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Municipio

En la antigua Roma , el término latino municipium ( pl. : municipia ) se refería a un pueblo o ciudad. [1] Etimológicamente, el municipium era un contrato social entre municipes ('titulares de deberes'), o ciudadanos de la ciudad. Los deberes ( munera ) eran una obligación comunal asumida por los municipios a cambio de los privilegios y protecciones de la ciudadanía. Cada ciudadano era un municeps . [2]

En el Reino romano no se hacía distinción entre municipia y otros asentamientos, como la colonia . En el Imperio romano temprano, estas distinciones comenzaron a desaparecer; por ejemplo, cuando Plinio el Viejo sirvió en el ejército romano, las distinciones eran solo nominales . En la etapa final del desarrollo, todos los ciudadanos de todas las ciudades y pueblos del imperio eran igualmente ciudadanos de Roma. El municipium entonces significaba simplemente municipio , el nivel más bajo de gobierno local .

Creación de unamunicipio

Los munera y la ciudadanía, así como sus derechos y protecciones, eran específicos de la comunidad. No importaba dónde viviera una persona, en su país o en el extranjero, ni cuál fuera su estatus o clase, era ciudadano de la localidad en la que había nacido. La característica distintiva del municipium era el autogobierno . Como cualquier ciudad-estado antigua, el municipium se creaba mediante un acto oficial de sinoecismo o fundación. Este acto eliminaba la soberanía e independencia de las comunidades locales signatarias, sustituyéndolas por la jurisdicción de un gobierno común. Este gobierno se denominaba entonces res publica ('asunto público') o, en el mundo griego, koinon ('asunto común').

El término municipium empezó a emplearse para referirse a las ciudades-estado de Italia que se incorporaron a la ciudad-estado de Roma pero no a la ciudad. La ciudad de Rómulo sinecizó los asentamientos cercanos del Lacio , transfiriendo sus poblaciones a las siete colinas, donde residieron en barrios típicamente distintos. Y, sin embargo, los sabinos continuaron viviendo en las colinas sabinas y Alba Longa continuó aunque sinecizada. No se conoce la secuencia exacta de los acontecimientos, si se le dio a la población la opción de elegir o si los sitios sinecizados fueron reocupados. Como es poco probable que todos los sabinos fueran invitados a Roma, donde aún no existían instalaciones para alimentarlos y alojarlos, parece claro que la transferencia de población solo se ofreció a algunos. El resto continuó como localidades independientes bajo el gobierno último de Roma. Bajo la República romana, la impracticabilidad de transferir numerosas grandes ciudades-estado a Roma era manifiesta. La respuesta al problema fue el municipium . La ciudad sería sinecizada parcialmente. El gobierno local se mantendría, pero a sus munera se añadirían los munera debidos a la ciudad de Roma. El sinecismo parcial tomó la forma de una carta que otorgaba la incorporación a la ciudad de Roma y definía los derechos y responsabilidades de los ciudadanos. El primer municipium fue Tusculum .

Dos órdenes de lamunicipio

Los ciudadanos de los municipios de primer orden tenían plena ciudadanía romana y sus derechos ( civitas optimo iure ) incluían el derecho a votar , que era el derecho máximo en Roma y un signo seguro de plenos derechos.

El segundo orden de municipia comprendía importantes centros tribales que habían quedado bajo control romano. Sus residentes no llegaban a ser ciudadanos romanos de pleno derecho (aunque sus magistrados podían llegar a serlo tras su jubilación). Se les concedían los deberes de los ciudadanos de pleno derecho en cuanto a la obligación de pagar impuestos y el servicio militar , pero no todos los derechos: el más importante de ellos era que no tenían derecho a voto.

El poder ejecutivo en el municipio lo ejercían cuatro funcionarios elegidos anualmente , compuestos por dos duunviros y dos ediles . Los poderes consultivos los ejercían los decuriones , miembros designados del equivalente local del Senado . En años posteriores, estos poderes se volvieron hereditarios.

Ejemplos de subvenciones demunicipio

  1. Volubilis, en la provincia de Mauritania (actual Marruecos ), fue ascendida a municipium por el emperador Claudio como recompensa por su ayuda en una revuelta del 40-41 d. C.
  2. El emperador Vespasiano concedió ' derechos latinos ' a las provincias de Hispania ( Tarraconensis , Bética , Lusitania ) en el 73 o 74 d.C.
  3. Marcus Servilius Draco Albucianus de Tripolitania solicitó con éxito a Roma que le concediera el estatus de municipium a su ciudad. [3]

Referencias

  1. ^ Peter Garnsey (1987). El Imperio romano: economía, sociedad y cultura. University of California Press. pp. 27–. ISBN 978-0-520-06067-8.
  2. ^ Frank Frost Abbott , Administración municipal en el Imperio romano (1926) , Read Books, 2007, pág. 8
  3. ^ Edmondson, J., 2006, "Ciudades y vida urbana en las provincias occidentales del Imperio romano, 30 a. C. – 250 d. C.", en Potter, DS, A Companion to the Roman Empire, Malden, Massachusetts: Blackwell, págs. 250-280