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Acta de Independencia de Centroamérica

El Acta de Independencia Centroamericana , también conocida como Acta de Independencia de Guatemala , es el documento legal mediante el cual el Consejo Provincial de la Provincia de Guatemala proclamó la independencia de Centroamérica del Imperio español e invitó a las demás provincias de la Capitanía General de Guatemala [a] a enviar enviados a un congreso para decidir la forma de la independencia de la región. Fue promulgada el 15 de septiembre de 1821. [1]

Movimientos independentistas

Retrato de Fernando VII, rey de España
Fernando VII de España , que gobernó durante la separación de la mayoría de los territorios hispanoamericanos del resto del imperio.

A principios del siglo XIX, se hizo evidente que se habían formado varias identidades regionales únicas en América Central , aunque la autoridad para el autogobierno que tenía cada una de estas regiones era menos discernible. Sin embargo, con el tiempo, las divisiones darían como resultado el dominio de la Ciudad de Guatemala y el área más amplia de Guatemala , que albergaba la sede de la capitanía general, la única universidad en América Central y, lo más importante, una gran población de peninsulares . Las otras regiones, Comayagua (la actual Honduras ), Nicaragua , San Salvador (el actual El Salvador ) y Costa Rica , eran menos prósperas que Guatemala, pero cada una tenía distintos grados de lealtad a la corona española. La combinación de las revoluciones estadounidense y francesa , el control de los españoles peninsulares sobre América Central y el papel de España en la Guerra Peninsular prepararían el escenario para los movimientos de independencia. [2]

Los acontecimientos de la Guerra Peninsular —en particular la destitución de Fernando VII del trono español— inspiraron y facilitaron una serie de revueltas en El Salvador y Nicaragua, destinadas a lograr una mayor autonomía política para Centroamérica. Aunque fueron rápidamente reprimidas, estas sublevaciones formaron parte de la agitación política general en el mundo español que condujo a la Constitución española de 1812. Entre 1810 y 1814, la Capitanía General de Guatemala eligió siete representantes a las nuevas Cortes de Cádiz y formó consejos de gobierno provinciales elegidos localmente. [3]

Sin embargo, poco después de su restauración en el poder en 1814, Fernando repudió la constitución de 1812, disolvió las Cortes y suprimió el liberalismo en la España peninsular , [4] lo que provocó un renovado malestar en la América española. La breve restauración de la constitución durante el Trienio Liberal que comenzó en 1820 permitió a las provincias centroamericanas restablecer sus consejos electos, que luego se convirtieron en puntos focales de sentimientos constitucionalistas y separatistas. En 1821, el consejo provincial de Guatemala comenzó a discutir abiertamente una declaración de independencia de España. [5]

Promulgación de la Ley

Un cuadro del pintor chileno Luis Vergara Ahumada, que representa la firma del Acta por el Padre José Matías Delgado.

En septiembre, la discusión giró hacia una declaración directa de independencia de España, y se redactó y debatió un documento que anunciaba el acto. La reunión del consejo del 15 de septiembre en la que finalmente se declaró la independencia fue presidida por Gabino Gaínza , [6] y el texto del Acta en sí fue escrito por el intelectual y político hondureño José Cecilio del Valle [7] y firmado por representantes de las diversas provincias centroamericanas, incluidos José Matías Delgado , José Lorenzo de Romaña y José Domingo Diéguez. [1] La reunión se celebró en el Palacio Nacional de la Ciudad de Guatemala, cuyo sitio es ahora el Parque Centenario. [8]

La provincia de San Salvador aceptó la decisión del Consejo de Guatemala el 21 de septiembre [9], y el acta fue secundada por los consejos provinciales de Comayagua el 28 de septiembre y de Nicaragua y Costa Rica el 11 de octubre. Sin embargo, las demás provincias se mostraban reticentes a aceptar la primacía de Guatemala en un nuevo Estado centroamericano, y la forma del nuevo sistema político que sucedería a la Capitanía General no estaba del todo clara [10] .

La creciente falta de cohesión política en Centroamérica adoptó nuevas formas después de que se aceptaran las actas de independencia. Las divisiones dentro de los centros urbanos de San Salvador, Comayagua y Nicaragua dividieron esas regiones en dos. En Costa Rica, su aislamiento del resto de Centroamérica se combinó con su lealtad previa a España y la rivalidad entre San José y Cartago para distanciarla del gobierno de Guatemala. Cuando Centroamérica se enfrentó a la desintegración, se presentaron dos soluciones. El éxito del vecino México en su propia guerra de independencia llevó a algunos en Centroamérica a verlo como la mejor oportunidad de la región para mantener la unidad, mientras que otros deseaban la independencia absoluta para su propio beneficio, por razones idealistas o porque temían que México no pudiera proteger sus intereses económicos. [2]

Secuelas y unión con México

Imagen del documento original del "Plan de Iguala"
El Plan de Iguala

El artículo 2 del Acta de Independencia preveía la formación de un congreso para «decidir el punto de independencia general absoluta y fijar, en caso de acuerdo, la forma de gobierno y la ley fundamental de gobierno» para el nuevo estado. [1] Esta asamblea constituyente debía reunirse en marzo siguiente, pero la oportunidad nunca llegó. En cambio, el 29 de octubre de 1821 el presidente del consejo de gobierno provisional del recién independizado México, Agustín de Iturbide , envió una carta a Gabino Gaínza (ahora presidente del gobierno interino de Centroamérica) y al consejo de delegados que representaban a las provincias de Chiapas , El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica con una propuesta de que Centroamérica se uniera al Imperio mexicano bajo los términos de las Tres Garantías del Tratado de Córdoba . [11]

Estas garantías, también conocidas como el Plan de Iguala , prometían la continuación de la fe católica en la región, la independencia final de España y la creación de una monarquía constitucional . Sin embargo, lo más importante para América Central era que el plan exigía la unidad entre las diversas entidades regionales del norte de la América española bajo un solo reino. Esta división ya había sido propuesta, primero por Carlos II de España y luego en las Cortes de 1820. Se pretendía que las colonias españolas se dividieran en dos reinos, uno que abarcara los territorios al norte de la actual Panamá y el otro que abarcara Nueva Granada y las tierras al sur de ella. Si bien la división propuesta no se produjo como estaba previsto, el plan estableció un precedente legal para la idea de la unidad política entre México, Guatemala y las "Provincias Internas" y ayudó a sentar las bases para la unificación con México. [5]

Se consultó a los distintos gobiernos provinciales y municipales de Guatemala y se tomaron las votaciones, con las cinco provincias, excepto El Salvador, votando a favor y El Salvador en contra. [9] [11] [12] El 5 de enero de 1822, [1] Gaínza envió una carta a Iturbide aceptando la anexión de Centroamérica, y todos los territorios de Centroamérica fueron incorporados al Imperio Mexicano . Permanecerían unidos a México por menos de dos años antes de separarse para formar la República Federal de Centroamérica cuando el Imperio Mexicano cayó. [13]

Texto de la Ley

La Ley consta de una introducción, dieciocho artículos y una colección de trece firmas. [1]

Introducción

En la introducción se afirma que, después de consultar con los concejos municipales de otras ciudades de la Capitanía General, el concejo provincial de Guatemala ha acordado que existe un deseo público general de independencia de España. En respuesta a este deseo, el concejo se ha reunido en los salones del Palacio Nacional junto con otras personalidades públicas para sopesar seriamente el asunto. Al escuchar los llamados a la independencia que se escuchan en las calles fuera del Palacio, el concejo y los individuos reunidos han determinado los siguientes artículos:

Artículo 1

La voluntad general del pueblo de Guatemala es la independencia del gobierno español y la formación de un congreso, lo que se proclama al mismo pueblo guatemalteco.

Artículo 2

Se enviarán mensajes a las provincias para que elijan diputados o representantes que vengan a la capital, donde constituirán un congreso que determinará la forma del gobierno independiente del nuevo estado y la ley fundamental por la cual se regirá.

Artículo 3

Para facilitar el nombramiento de los diputados al Congreso, éstos serán elegidos por los mismos órganos electorales que anteriormente designaban a los diputados a las Cortes españolas .

Artículo 4

Los diputados al Congreso se asignarán en proporción a la población de las provincias, con un diputado por cada quince mil ciudadanos, incluyéndose como ciudadanos los residentes de origen africano .

Artículo 5

Los organismos electorales provinciales determinarán el número adecuado de diputados para sus provincias sobre la base del último censo .

Artículo 6

Los diputados así elegidos debían reunirse en la ciudad de Guatemala para formar un congreso el 1 de marzo de 1822 (del año siguiente).

Artículo 7

Hasta la reunión del Congreso, las autoridades existentes deberán continuar haciendo cumplir las leyes de la Constitución Española de 1812 .

Artículo 8

Hasta la reunión del congreso, el señor jefe político Gabino Gaínza continuará al frente del gobierno político y militar, junto a un consejo asesor provisional.

Artículo 9

El consejo asesor consultará con el Lord Jefe Político en todos los asuntos de economía y gobierno.

Artículo 10

La Iglesia Católica seguirá siendo la religión del Estado de Guatemala, garantizándose la seguridad personal y patrimonial de sus ministros.

Artículo 11

Se enviarán mensajes a los líderes de las comunidades religiosas para solicitarles su cooperación e instar al público a preservar la paz y la concordia durante la transición política.

Artículo 12

El Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala tomará medidas activas para garantizar el orden y la tranquilidad en la región capitalina.

Artículo 13

El Lord Jefe Político publicará un manifiesto anunciando las decisiones del consejo gobernante y solicitando un juramento de lealtad del pueblo al nuevo gobierno estadounidense que se está estableciendo.

Artículo 14

El mismo juramento reconocerá a los líderes del nuevo gobierno en sus respectivos roles y autoridades.

Artículo 15

El Señor Jefe Político, junto con el concejo municipal, marcará solemnemente el día en que el pueblo proclamará su independencia y lealtad al nuevo estado.

Artículo 16

El ayuntamiento ha autorizado la acuñación de una medalla para conmemorar el 15 de septiembre de 1821, día en que declararon su independencia.

Artículo 17

Impresa esta Ley, se circulará entre los diversos consejos provinciales, diputados y autoridades para armonizar sus sentimientos con los del pueblo y de este consejo.

Artículo 18

En un día a ser elegido por el Lord Jefe Político, se celebrará una solemne Misa de Acción de Gracias, seguida de tres días de celebraciones.

Firmas

Véase también

Notas

  1. ^ Como parte de la adopción de la Constitución española de 1812 , las Cortes de Cádiz consolidaron las siete provincias históricas de la Capitanía General de Guatemala en solo dos: la Provincia de Guatemala (que constaba de las antiguas provincias de Guatemala, Belice, Chiapas, Honduras y El Salvador) y la Provincia de Nicaragua y Costa Rica. Estas provincias recién combinadas existieron oficialmente de 1812 a 1814 y de 1820 hasta su independencia. En el Acta de Independencia de Centroamérica y la correspondencia contemporánea, los escritores centroamericanos generalmente continuaron refiriéndose a las siete divisiones históricas de la región como "provincias", a pesar de la reciente reorganización administrativa.

Referencias

  1. ^ abcde «Documentos de la Unión Centroamericana» (PDF) . Organización de los Estados Americanos – Sistema de Información sobre Comercio Exterior (en español) . Consultado el 12 de octubre de 2014 .
  2. ^ ab Stanger, Francis Merriman (1932). "Orígenes nacionales en América Central". The Hispanic American Historical Review . 12 (1): 18–45. doi :10.2307/2506428. ISSN  0018-2168. JSTOR  2506428.
  3. ^ Rieu-Millan, Marie Laure (1990). Los diputados americanos en las Cortes de Cádiz: Igualdad o independencia (en español). Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas. ISBN 978-84-00-07091-5.
  4. ^ Alfonso Bullón de Mendoza y Gómez de Valugera (1991). Javier Parades Alonso (ed.). Revolución y contrarrevolución en España y América (1808-1840) (en español). ACTAS. págs. 81–82. ISBN 84-87863-03-5. {{cite book}}: |work=ignorado ( ayuda )
  5. ^ ab Rojas, Xiomara Avendaño (26 de febrero de 2018). "El constitucionalismo hispánico y el proceso de independencia en el Reino de Guatemala, 1808-1823". Oxford Research Encyclopedia of Latin American History . doi :10.1093/acrefore/9780199366439.013.599. ISBN 9780199366439. Recuperado el 18 de marzo de 2021 .
  6. ^ Rodolfo Pérez Pimentel. "Gabino De Gaínza y Fernández-Medrano". Diccionario Biográfico Ecuador (en español). Archivado desde el original el 3 de marzo de 2016 . Consultado el 15 de octubre de 2014 .
  7. Rosa, Ramón (1882). Biografía de Don José Cecilio del Valle (en español). Tegucigalpa: Tipografía Nacional . Consultado el 15 de octubre de 2014 .
  8. ^ Newton, Paula (2011). Viva Travel Guides Guatemala. Red Editorial Viva. pág. 158. ISBN 978-0982558546.
  9. ^ ab "Independencia Nacional de El Salvador". elsalvador.com (en español) . Consultado el 12 de octubre de 2014 .
  10. ^ Kenyon, Gordon (1961). "Influencia mexicana en América Central, 1821-1823". The Hispanic American Historical Review . 41 (2): 175-205. doi :10.2307/2510200. ISSN  0018-2168. JSTOR  2510200.
  11. ^ ab Quirarte, Martín (1978). Visión Panorámica de la Historia de México (en español) (11ª ed.). México: Librería Porrúa Hnos.
  12. ^ "Las Provincias de Centro América se unen al Imperio Mexicano". Memoria Política de México (en español). Archivado desde el original el 10 de julio de 2014 . Consultado el 12 de octubre de 2014 .
  13. ^ Sandoval, Víctor Hugo. "República Federal de Centroamérica". Monedas de Guatemala . Consultado el 14 de octubre de 2014 .