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Accessio (derecho romano)

Accessio es un concepto del derecho de propiedad romano para adquirir la propiedad de una propiedad (el accesorio) que se fusiona o se accede a otra propiedad (el principal). [1] Generalmente, el propietario del principal, cualquiera que fuere, pasaba también a ser propietario del accesorio. Su uso continúa en los tiempos modernos en los sistemas legales de todo el mundo que incorporan el derecho de propiedad romano, principalmente en los sistemas legales civiles .

Accessio no era en sí misma una regla específica de adquisición original de propiedad; más bien, sirvió como principio subyacente a los modos de adquisición que tenían sus propias pautas particulares para la determinación de la propiedad. [2]

derecho romano

La forma más indiscutible de accessio surge de la unión de una cosa con el fundamento; y cuando la unión entre la tierra y la cosa es completa, la cosa pertenece a quien posee la tierra. Así, si alguien construye en terreno de otro, el edificio pertenece al dueño del terreno, a menos que sea un edificio de naturaleza mueble, como una tienda de campaña; pues el imperio de la ley es superficie solo cedit . Un árbol perteneciente a una persona, si está plantado en el suelo de otra, pertenece al dueño del terreno tan pronto como ha echado raíces. La misma regla se aplica a las semillas y las plantas.

Si alguien escribía sobre el papiro ( chartulae ) o pergamino ( membranae ) de otro, el material se consideraba principal, y por supuesto la escritura pertenecía al dueño del papel o pergamino. Si una persona pintaba un cuadro sobre la madera de otra persona ( tabula ) o cualesquiera que fueran los materiales, la pintura se consideraba principal ( tabula picturae cedit ). El principio que determinaba la adquisición de una nueva propiedad por accessio era éste: la unión íntima e inseparable del accesorio con el principal. En consecuencia, podría haber accessio por puro accidente sin la intervención de ningún agente racional. Si un pedazo de tierra fue arrancado por un arroyo de la tierra de alguien y unido a la tierra de otro, pasó a ser propiedad de la persona a cuya tierra estaba unido después de que estuviera firmemente unido a él, pero no antes. Este no debe confundirse con el caso del aluvión .

La persona que perdió su bien por accessio tenía, por regla general, derecho a ser indemnizada por su pérdida por la persona que adquirió el nuevo bien. Las excepciones fueron los casos de mala fe .

El término accessio se aplica también a cosas que son producto de otras cosas, y no añadidas a ellas externamente como en el caso que acabamos de mencionar. Toda accesión de esta especie pertenece al dueño de la cosa principal; el producto de un animal, de un campo o de un árbol pertenece a su dueño. En algunos casos alguien puede tener derecho al producto ( fructus ) de una cosa, aunque la cosa pertenezca a otro ( usufructus ).

El término accesiones también se aplicaba a quienes eran fiadores o obligados por cuenta ajena en calidad de fidejussores ( confusio ).

ley moderna

Accessio sigue siendo relevante en la actualidad, en parte debido a la adopción de principios del derecho romano por parte de los sistemas legales de Europa, África, Asia y América del Sur, principalmente los sistemas legales civiles .

Sistemas jurídicos nacionales

Los sistemas legales en todo el mundo moderno continúan empleando una forma de accessio . Una discusión completa de cada sistema legal queda fuera del alcance de este artículo, pero ver específicamente: ley de propiedad sudafricana , ley de propiedad civil , ley escocesa . Los sistemas jurídicos modernos van más allá al describir la adhesión, incluidas todas las circunstancias en las que la propiedad se ha incrementado físicamente, pero el concepto del derecho romano se refiere únicamente a la fusión de un accesorio y un principal. [3] Se pueden encontrar más lecturas sobre el uso contemporáneo de accesio en los estados modernos en (L. van Vliet, 'Accession of Movables to Land' (2002) 6 Edin LR 67).

Ver también

Referencias

  1. ^ Nicolás, Barry. (1962). Una introducción al derecho romano. Oxford: Prensa de Clarendon. pag. 132.ISBN​ 0-19-876063-9. OCLC  877760.
  2. ^ Nicolás, Barry. (1962). Una introducción al derecho romano. Oxford: Prensa de Clarendon. pag. 132.ISBN 0-19-876063-9. OCLC  877760.
  3. ^ Nicolás, Barry. (1962). Una introducción al derecho romano. Oxford: Prensa de Clarendon. pag. 133.ISBN 0-19-876063-9. OCLC  877760.