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Comunidades Autónomas de España

En España , una comunidad autónoma ( en español : comunidad autónoma ) es el primer nivel subnacional de división política y administrativa , creado de acuerdo con la Constitución española de 1978 , con el objetivo de garantizar una autonomía limitada de las nacionalidades y regiones que la componen. España. [1] [2]

Hay 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla) que se conocen colectivamente como " autonomías " o regiones. [i] Las dos ciudades autónomas tienen derecho a convertirse en comunidades autónomas.

Las comunidades autónomas ejercen su derecho de autogobierno dentro de los límites establecidos en la constitución y en las leyes orgánicas conocidas como Estatutos de Autonomía , [ii] que definen de manera amplia las competencias que asumen.

Cada estatuto establece las competencias delegadas ( español : competencia ) para cada comunidad; normalmente, aquellas comunidades con un nacionalismo local más fuerte tienen más poderes, y este tipo de transferencia se ha denominado asimétrica y, en general, se considera ventajosa y capaz de responder a la diversidad. [3]

A pesar de que la Constitución no fija un marco legislativo obligatorio para las cámaras , todas las comunidades autónomas han optado por la unicameralidad . Todos estos gobiernos tienen poderes legislativo y ejecutivo, pero no judiciales.

Modelo de descentralización

El modelo español es generalmente considerado por los politólogos y académicos extranjeros como "un sistema federal con ciertas peculiaridades". [4] Sin embargo, también se describe como un país unitario descentralizado [5] [6] . Si bien la soberanía recae en la nación en su conjunto, representada en las instituciones centrales de gobierno, la nación ha delegado poder, en diversos grados, a las comunidades.

Este marco único de administración territorial ha sido denominado por el Tribunal Constitucional como "Estado de Comunidades Autónomas", [iii] para evitar que implique un modelo unitario o federal . [8] Algunos estudiosos se han referido al sistema resultante como un sistema federal en todo menos el nombre, o una "federación sin federalismo". [7]

Lista de comunidades autónomas

Los nombres oficiales de las comunidades autónomas pueden estar únicamente en castellano (que se aplica a la mayoría de ellas), únicamente en la lengua cooficial de la comunidad (como en la Comunidad Valenciana y las Islas Baleares), o tanto en castellano como en Lengua cooficial (como en el País Vasco, Navarra y Galicia). Desde 2006, el occitano —en su dialecto aranés— es también lengua cooficial en Cataluña, lo que la convierte en la única comunidad autónoma cuyo nombre tiene tres variantes oficiales (español: Cataluña , catalán: Catalunya , occitano: Catalonha ).

RA: Designado Regionalmente

DE: Elegido directamente

ciudades autónomas

DE: Elegido directamente

Historia

Fondo

Un mapa de Iberia en 1757

España es un país diverso compuesto por varias regiones diferentes con diferentes estructuras económicas y sociales, así como diferentes idiomas y tradiciones históricas, políticas y culturales. [9] [10] Si bien todo el territorio español estaba unido bajo una sola corona en 1479, este no fue un proceso de homogeneización o fusión nacional. Los territorios constituyentes—sean coronas, reinos, principados o dominios—conservaron gran parte de su antigua existencia institucional, [11] incluida una autonomía legislativa, judicial o fiscal limitada. Estos territorios también exhibieron una variedad de costumbres, leyes, idiomas y monedas locales hasta mediados del siglo XIX. [11]

A partir del siglo XVIII, los reyes Borbones y el gobierno intentaron establecer un régimen más centralizado. Figuras destacadas de la Ilustración española abogaron por la construcción de una nación española más allá de las fronteras territoriales internas. [11] Esto culminó en 1833, cuando España quedó dividida en 49 (hoy 50) provincias , que sirvieron en su mayoría como correas de transmisión de las políticas desarrolladas en Madrid.

La historia española desde finales del siglo XIX ha estado marcada por una lucha dialéctica entre el nacionalismo español y los nacionalismos periféricos, [12] [13] principalmente en Cataluña y el País Vasco, y en menor grado en Galicia .

En respuesta a las demandas catalanas, se concedió una autonomía limitada a la Mancomunidad de Cataluña en 1914, para ser abolida en 1925. Se concedió de nuevo en 1932 durante la Segunda República Española , cuando se restauró la Generalitat , la institución medieval de gobierno de Cataluña. . La constitución de 1931 preveía una división territorial de toda España en "regiones autónomas", que nunca se logró plenamente (sólo Cataluña , el País Vasco y Galicia habían aprobado " Estatutos de Autonomía "), proceso que se vio frustrado por la Guerra Civil española que estalló. en 1936, y la victoria de las fuerzas nacionalistas rebeldes bajo el mando de Francisco Franco . [12]

Durante el régimen dictatorial del general Franco , el centralismo se impuso vigorosamente como forma de preservar la "unidad de la nación española". [12] El nacionalismo periférico, junto con el comunismo y el ateísmo, fueron considerados por su régimen como las principales amenazas. [14] Sus intentos de luchar contra el separatismo con una represión dura pero esporádica, [10] y su a menudo severa supresión de la lengua y las identidades regionales [10] fracasaron: las demandas de democracia se entrelazaron con las demandas de reconocimiento de una visión pluralista de la nacionalidad española. [12] [15]

Cuando Franco murió en 1975, España entró en una fase de transición hacia la democracia . La tarea más difícil de las recién elegidas Cortes Generales (el Parlamento español) en 1977, actuando como Asamblea Constituyente, fue la transición de un Estado unitario centralizado a un Estado descentralizado [16] de una manera que satisficiera las demandas de los nacionalistas periféricos. . [17] [18] El entonces presidente del Gobierno de España , Adolfo Suárez , se reunió con Josep Tarradellas , presidente de la Generalitat de Cataluña en el exilio. Se llegó a un acuerdo para que se restableciera la Generalitat y se transfirieran competencias limitadas mientras aún se redactaba la constitución. Poco después, el gobierno permitió la creación de "asambleas de parlamentarios" integradas por diputados y senadores de los distintos territorios de España, para que constituyeran "regímenes preautonómicos" también para sus regiones. [ cita necesaria ]

Los Padres de la Constitución tuvieron que lograr un equilibrio entre las visiones opuestas de España: por un lado, la visión centralista heredada de elementos monárquicos y nacionalistas de la sociedad española, [16] y, por otro, el federalismo y una visión pluralista de España. como "nación de naciones"; [19] entre una descentralización uniforme de entidades con las mismas competencias y una estructura asimétrica que distinguiría las nacionalidades. Los partidos nacionalistas periféricos querían un Estado multinacional con un modelo federal o confederal, mientras que la gobernante Unión del Centro Democrático (UCD) y la Alianza Popular (AP) querían una descentralización mínima; El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) simpatizaba con un sistema federal. [14]

Al final, la Constitución, publicada y ratificada en 1978, encontró un equilibrio al reconocer la existencia de "nacionalidades y regiones" en España, dentro de la "indisoluble unidad de la nación española". Para gestionar las tensiones presentes en la transición española a la democracia, los redactores de la actual Constitución española evitaron dar etiquetas como "federales" a los acuerdos territoriales, [20] al tiempo que consagraron en la Constitución el derecho a la autonomía o al autogobierno. de las "nacionalidades y regiones", mediante un proceso de devolución asimétrica del poder a las "comunidades autónomas" que se iban a crear. [21] [22]

Constitución de 1978

Primera página de la Constitución española.

El punto de partida en la organización territorial de España fue el artículo segundo de la constitución, [23] que dice:

La Constitución se basa en la unidad indisoluble de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles; reconoce y garantiza el derecho al autogobierno de las nacionalidades y regiones que lo componen y a la solidaridad entre todas ellas.

—  Artículo Segundo de la Constitución Española de 1978

La constitución era bastante ambigua sobre cómo debía llevarse a cabo esto. [16] [24] No define, detalla ni impone la estructura del Estado; [18] [23] no distingue entre "nación" y "nacionalidad"; y no especifica cuáles son las "nacionalidades" y cuáles las "regiones", ni los territorios que comprenden. [23] [25] Más que imponer, permite un proceso hacia una estructura descentralizada basada en el ejercicio que estas "nacionalidades y regiones" harían del derecho al autogobierno que les fue concedido. [23] Como tal, el resultado de este ejercicio no era predecible [26] y su construcción fue deliberadamente abierta; [14] la constitución sólo creó un proceso para una eventual devolución , pero era de naturaleza voluntaria: las "nacionalidades y regiones" mismas tenían la opción de elegir alcanzar el autogobierno o no. [27]

Para ejercer este derecho, la Constitución estableció un proceso abierto mediante el cual las "nacionalidades y regiones" podrían constituirse en "comunidades autónomas". En primer lugar, reconocía las 50 provincias de España preexistentes , una división territorial del régimen centralizador liberal del siglo XIX creada con fines puramente administrativos (también reconocía los municipios que integraban las provincias). Estas provincias servirían como bloques de construcción y partes constituyentes de las comunidades autónomas. La constitución estipulaba que podían constituirse como comunidades autónomas: [28]

También permitía excepciones a los criterios anteriores, en el sentido de que el Parlamento español podía: [28]

El Parlamento Vasco o Eusko Legebiltzarra , en sesión.

La constitución también estableció dos "rutas" para acceder a la autonomía. La “vía rápida” o “vía rápida”, [24] también llamada “excepción”, [23] estaba establecida en el artículo 151, y estaba implícitamente reservada a las tres “nacionalidades históricas” [25] [29] [30]Cataluña , País Vasco y Galicia , regiones con fuertes identidades regionales [31] —en el sentido de que los requisitos muy estrictos para optar por esta vía fueron dispensados ​​a aquellos territorios que habían aprobado un "Estatuto de Autonomía" durante la Segunda República Española (1931). –1936). [29] En caso contrario, la constitución requería la aprobación de las tres cuartas partes de los municipios involucrados cuya población sería al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia, y requería la ratificación mediante referéndum con el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los el censo electoral de cada provincia (es decir, de todos los ciudadanos registrados, no sólo de los que votarían).

Mientras se estaba redactando la constitución y parecía probable que el autogobierno se concediera sólo a las "nacionalidades históricas", hubo una protesta popular en Andalucía , exigiendo también el autogobierno, lo que condujo a la creación de un proceso más rápido para esa región, que eventualmente también se identificó a sí misma como una "nacionalidad histórica". Al final, el derecho al autogobierno se extendió a cualquier otra región que lo quisiera. [31]

La "vía lenta" o "vía lenta", [24] también llamada "norma", [23] estaba establecida en el artículo 143. Esta vía podría ser tomada –vía la disposición transitoria primera- por los “regímenes preautonómicos” que se había constituido en 1978, mientras aún se redactaba la constitución, si era aprobada por dos tercios de todos los municipios involucrados cuya población sumaría al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia o territorio insular. Estas comunidades asumirían poderes limitados ( español : competencias ) durante un período provisional de 5 años, después del cual podrían asumir poderes adicionales, previa negociación con el gobierno central. Sin embargo, la constitución no estableció explícitamente un marco institucional para estas comunidades. Podrían haber establecido un sistema parlamentario como las "nacionalidades históricas", o podrían no haber asumido ningún poder legislativo y simplemente establecer mecanismos para la administración de los poderes que se les otorgaron. [23]

La constitución también establecía explícitamente que el marco institucional para estas comunidades sería un sistema parlamentario , con una Asamblea Legislativa elegida por sufragio universal , un gabinete o "consejo de gobierno", un presidente de dicho consejo, elegido por la Asamblea, y un Tribunal Superior de Justicia. También se les concedió un nivel máximo de competencias delegadas.

El Parlamento de Cataluña o Parlament de Catalunya , en 2017.

Si bien la constitución no establecía cuántas comunidades autónomas debían crearse, el 31 de julio de 1981, Leopoldo Calvo-Sotelo , entonces presidente del Gobierno de España, y Felipe González , líder de la oposición en el Parlamento, firmaron los "Primeros Pactos Autonómicos" ( Primeros pactos autonómicos ), en el que acordaron la creación de 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas, con las mismas instituciones de gobierno, pero competencias diferentes. [32] En 1983, se constituyeron las 17 comunidades autónomas: Andalucía , Aragón , Asturias , Islas Baleares , País Vasco , Islas Canarias , Cantabria , Castilla y León , Castilla-La Mancha , Cataluña , Comunidad de Madrid , Extremadura. , Galicia , La Rioja , Navarra , Región de Murcia y Comunidad Valenciana . Las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla, se constituyeron en 1995.

Una vez creadas las comunidades autónomas, el artículo 145 prohíbe la "federación de comunidades autónomas". Este fue entendido como cualquier acuerdo entre comunidades que produjera una alteración del equilibrio político y territorial que provocara un enfrentamiento entre diferentes bloques de comunidades, acción incompatible con el principio de solidaridad y unidad de la nación. [33]

Las disposiciones llamadas "adicionales" y "transitorias" de la Constitución permitieron algunas excepciones al marco antes mencionado. En materia de organización territorial, la disposición transitoria quinta establecía que las ciudades de Ceuta y Melilla , enclaves españoles situados en la costa norte de África, podían constituirse como "comunidades autónomas" si así lo acordaban la mayoría absoluta de los miembros de sus ayuntamientos. sobre tal moción, y con la aprobación del Parlamento español, que ejercería sus prerrogativas para otorgar autonomía a otras entidades además de las provincias. [34]

Sin embargo, un aspecto de esta asimetría de poderes entre regiones es motivo de fricción: las zonas vascófonas ( País Vasco y Navarra ) pueden aumentar sus propios impuestos y negociar una transferencia a Madrid para pagar los servicios comunes y, por tanto, a diferencia de otras regiones, no contribuyen a la igualación fiscal en toda España. [31] Estas dos regiones o comunidades se conocen como territorios "autorizados", [iv] [35] En todas las demás comunidades, todos los impuestos son recaudados por o para el gobierno central y luego redistribuidos entre todos.

Pactos autonómicos

La Conferencia de Presidentes de 2017, es la reunión entre el Gobierno de España o Gobierno de la Nación y los presidentes de las comunidades autónomas de España.

Los Estatutos de Autonomía del País Vasco y Cataluña fueron sancionados por el Parlamento español el 18 de diciembre de 1979. La posición del partido en el gobierno, la Unión de Centro Democrático (UCD), era que sólo las tres "nacionalidades históricas" asumirían plenos poderes, mientras que el resto accedería a la autonomía a través del artículo 143, asumiendo menos poderes y tal vez ni siquiera estableciendo instituciones de gobierno. [36] A esto se opusieron firmemente los representantes de Andalucía , que exigieron para su región el máximo nivel de competencias otorgadas a las "nacionalidades". [25] [37]

Después de una manifestación masiva en apoyo de la autonomía, se organizó un referéndum para que Andalucía obtuviera la autonomía mediante los estrictos requisitos del artículo 151, o la "vía rápida": UCD pidió la abstención y el principal partido de la oposición en el Parlamento, el partido español. Partido Socialista Obrero (PSOE) pidiendo votación a favor. [25] Estos requisitos no se cumplieron, ya que en una de las ocho provincias, Almería , los votos a favor —aunque la pluralidad— no alcanzaron la mitad del censo electoral como se requería. Sin embargo, en general, los resultados del referéndum fueron claros e inequívocos. [23]

Tras varios meses de discusión, el entonces primer ministro de España, Adolfo Suárez y el líder de la oposición , Felipe González , llegaron a un acuerdo para resolver la cuestión andaluza, por el que el Parlamento aprobó una enmienda a la ley que regulaba los referendos, y utilizó un prerrogativa del artículo 144c de la Constitución, ambas acciones combinadas permitirían a Andalucía tomar la vía rápida. También acordaron que ninguna otra región tomaría la "vía rápida", sino que todas las regiones establecerían un sistema parlamentario con todas las instituciones de gobierno. [25] Esto abrió una fase que se denominó café para todos . [3] Este acuerdo finalmente se puso por escrito en julio de 1981 en lo que se ha denominado los "primeros pactos autonómicos". [24]

Estos "pactos autonómicos" [v] llenaron el vacío dejado por el carácter abierto de la Constitución. Entre otras cosas: [23] [38]

El Parlamento español, Congreso de los Diputados

Al final se crearon 17 comunidades autónomas:

Se tomaron disposiciones especiales para la Comunidad Valenciana y Canarias en el sentido de que, aunque tomaron la "vía lenta", mediante la posterior aprobación de leyes orgánicas específicas, debían asumir plena autonomía en menos de cinco años, desde que habían iniciado una proceso hacia la "vía rápida" previo a la aprobación de los "pactos autonómicos".

Por otro lado, Cantabria y La Rioja, aunque originalmente formaban parte de Castilla la Vieja —y ambas originalmente incluidas en el "régimen preautonómico" de Castilla y León— se les concedió autonomía como provincias únicas con identidad histórica, una medida apoyada por la mayoría. de sus poblaciones. [12] [25] [39] Los "pactos autonómicos" dan tanto a Cantabria como a La Rioja la opción de incorporarse a Castilla y León en el futuro, y exigen que los Estatutos de Autonomía de las tres comunidades incluyan tal disposición. [38] A León, un reino histórico y una región histórica de España, una vez unida a Castilla la Vieja para formar Castilla y León, se le negó la secesión para constituirse como una comunidad autónoma por derecho propio. [40]

Durante la segunda mitad de la década de 1980, el gobierno central parecía reacio a transferir todos los poderes a las comunidades de la "ruta lenta". [17] Después de los cinco años establecidos por la constitución, todas las comunidades de la "ruta lenta" exigieron la transferencia máxima garantizada por la constitución. Esto dio lugar a lo que se ha denominado los "segundos pactos autonómicos" de 1992, entre el entonces presidente del Gobierno de España, Felipe González, del PSOE, y el líder de la oposición, José María Aznar, del recién creado Partido Popular (PP), sucesor del Partido Popular. Partido Alianza . Mediante estos acuerdos se transfirieron nuevas competencias, con las reformas a muchos Estatutos de Autonomía de las comunidades de "vía lenta" con el objetivo de equipararlas a las comunidades de "vía rápida". [17] En 1995, las ciudades de Ceuta y Melilla se constituyeron como "ciudades autónomas" sin competencias legislativas, pero con una asamblea autónoma [ es necesario aclarar ] no subordinada a ninguna otra provincia o comunidad.

La creación de las comunidades autónomas fue un proceso diverso, que comenzó con la constitución, se normalizó con los pactos autonómicos y se completó con los Estatutos de Autonomía. [23] Sin embargo, es un proceso continuo; Siempre es posible una mayor transferencia de competencias (o incluso la devolución de los poderes transferidos). Esto se puso de manifiesto en la década de 2000, al principio con una oleada de aprobación de nuevos Estatutos de Autonomía para muchas comunidades y, más recientemente, cuando muchas consideraron la recentralización de algunas competencias a raíz de la crisis económica y financiera de 2008. España es ahora un país descentralizado con una estructura diferente a cualquier otro, similar pero no igual a una federación , [23] aunque en muchos aspectos el país puede compararse con países innegablemente federales. [41] El único sistema resultante se denomina "Estado autónomo", o más precisamente "Estado de autonomías". [dieciséis]

Estado actual de las cosas

Con la implantación de las Comunidades Autónomas, España pasó de ser uno de los países más centralizados de la OCDE a ser uno de los más descentralizados; en particular, ha sido el país donde los ingresos y resultados de los organismos descentralizados (las Comunidades Autónomas) han crecido más, liderando esta clasificación en Europa en 2015 y ocupando el quinto lugar entre los países de la OCDE en devolución de impuestos (después de Canadá, Suiza, Estados Unidos y Austria). [42] [43] Mediante el Estado de Autonomías implementado después de la Constitución española de 1978, se ha citado a España como "notable por la extensión de los poderes transferidos pacíficamente en los últimos 30 años" y "un país extraordinariamente descentralizado". , donde el gobierno central representa sólo el 18% del gasto público, [44] el 38% de los gobiernos regionales, el 13% de los ayuntamientos y el 31% restante del sistema de seguridad social . [45]

En términos de personal, en 2010 casi 1.350.000 personas o el 50,3% del total de funcionarios públicos en España estaban empleados por las comunidades autónomas; [46] los consejos municipales y provinciales representaban el 23,6% y los empleados que trabajaban para la administración central (policía y militares incluidos) representaban el 22,2% del total. [47]

Movimiento por una mayor autonomía

El nacionalismo periférico sigue desempeñando un papel clave en la política española. Algunos nacionalistas periféricos consideran que está desapareciendo una distinción práctica entre los términos "nacionalidades" y "regiones", [48] a medida que se transfieren más poderes a todas las comunidades aproximadamente en el mismo grado y que otras comunidades han optado por identificarse como "nacionalidades". ". De hecho, se ha sostenido que el establecimiento del Estado de las Autonomías "ha llevado a la creación de "nuevas identidades regionales", [49] [50] y "comunidades inventadas". [50] Muchas en Galicia, el País Vasco , y Cataluña ven a sus comunidades como "naciones", no sólo "nacionalidades", y a España como un "estado plurinacional" o una "nación de naciones", y han exigido una mayor devolución o secesión.

país Vasco

En 2004, el Parlamento Vasco aprobó el Plan Ibarretxe , mediante el cual el País Vasco aprobaría un nuevo Estatuto de Autonomía que contendría disposiciones clave como la soberanía compartida con España, la plena independencia del poder judicial y el derecho a la autodeterminación , y asumiría todos los poderes excepto el del derecho de la nacionalidad española , la defensa y la política monetaria. El plan fue rechazado por el Parlamento español en 2005 y la situación se ha mantenido prácticamente estable en ese frente hasta ahora.

Cataluña

Manifestaciones independentistas catalanas (izquierda) y prounidad española en Barcelona .

Un punto particularmente polémico –especialmente en Cataluña– ha sido el de las tensiones fiscales, con los nacionalistas catalanes intensificando su demanda de mayor financiamiento durante la década de 2010. En este sentido, las nuevas reglas de descentralización fiscal vigentes desde 2011 convierten ya a España en uno de los países más descentralizados del mundo también en materia presupuestaria y fiscal, [51] con la base del impuesto sobre la renta dividida al 50/50 entre los españoles gobierno y las regiones (algo inaudito en estados federales mucho más grandes, como Alemania o Estados Unidos, que mantienen el impuesto sobre la renta como un impuesto exclusiva o principalmente federal). [51] Además, cada región también puede decidir establecer sus propios tramos del impuesto sobre la renta y sus propios tipos adicionales, superiores o inferiores a los tipos federales, y los ingresos correspondientes recaerán en la región, que ya no tiene que compartirlos con otras regiones. [51] Este nivel actual de descentralización fiscal ha sido considerado problemático por economistas como Thomas Piketty ya que, en su opinión, "desafía la idea misma de solidaridad dentro del país y se reduce a enfrentar a las regiones entre sí, lo cual es particularmente problemático cuando se trata del impuesto sobre la renta, ya que se supone que éste permitirá reducir las desigualdades entre los más ricos y los más pobres, más allá de las identidades regionales o profesionales". [51]

independencia catalana

La grave crisis económica en España iniciada en 2008 produjo reacciones diferentes en las distintas comunidades. Por un lado, algunos comenzaron a considerar una devolución de algunas responsabilidades al gobierno central [52] mientras, por otro lado, en Cataluña se debate sobre el déficit fiscal –Cataluña es uno de los mayores contribuyentes netos en impuestos [ cita necesaria ] – llevó a muchos a apoyar la secesión. [53] [54] En septiembre de 2012, Artur Mas , entonces presidente de Cataluña, solicitó al gobierno central un nuevo "acuerdo fiscal", con la posibilidad de otorgar a su comunidad poderes de autonomía fiscal iguales a los de las comunidades forales , pero primordiales. El ministro Mariano Rajoy se negó. Mas disolvió el Parlamento catalán, convocó a nuevas elecciones y prometió realizar un referéndum sobre la independencia dentro de los próximos cuatro años. [55]

El gobierno de Rajoy declaró que utilizaría todos los "instrumentos legales" (la legislación actual exige que el gobierno ejecutivo central o el Congreso de los Diputados convoque o sancione un referéndum vinculante) [56] para bloquear cualquier intento de ese tipo. [57] El Partido Socialista Obrero Español y su homólogo en Cataluña propusieron reabrir el debate sobre la organización territorial de España, cambiando la constitución para crear un verdadero sistema federal que "refleje mejor las singularidades" de Cataluña, así como modificar el sistema tributario actual. [58] [59]

El viernes 27 de octubre de 2017 el Parlamento catalán votó la independencia de Cataluña; el resultado fue 70 a favor, 10 en contra, 2 en contra, con 53 representantes ausentes en protesta. En los días siguientes, los miembros del gobierno catalán huyeron o fueron encarcelados.

Un académico resume la situación actual de la siguiente manera:

El Estado autónomo parece haber cerrado el círculo, con reproches de todos lados. Según algunos, no ha ido lo suficientemente lejos y no ha satisfecho sus aspiraciones de mejorar el autogobierno. Para otros ha ido demasiado lejos, fomentando la ineficiencia o políticas lingüísticas reprobables. [60]

Posibles reordenamientos

Además de las disputas territoriales que España mantiene con Reino Unido , Marruecos y Portugal , algunas fuerzas han hecho campaña por la redistribución de territorios entre comunidades:

Marco constitucional y estatutario

Se ha argumentado que el Estado de las Autonomías, tal como lo establece el artículo 2 de la Constitución, se basa en cuatro principios: voluntad de acceder a la autonomía, unidad en la diversidad , autonomía pero no soberanía de las comunidades, y solidaridad entre todas ellas. [63] La estructura de las comunidades autónomas está determinada tanto por la devolución permitida por la Constitución como por las competencias asumidas en sus respectivos Estatutos de Autonomía. Si bien los acuerdos autonómicos y otras leyes han permitido una "igualación" de todas las comunidades, aún persisten diferencias.

El Estatuto de Autonomía

El Estatuto de Autonomía es la ley institucional básica de la comunidad autónoma o ciudad, reconocida por la constitución española en el artículo 147. Es aprobado por una asamblea parlamentaria que representa a la comunidad, y luego aprobado por las Cortes Generales , el Parlamento español, a través de un "Ley Orgánica", requiriendo el voto favorable de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados .

Para las comunidades que accedieron a la autonomía por la "vía rápida", se requiere un referéndum antes de que pueda ser sancionado por el Parlamento. Los Estatutos de Autonomía deberán contener, al menos, el nombre de la comunidad, sus límites territoriales, los nombres, organización y sede de las instituciones de gobierno, las competencias que asumen y los principios para su política bilingüe, en su caso.

La constitución establece que todas las competencias no asumidas explícitamente por el Estado (el gobierno central) en la constitución, pueden ser asumidas por la comunidad autónoma en sus Estatutos de Autonomía; pero además, todas las competencias no asumidas explícitamente por la comunidad autónoma en sus Estatutos de Autonomía son asumidas automáticamente por el Estado. [28] En caso de conflicto, prevalece la constitución. [28] En caso de desacuerdo, cualquier administración puede recurrir al Tribunal Constitucional de España .

Organización institucional

Todas las comunidades autónomas tienen un sistema parlamentario basado en una división de poderes que comprende:

Palacio Regional, sede de la Junta General , el Parlamento del Principado de Asturias

La mayoría de las comunidades han aprobado leyes electorales regionales dentro de los límites que marcan las leyes para todo el país. A pesar de pequeñas diferencias, todas las comunidades utilizan la representación proporcional siguiendo el método D'Hondt ; Todos los miembros de los parlamentos regionales son elegidos por períodos de cuatro años, pero el presidente de la comunidad tiene la facultad de disolver la legislatura y convocar elecciones anticipadas. No obstante, en todas las comunidades, excepto en el País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía, las elecciones se celebran el último domingo de mayo cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones municipales en toda España. [63]

Los nombres del Consejo de Gobierno y de la Asamblea Legislativa varían entre comunidades. En algunas comunidades autónomas, estas instituciones son órganos históricos restaurados de gobierno o representación de los reinos anteriores o entidades regionales dentro de la Corona española, como la Generalitat de Cataluña, mientras que otras son creaciones completamente nuevas.

En algunos, tanto el ejecutivo como el legislativo, aunque constituyen dos instituciones separadas, se identifican colectivamente con un solo nombre específico. Es posible que una denominación específica no se refiera a la misma rama del gobierno en todas las comunidades; por ejemplo, junta puede referirse a la oficina ejecutiva en algunas comunidades, a la legislatura en otras o al nombre colectivo de todas las ramas del gobierno en otras.

Dada la ambigüedad en la constitución que no especificaba qué territorios eran nacionalidades y cuáles regiones, otros territorios, además de las tres "nacionalidades históricas" implícitas, también han optado por identificarse como nacionalidades, de acuerdo con su identidad regional histórica, como Andalucía, Aragón, Baleares , Canarias y Comunidad Valenciana .

Las dos ciudades autónomas tienen competencias más limitadas que las comunidades autónomas, pero más que otros municipios. El ejecutivo lo ejerce un presidente, que es también el alcalde de la ciudad. Del mismo modo, un poder legislativo limitado recae en una asamblea local en la que los diputados son también los concejales de la ciudad.

poderes legales

Los acuerdos autonómicos de 1982 y 1992 intentaron igualar las competencias delegadas a las 17 comunidades autónomas, dentro de los límites de la constitución y las diferencias que ésta garantiza. Esto ha llevado a una "homogeneidad asimétrica". [23] En palabras del Tribunal Constitucional de España en su sentencia de 5 de agosto de 1983, las comunidades autónomas se caracterizan por su "homogeneidad y diversidad...iguales en su subordinación al orden constitucional, en los principios de su representación en el Senado, en su legitimación ante el Tribunal Constitucional, y en que las diferencias entre los distintos Estatutos [de Autonomía] no pueden implicar privilegios económicos o sociales; sin embargo, pueden ser desiguales respecto del proceso de acceso a la autonomía y los objetivos concretos. determinación del contenido autonómico de su Estatuto, y por tanto, en su ámbito de competencias. El régimen autonómico se caracteriza por un equilibrio entre homogeneidad y diversidad... Sin la primera no habrá unidad ni integración en el conjunto del Estado; sin la último, no habría [una] verdadera pluralidad y capacidad de autogobierno". [64]

Un coche de policía de la Ertzaintza en el País Vasco

La devolución asimétrica es una característica única de la estructura territorial de España, en el sentido de que las comunidades autónomas tienen una gama diferente de competencias delegadas. Estos se basaron en lo que se ha denominado en español como hechos diferenciales , "hechos diferenciales" o "rasgos diferenciales". [vii] [65]

Esta expresión hace referencia a la idea de que algunas comunidades tienen rasgos particulares, respecto del conjunto de España. En la práctica estos rasgos son una "lengua propia de sus territorios" nativa separada del español, un régimen financiero particular o derechos civiles especiales expresados ​​en un código, que generan una personalidad política distinta. [65] Estos hechos diferenciales de su distinta personalidad política e histórica están constitucional y estatutariamente (es decir, en sus Estatutos de Autonomía) reconocidos en las excepciones otorgadas a algunos de ellos y las facultades adicionales que asumen. [sesenta y cinco]

Las competencias a ejercer se pueden dividir en tres grupos: competencias exclusivas del Estado o gobierno central, competencias compartidas y competencias delegadas exclusivas de las comunidades. El artículo 149 establece que son competencias exclusivas del gobierno central: relaciones internacionales, defensa, administración de justicia, legislación comercial, penal, civil y laboral, aduanas, finanzas generales y deuda del Estado, salud pública, legislación básica y coordinación general. [6] Todas las comunidades autónomas tienen el poder de gestionar sus propias finanzas de la forma que consideren conveniente, y son responsables de la administración de la educación (escuelas y universidades), de los servicios sociales y sanitarios y del desarrollo cultural y urbano. [66] Sin embargo, existen diferencias según lo estipulado en sus Estatutos y la Constitución: [63]

Grado de autonomía financiera

La forma en que se financian las comunidades ha sido uno de los aspectos más polémicos en su relación con el gobierno central. [49] La constitución otorgó a todas las comunidades un control significativo sobre el gasto, pero el gobierno central mantuvo el control efectivo de su suministro de ingresos. [49] Es decir, el gobierno central todavía está a cargo de recaudar y recaudar la mayoría de los impuestos, que luego redistribuye a las comunidades autónomas con el objetivo de producir una " igualación fiscal ". [6] Esto se aplica a todas las comunidades, a excepción del País Vasco y Navarra.

Este esquema financiero se conoce como "régimen común". En esencia, la igualación fiscal implica que las comunidades más ricas se convierten en contribuyentes netos al sistema, mientras que las comunidades más pobres se convierten en receptoras netas. Los dos mayores contribuyentes netos al sistema son Baleares y la Comunidad de Madrid, en términos porcentuales, o la Comunidad de Madrid y Cataluña en términos absolutos. [6] [67]

La financiación del gobierno central es la principal fuente de ingresos de las comunidades de "régimen común". Los pagos de redistribución, o transferencia , se dan a las comunidades de régimen común para gestionar las responsabilidades que han asumido. La cantidad que reciben se basa en varios cálculos que incluyen una consideración de la población, la superficie terrestre, las unidades administrativas, la dispersión de la población, la pobreza relativa, la presión fiscal y la insularidad. [3] El Gobierno central se compromete a devolver un porcentaje concreto de impuestos a todas las comunidades de régimen común, dentro de las diferencias permitidas para la equiparación fiscal. Las comunidades de régimen común tienen la capacidad de añadir un recargo a los llamados "impuestos cedidos" -impuestos fijados a nivel central, pero recaudados localmente- y pueden reducir o aumentar los impuestos sobre la renta de las personas físicas hasta un límite. [49]

Al País Vasco y Navarra se les concedió una excepción en el sistema fiscal y financiero mediante la disposición adicional primera de la constitución que reconoce sus "fueros" históricos [viii]  —de ahí que se les conozca como " comunidades de régimen foral " o "régimen foral" . [49] A través de su "régimen autorizado", estas comunidades pueden recaudar y recaudar todos los llamados "impuestos contratados", incluidos el impuesto sobre la renta y el impuesto corporativo, y tienen mucha más flexibilidad para reducirlos o aumentarlos. [49] Este contrato "fletado" o "foral" implica una verdadera autonomía financiera. [49]

Como recaudan casi todos los impuestos, envían al gobierno central una cantidad preestablecida conocida como cupo , "cuota" o aportación , "contribución", y el tratado por el que se reconoce este sistema se conoce como concierto , o convenio , "pacto". [68] De ahí que también se diga que tienen un concierto económico , un "tratado económico". Como recaudan ellos mismos todos los impuestos y sólo envían al gobierno central una cantidad preestablecida para los poderes exclusivos del Estado, no participan en la "ecualización fiscal", es decir, no reciben ningún reembolso.

Gasto

A medida que las comunidades autónomas han asumido más responsabilidades en áreas como bienestar social, salud y educación, los patrones de gasto público han visto un cambio desde el gobierno central hacia las comunidades desde la década de 1980. [49] A finales de la década de 2000, las comunidades autónomas representaban el 35% de todo el gasto público en España, un porcentaje que es incluso mayor que el de los estados dentro de una federación. [6] Sin restricciones legales para equilibrar los presupuestos, y dado que el gobierno central retiene el control sobre los ingresos fiscales en las comunidades de régimen común, éstas se ven en cierto modo incentivadas a acumular deuda. [49]

El Consejo de Política Fiscal y Financiera, que incluye representantes del Gobierno central y de las comunidades autónomas, se ha convertido en una de las instituciones de coordinación más eficientes en materia de gastos e ingresos públicos. [69] A través del Consejo se han acordado varios acuerdos de financiación, así como límites a la deuda pública de las comunidades. La Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas de 1988 exige que las comunidades obtengan la autorización del Ministerio de Hacienda central para emitir deuda pública. [69]

Regímenes lingüísticos

Letreros bilingües, que muestran los nombres de la ciudad conocida como Pamplona tanto en español como de Iruña en euskera.

El preámbulo de la constitución decía explícitamente que es voluntad de la nación proteger "a todos los españoles y a los pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones". [70] Este es un reconocimiento significativo no sólo porque difería drásticamente de las políticas lingüísticas restrictivas durante la era Franco, sino también porque parte del carácter distintivo de las "nacionalidades históricas" reside en sus propias lenguas regionales. [9] [10] La nación es así abiertamente multilingüe, [12] en la que el castellano —es decir, el español— es lengua oficial en todos los territorios, pero las "otras lenguas españolas" también pueden ser oficiales en sus respectivas comunidades, en de conformidad con sus Estatutos de Autonomía.

El artículo 3 de la constitución acaba declarando que la "riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España representa un patrimonio que será objeto de especial respeto y protección". [71] El español sigue siendo el único idioma oficial del Estado; el resto de lenguas sólo son cooficiales con el español en las comunidades que así lo tienen regulado. Además, el conocimiento de la lengua española fue declarado un derecho y una obligación de todos los españoles.

La legislación española, muy notablemente en los Estatutos de Autonomía de las comunidades bilingües, utiliza el término "lengua propia", o "lengua propia de una comunidad", [ix] para referirse a una lengua distinta del español que se originó o tuvo raíces históricas en ese territorio en particular. Los Estatutos de Autonomía de las respectivas comunidades autónomas han declarado el euskera como lengua propia del País Vasco y de Navarra, el catalán como lengua propia de Cataluña, Baleares y la Comunidad Valenciana —donde histórica, tradicional y oficialmente se le conoce como valenciano— y El gallego será la lengua propia de Galicia. Existen otras lenguas regionales protegidas en otras comunidades autónomas. Como porcentaje de la población total en España, el euskera lo habla el 2%, el catalán/valenciano el 17% y el gallego el 7% de todos los españoles. [72] Un censo del Gobierno Vasco de 2016 reveló que había 700.000 hablantes fluidos en España (51.000 en los condados vascos de Francia) y 1.185.000 en total si se incluyen los hablantes pasivos. [73]

Subdivisiones

Facultades que ejercen los gobiernos autonómicos

Las competencias de las comunidades autónomas no son homogéneas. [80] En términos generales, las facultades se dividen en "Exclusivas", "Compartidas" y "Ejecutivas" ("parciales"). En algunos casos, la comunidad autónoma puede tener la responsabilidad exclusiva de la administración de un área de política, pero sólo puede tener poderes ejecutivos (es decir, ejecutar) en lo que respecta a la política en sí, lo que significa que debe hacer cumplir las políticas y leyes decididas a nivel nacional. nivel.

Ver también

Notas

  1. ^ Pronunciación en español: [komuniˈðað awˈtonoma]
  2. ^ Pronunciación vasca: [autonomia erkiðeɣo]
  3. ^ Pronunciación catalana: [kumuniˈtat əwˈtɔnumə]
  4. ^ Pronunciación de gallego: [komuniˈðaðɪ awˈtɔnʊmɐ]
  5. ^ En el País Vasco, el jefe de gobierno se conoce oficialmente como lehendakari en euskera, o por la traducción al español del título, lendakari .
  6. ^ Todas las cifras informadas en Ethnologue solo para el número de hablantes en España.
  7. ↑ En el Estatuto de Autonomía de Castilla y León se denomina leonés al dialecto asturleonés que allí se habla .
  8. El dialecto catalán hablado en la Comunidad Valenciana se denomina histórica, tradicional y oficialmente como valenciano .
  9. ^ ab Las provincias vascas y Navarra se conocen oficialmente como "territorios históricos" o "territorios fortificados". [iv]
  10. ^ También se escribe "Córdoba" en inglés.
  11. ^ También se escribe "Zaragoza" en inglés.
  12. ^ Anteriormente conocido como Oviedo.
  13. ^ Anteriormente conocido como Santander.
  14. Anteriormente conocido como Logroño.
  15. ^ Anteriormente conocida como Pamplona.

Traducción de términos

  1. "Autonomías" (en castellano: autonomías , en euskera: autonomien , en catalán/valenciano: autonomías , en gallego: autonomías ).
  2. "Estatutos de Autonomía" (en castellano: Estatutos de Autonomía , en euskera: Autonomia Estatutuen , en catalán/valenciano: Estatuts d'Autonomia , en gallego: Estatutos de Autonomía ).
  3. "Estado de las Autonomías" (en español: Estado de las Autonomías , en euskera: Autonomien Estatuaren , en catalán/valenciano: Estat de les Autonomies , en gallego: Estado das Autonomías ). También conocido como "Estado Autónomo" [7] (en español: Estado Autonómico , en euskera: Autonomia Estatuko , o Estatuaren , en catalán/valenciano: Estat Autonòmic , en gallego: Estado Autonómico )
  4. ↑ ab "Territorios históricos" o "territorios fletados" (en español: territorios históricos o territorios forales , en euskera: lurralde historikoak o foru lurraldeak ).
  5. ^ "Pactos autonómicos" o "acuerdos autonómicos" (en español: pactos autonómicos o acuerdos autonómicos ).
  6. ^ "presidente autonómico", "presidente autonómico", o simplemente "presidente" (en español: presidente autonómico , presidente regional , o simplemente presidente ; en catalán/valenciano: presidente autonòmic , presidente regional , o simplemente presidente ; en gallego: presidente autonómico , presidente rexional , o simplemente presidente ). En euskera no se traduce lehendakari .
  7. ^ "Hechos diferenciales", o "rasgos" (en español: hechos diferenciales , en euskera: eragin diferentziala , en catalán/valenciano: fets diferenciales , en gallego: feitos diferenciais ).
  8. "Cartas" (en español: fueros , en euskera: foruak ).
  9. "Lengua propia (de una comunidad)" o "lengua propia [de una comunidad]" (en español: lengua propia , en euskera: berezko hizkuntza , en catalán/valenciano: llengua pròpia , en gallego: lingua propia ).

Referencias

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Trabajos citados

enlaces externos