después del evento que muchos en la profesión comenzaron a apreciar el efecto del nuevo requisito de que la mayoría de la Junta no debía ser arquitecto y debía ser designada por el gobierno, como lo demuestra la siguiente cita:
1834 – El organismo que se convertiría en el Real Instituto de Arquitectos Británicos (originalmente conocido como el Instituto de Arquitectos Británicos en Londres) fue fundado por Thomas de Grey, segundo conde de Grey y varios arquitectos destacados. (Después de la concesión de la carta, pasó a conocerse como el Real Instituto de Arquitectos Británicos en Londres, y finalmente abandonó la referencia a Londres en 1892.) [6]
1837 – Se le concede su Carta Real bajo el reinado de Guillermo IV .
1884 – Se forma la Sociedad de Arquitectos , después de que un grupo de ARIBA se resistiera a una campaña para poder votar sobre los asuntos del RIBA.
1887 – Se formó el Comité de la Ley de Registro de Arquitectos e Ingenieros como comité independiente para promover un proyecto de ley para el registro de arquitectos, ingenieros y agrimensores. El proyecto de ley fue retirado después de que los principales organismos que representaban a los ingenieros presentaran una petición en su contra.
1889 y 1891 – El Comité de Proyecto de Ley de Registro de Arquitectos presentó proyectos de ley para el registro de arquitectos, que fueron fuertemente apoyados por la Sociedad de Arquitectos pero rechazados por un grupo independiente de arquitectos y artistas destacados.
1892 – Se publican artículos que definen la profesión de arquitectura:
1902 – El Comité del Proyecto de Ley de Registro de Arquitectos se fusionó con la Sociedad de Arquitectos como un Comité de Registro conjunto.
1905 – Se adoptó la Política Educativa del RIBA con poderes legales para garantizar una capacitación satisfactoria para los arquitectos mediante el registro del título, por y a través del RIBA.
1908 – Se crea la Clase de Licenciatura del RIBA, para arquitectos que pudieran demostrar su competencia, sin necesidad de exámenes. Al cierre de la institución en 1913, se habían aceptado más de 2000.
1924–1959 – Comité Permanente de Registro del RIBA.
1925 – Fusión del RIBA y la Sociedad de Arquitectos : la mayoría de los miembros de la Sociedad de Arquitectos fueron transferidos a la clase de Licenciados, que fue reabierta.
1927 – El Comité de Registro del RIBA presenta un proyecto de ley en el Parlamento, pero la Asociación Incorporada de Arquitectos y Agrimensores y la Facultad de Arquitectos y Agrimensores se oponen a él .
1931 – Se reformuló el proyecto de ley y se promulgó como Ley de 1931 sobre el registro de arquitectos, que permitía la creación del Registro de arquitectos en el marco de un organismo legal denominado Consejo de Registro de Arquitectos del Reino Unido (ARCUK). El Consejo debía estar integrado por representantes de todos los organismos de arquitectura del Reino Unido en proporción al número de sus miembros en el Registro, y representantes de departamentos gubernamentales y organismos profesionales relacionados. En virtud del ARCUK, se aceptó el sistema de exámenes del RIBA, etc., para el registro. (Las disposiciones de la Ley que constituía la Junta de Educación de Arquitectura se derogaron cuando el ARCUK se reconstituyó como ARB en 1996/7).
1937 – El "presidente del consejo" [sic] envía una carta al Instituto de Agrimensores Colegiados en la que reconoce que no hay nada en el proyecto de ley que el consejo estaba promoviendo en ese momento (y que posteriormente se convirtió en la Ley de Registro de Arquitectos de 1938 ) que interfiera con las actividades de los arquitectos registrados. La carta es mencionada por Lord Goddard , Lord Presidente del Tribunal Supremo, en el curso de su sentencia en el Tribunal de División del Tribunal de la Reina en 1957, en la que se permite la apelación de un arquitecto (Hughes) contra una decisión sobre mala conducta profesional del Comité de Disciplina de ARCUK (posteriormente rebautizado como Junta de Registro de Arquitectos ), un caso que se cita en casos posteriores y en libros de texto legales como precedente judicial. [7]
1938 – La Ley de Registro de Arquitectos de 1938 cambió el título protegido de "Arquitecto registrado" a "Arquitecto".
1957 – Como resultado de la legislación de 1938, el Tribunal Superior permite una apelación de un arquitecto contra ARCUK en un caso que se convierte en un precedente judicial, Hughes v. Architects' Registration Council of the United Kingdom : "No es de por sí vergonzoso estar en desacuerdo con una opinión mayoritaria y actuar en consecuencia. Sólo si un hombre se ha comprometido por honor a aceptar esa opinión y actuar de acuerdo con el código, una violación deliberada del código para su propio beneficio puede considerarse vergonzosa". —Devlin J. ( Patrick Devlin, Baron Devlin ) [8]
1992 – El Gobierno, en respuesta a una solicitud de ARCUK, encargó la revisión de las Leyes de Registro de Arquitectos por parte de un asesor independiente (John Warne).
1993 – Se publica el Informe Warne . La recomendación principal es la abolición de la protección del título de "arquitecto" y la disolución de ARCUK. El Consejo del RIBA apoyó inicialmente esta recomendación, pero los miembros del RIBA se resistieron. Como resultado, el RIBA hizo campaña a favor de la conservación de la protección del título con una junta de registro "simplificada".
1996 – La Parte III de la Ley de Subvenciones, Construcción y Regeneración de Viviendas de 1996 , entre otras cosas, reconstituyó el organismo de registro como la Junta de Registro de Arquitectos (ARB).
1997 – La Ley de Arquitectos de 1997 , una ley consolidada, reunió las disposiciones de la Parte III de la ley de 1996 y la legislación de registro anterior. La Junta de Registro de Arquitectos se estableció entonces con una mayoría de miembros laicos designados y una minoría de miembros arquitectos electos.
2008 – Las modificaciones introducidas en junio de 2008 mediante un instrumento reglamentario establecieron normas para el reconocimiento de las cualificaciones profesionales que permiten a los inmigrantes del Espacio Económico Europeo o de Suiza registrarse como arquitectos en el Reino Unido. También se establecieron disposiciones para facilitar la prestación de servicios profesionales temporales y ocasionales a través de las fronteras.
El siguiente análisis de la parte dispositiva y otras partes de la Ley de Arquitectos de 1997 tal como estaba antes de la enmienda de junio de 2008 presta atención a detalles que a veces pasan desapercibidos.
La Ley es bastante breve, en parte debido a su concisión, pero esta cualidad hace que sea aún más necesario recordar que la Ley debe leerse en su totalidad para determinar el significado y el efecto de sus diversas partes. Es necesario tener cuidado de no leer en ella lo que no está allí (independientemente de lo que la sabiduría convencional pueda haber supuesto o deseado), y de no pasar por alto lo que realmente está allí. En particular, como muchas leyes de este tipo, se puede entender mejor observando su comienzo (disposición de las secciones y título largo) y su final (derivaciones), así como la parte dispositiva intermedia.
Su título extenso es "Ley para consolidar las leyes relativas a los arquitectos". La Tabla de Derivaciones impresa al final enumera las leyes que consolidó; y el Anexo 3 enumera las leyes originales y las dos leyes modificatorias que derogó, a saber: la Ley de Registro de Arquitectos de 1931, la Ley de Registro de Arquitectos de 1938 y partes de la Ley de Subvenciones para la Vivienda, Construcción y Regeneración de 1996.
La continuidad ininterrumpida de estas disposiciones queda demostrada por el párrafo 19(2)(a) del Anexo 2:
Los cambios introducidos por la Ley de 1996 a la Ley original en su forma enmendada se pueden deducir de la Tabla de Derivaciones. Esto también muestra que, a los efectos de la consolidación, se insertaron ciertas definiciones en la sección "Interpretación". Entre ellas, una para aclarar que cuando se hace referencia a una "conducta profesional inaceptable", tiene el mismo significado que en la sección 14 (no al revés). En la subsección 14(1) la frase se amplía como: "conducta que no cumple con el estándar exigido a una persona registrada".
El esquema de la Ley de Consolidación de 1997 es idéntico al de la Ley original de 1931, modificada. Es el siguiente:
Aquí, la primera se describe como la "carga general"; las otras dos, como las "cargas voluntarias"; y la libertad de elegir las "opciones estatutarias".
La carga general es una prohibición impuesta a todas las personas, empresas, sociedades y entidades corporativas que realicen negocios en el Reino Unido , incluidos los arquitectos y los arquitectos colegiados . La prohibición se refiere a la práctica o el ejercicio de la actividad comercial bajo el título de " arquitecto ", con dos excepciones, a saber:
Aquí, al primero de ellos se le describe como un "voluntario de práctica" y al segundo como un "voluntario de negocios".
La elección legal se ejerce:
Las cargas voluntarias que resultan del ejercicio de la opción legal son las siguientes:
En consecuencia:
Un efecto secundario de la Ley es la imposición de cargas a terceros en virtud de la Parte II, a saber, las Escuelas de Arquitectura , pero el efecto de los cambios introducidos por la Ley de 1996 es que las Escuelas de Arquitectura han desaparecido de la legislación sin dejar rastro. El resultado ha sido una cierta cantidad de disputas entre las Escuelas, la ARB y el RIBA, que es el principal organismo profesional, cuyas preocupaciones incluyen inevitablemente la educación arquitectónica.
Otro efecto secundario ha sido la pretensión de la ARB de poder imponer a las personas registradas determinados requisitos en materia de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional.
La composición de la Junta es el resultado de uno de los cambios introducidos por la Ley de 1996 a la constitución anterior del organismo de registro, cuando su nombre era Consejo de Registro de Arquitectos del Reino Unido. La Ley abolió la Junta de Educación Arquitectónica , cambió el nombre del Consejo por el de Junta y la hizo estar compuesta predominantemente por personas designadas por el Consejo Privado .
El inciso 3(4) establece que "la Junta publicará anualmente la versión vigente del Registro...". Las disposiciones de la Parte II de la Ley prescriben cómo se mantendrá actualizado el Registro y quién tendrá derecho a registrarse; otras disposiciones de las Partes II y III prescriben para la Junta las circunstancias, eventos o condiciones en las que se eliminará el nombre de una persona del Registro; y otras disposiciones prescriben para la Junta ciertos deberes auxiliares, o derivados y secundarios, en relación con la responsabilidad principal de la Junta de mantener y publicar regularmente el Registro de Arquitectos .
Aparte de los funcionarios, empleados y agentes de la Junta, la Ley no crea deberes ni obligaciones hacia la Junta que recaigan sobre ninguna otra persona; y nada en la Ley en sí crea obligación alguna que un arquitecto deba hacia la Junta.
El artículo 20 de la Ley de Arquitectos de 1997 menciona la "arquitectura" (subsección (3)(b)) y los "servicios" de una persona inscrita en virtud de la Ley (subsección (5)). Estos no están definidos por la Ley, y es bastante obvio que el Parlamento no ha delegado en la Junta la facultad de definirlos. En la práctica, a medida que la tecnología y el proceso de construcción siguen desarrollando nuevas especialidades, el concepto de arquitectura puede verse como cada vez más fluido, extenso y completo, y al mismo tiempo se vuelve más limitado a medida que se identifican cada vez más especialidades auxiliares.
La Junta puede imponer sanciones en virtud de la Parte III de la Ley contra cualquier persona registrada que sea declarada culpable en virtud del artículo 15 de conducta profesional inaceptable o incompetencia profesional grave, o que haya sido condenada por un delito penal que tenga relevancia para la aptitud para ejercer.
Si bien la condena penal es un criterio objetivo, no existe una definición legal que defina el nivel de conducta profesional o incompetencia que generará una sanción; la decisión sobre el asunto queda a cargo del Comité de Conducta Profesional de la Junta, sujeto al sentido común, la razón y la revisión judicial.
El PCC está constituido de conformidad con la Ley, Anexo 1 Parte II, con sus modificaciones. El Comité incluye a miembros de la Junta, tanto elegidos como designados, así como a personas designadas por la Junta y nominados por el Presidente de la Law Society. Un quórum mínimo del Comité se reúne para una audiencia disciplinaria, compuesta por un nominado por el Presidente de la Law Society (invariablemente un abogado ), una persona del Registro y otra que no está en el Registro. Los miembros del PCC reciben una remuneración por sus servicios.
Es cierto que el Architects Registration Board no es un organismo o sociedad profesional en el sentido que se explica en el artículo de Wikipedia " British Professional Bodies ". La cuestión de si es o no una " agencia reguladora " se debatió públicamente en 2003. El número de junio de 2003 del RIBA Journal incluía lo siguiente:
En noviembre de 2003, la Junta de Registro de Arquitectos publicó un resumen de la opinión de un abogado que incluía lo siguiente:
El Royal Institute of British Architects , que es un organismo profesional (consulte la lista de categorías de Wikipedia British Professional Bodies ), aplica un programa voluntario de "Chartered Practice". El uso del título "Chartered Practice" está autorizado en virtud del artículo 4.7 de la Carta del RIBA (consulte la referencia a continuación). El sitio web del Instituto explica que el programa exige que todo el trabajo arquitectónico de un Chartered Practice esté bajo la supervisión de un arquitecto colegiado. El Instituto publica anualmente un directorio con una lista de Chartered Practices desde 2007.
El nivel de calificación no es igual para todas las personas que solicitan ser incluidas en el Registro de Arquitectos .
El Registrador está obligado, en virtud del artículo 4 de la Ley de Arquitectos, a registrar a cualquier persona que solicite el registro si dicha persona tiene "tales calificaciones y ha adquirido tal experiencia práctica como se puede prescribir".
Una vía alternativa para obtener el registro es demostrar a la Junta que se ha alcanzado un nivel de competencia equivalente. Se puede aplicar una matriz de la siguiente manera:
La disparidad surge de la Directiva Europea sobre Reconocimiento Mutuo de Cualificaciones en Arquitectura 85/384/CE (para conocer la duración requerida de la formación, véase el artículo 4 del texto principal. La Directiva original ha sido actualizada). En dicha Directiva se establece claramente que "la duración total de la educación y la formación consistirá en un mínimo de cuatro años de estudios a tiempo completo en una universidad o un centro educativo comparable o al menos seis años de estudios en una universidad o un centro educativo comparable, de los cuales al menos tres deben ser a tiempo completo".
Como se trata de un requisito mínimo, nada impide que un país aplique normas más estrictas a quienes obtienen cualificaciones y experiencia dentro de su propia jurisdicción. Sin embargo, existe una opinión generalizada (y expresada en el informe de Michael Highton al Consejo del RIBA) de que cualquier impugnación de esta disparidad probablemente prosperará por razones de irracionalidad. El informe afirmaba:
Si la Junta de Registro de Arquitectos redujo el requisito de registro a cuatro años de estudio a tiempo completo, no hay razón para que el RIBA baje su estándar de ingreso.
En un momento en que se había producido una pausa en la producción, conforme a la legislación, de copias impresas del Registro en la serie anual a partir de 1933, la Junta de Registro de Arquitectos dio un nuevo paso y en 2012 anunció una versión en línea del Registro que las personas registradas estaban invitadas a utilizar para demostrar su profesionalismo a los miembros del público y a los competidores no registrados. [12]
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