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Capitulación (tratado)

Las Capitulaciones de Santa Fe , firmadas entre Cristóbal Colón y los Reyes Católicos del Reino de España en 1492. [1]

Una capitulación es un tratado o contrato unilateral por el cual un estado soberano renuncia a su jurisdicción dentro de sus fronteras sobre los súbditos de un estado extranjero. Como resultado, los súbditos extranjeros son inmunes, para la mayoría de los fines civiles y penales, a las acciones de los tribunales y otras instituciones gubernamentales del estado que hace la capitulación. [2]

El término capitulación se deriva del vocablo latino caput . [3]

Ejemplos historicos

capitulaciones medievales

En el Imperio Otomano , se celebraron acuerdos denominados capitulaciones y tratados que los confirmaban entre la Sublime Puerta y otros estados mediante los cuales los extranjeros residentes en los territorios del Imperio Otomano estaban sujetos a las leyes de sus respectivos países. [4]

En el siglo IX d.C., el califa abasí Hārūn al-Rashīd otorgó garantías e instalaciones comerciales a los francos , súbditos del emperador franco Carlomagno , que debían visitar Oriente con la autorización de su gobernante. Después de la desintegración del Imperio franco , se hicieron concesiones similares a algunas de las ciudades-estado italianas prácticamente independientes que surgieron sobre sus ruinas. Así, en 1098, el Principado de Antioquía concedió una carta de esta naturaleza a la República de Génova ; el rey de Jerusalén extendió el mismo privilegio a la República de Venecia en 1123 y a Marsella en 1136. Saladino , sultán de Babilonia ( El Cairo ), concedió una carta a la República de Pisa en 1173. Los emperadores bizantinos siguieron este ejemplo, y posteriormente Génova, Pisa y Venecia obtuvieron capitulaciones del Imperio Bizantino . [5]

La explicación de esta práctica se encuentra en el hecho de que en aquellas épocas se consideraba que la soberanía del Estado se aplicaba sólo a sus súbditos; los extranjeros estaban excluidos de sus derechos y obligaciones. El privilegio de la ciudadanía se consideraba demasiado valioso para extenderlo al extranjero , que durante mucho tiempo fue prácticamente un proscrito. Pero cuando el número, la riqueza y el poder de los extranjeros que residían dentro del estado llegaron a ser demasiado grandes, se consideró político someterlos a alguna ley, y se sostuvo que esta ley debería ser la suya propia. Cuando el dominio otomano fue sustituido por el de los emperadores bizantinos, se continuó con el sistema que ya existía; a los distintos pueblos no musulmanes se les permitió su semiautonomía en cuestiones que afectaban a su estatus personal, y a los habitantes genoveses de Gálata se les confirmaron sus privilegios. [5]

Carta de Solimán el Magnífico a Francisco I de Francia sobre la protección de los cristianos en sus estados. Septiembre de 1528. Archives Nationales , París , Francia .

La primera capitulación concluida entre el Imperio otomano y un Estado extranjero fue la de 1535, concedida al Reino de Francia . [5] El Imperio Otomano estaba entonces en el apogeo de su poder, y el rey francés Francisco I había sufrido poco antes una desastrosa derrota en la batalla de Pavía . Su única esperanza de ayuda residía en el sultán otomano Solimán I. La apelación a Solimán sobre la base del interés común del Reino de Francia y el Imperio Otomano en superar el poder arrogante del Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico Carlos V tuvo éxito; así se estableció la alianza franco-otomana , y en 1536 se firmaron las capitulaciones. [5] Equivalían a un tratado de comercio y a un tratado que permitía el establecimiento de franceses cristianos en la Turquía otomana y fijaba la jurisdicción que debía ejercerse sobre ellos: se les garantizaba la libertad individual y religiosa , el rey de Francia estaba autorizado a nombrar cónsules. en la Turquía otomana, los cónsules fueron reconocidos como competentes para juzgar los asuntos civiles y penales de los súbditos franceses en la Turquía otomana según la ley francesa , y los cónsules pueden apelar a los oficiales del sultán para que los ayuden en la ejecución de sus sentencias. [5] Esta, la primera de las capitulaciones, puede verse como el prototipo de sus sucesoras. [5] Cinco años más tarde, se concluyeron capitulaciones similares entre el Imperio Otomano y la República de Venecia , y la mayoría de las demás potencias europeas, y finalmente los Estados Unidos , hicieron lo mismo. Inicialmente los tratados eran sólo con el entonces actual sultán, pero con el tiempo se fueron ampliando indefinidamente. [5]

Capitulaciones intraeuropeas

El tratado de 1641 entre la República Holandesa y el Reino de Portugal contiene la primera fórmula europea. En el Reino de Inglaterra las capitulaciones datan de 1569, y luego obtuvieron el mismo trato que los venecianos , los franceses , los súbditos de la Commonwealth polaco-lituana y los del Sacro Imperio Romano Germánico ; fueron revisados ​​en 1675, y tal como se establecieron entonces fueron confirmados por tratados de fecha posterior, ahora y para siempre. Oliver Cromwell , Lord Protector de la Commonwealth de Inglaterra, Escocia e Irlanda , continuó la política de tratados comerciales en parte para obtener un reconocimiento formal de la Commonwealth por parte de las potencias extranjeras. Su tratado de 1654 con el Imperio sueco contiene la primera cláusula recíproca de nación más favorecida : el artículo IV establece que el pueblo, súbditos y habitantes de cualquiera de los confederados tendrán y poseerán en los países, tierras, dominios y reinos del otro en forma plena y completa. amplios privilegios y tantas exenciones, inmunidades y libertades como cualquier extranjero posea o posea en los dominios y reinos de dicho confederado. El gobierno de la Restauración Estuardo reemplazó y amplió los acuerdos del Protectorado con nuevos acuerdos. Se mantuvo la política general de la Commonwealth, con disposiciones adicionales en favor del comercio colonial. En el nuevo tratado de 1661 con el Imperio sueco, los privilegios asegurados eran los que cualquier extranjero debería disfrutar en los dominios y reinos de ambos lados.

capitulaciones suizas

El amplio empleo de mercenarios suizos por parte del Reino de Francia entre 1444 y 1792 estuvo regido por contratos con la Confederación Suiza . [6] Celebrados entre la monarquía francesa y cantones o familias nobles suizos individuales, [6] estos documentos se conocían como "capitulaciones", debido a un formato estándar que implicaba la división del documento en capitula (capítulos). Si bien diferían en detalles, el acuerdo habitual cubría compromisos como el número de soldados que se proporcionarían, pagos u otros beneficios, e inmunidad frente a la ley francesa . [7]

Ver también

Notas y referencias

  1. ^ REGISTRO MEMORIA DEL MUNDO - Capitulaciones de Santa Fe. Ref N̊ 2006-42 [ enlace muerto permanente ] Discusión sobre el significado histórico del documento, historia, traducción del texto.
  2. ^ Chisholm 1911a.
  3. ^ El diminutivo en bajo latín de caput es capitulum , como indica la forma en que estos actos se establecieron en capítulos; el equivalente griego, cefaleosis , se utiliza ocasionalmente en obras del siglo XVII. [ cita necesaria ]
  4. ^   Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de dominio públicoChisholm, Hugh , ed. (1911a). "Capitulación". Enciclopedia Británica . vol. 5 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 283.
  5. ^ abcdefg  Una o más de las oraciones anteriores incorporan texto de una publicación que ahora es de dominio públicoChisholm, Hugh , ed. (1911b). "Capitulaciones". Enciclopedia Británica . vol. 5 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. págs. 283–284.
  6. ^ ab Gilbert, Adrian, ed. (2013) [2000]. "Guerra medieval: hacia un ejército profesional". Enciclopedia de la guerra: desde los primeros tiempos hasta la actualidad (1ª ed.). Londres y Nueva York : Routledge . págs. 70–71, 74–76. doi :10.4324/9781315063034. ISBN 9781315063034.
  7. ^ Tozzi, Christopher J. (2016). Nacionalizando el ejército de Francia . Prensa de la Universidad de Virginia. pag. 20.ISBN 978-0-8139-3833-2.