stringtranslate.com

Adhesión (ley de propiedad)

La adhesión tiene diferentes definiciones dependiendo de su aplicación.

La adhesión en el derecho de propiedad es un modo de adquirir propiedad que implica la adición de valor a la propiedad mediante el trabajo o la adición de nuevos materiales. Por ejemplo, una persona que posee una propiedad en el delta de un río también adquiere propiedad de cualquier terreno adicional que se acumule a lo largo de la orilla del río debido a depósitos naturales o provocados por el hombre.

En derecho comercial , la adhesión incluye bienes que se unen físicamente con otros bienes de tal manera que no se pierda la identidad de los bienes originales. [1] En el derecho consuetudinario inglés , el valor añadido pertenece al propietario original de la propiedad. Por ejemplo, si al comprador de un automóvil se le agregan o reemplazan piezas y luego no cumple con los pagos programados y se recupera el automóvil, el comprador no tiene derecho a las piezas nuevas porque se han convertido en parte del automóvil completo.

En el derecho consuetudinario moderno , si el propietario de la propiedad permite la adhesión de mala fe , el que agrega el valor tiene derecho a una indemnización por daños o al título de propiedad. Si el individuo que agrega valor a los bienes muebles (propiedad personal) del propietario es un intruso o lo hace de mala fe, el propietario conserva el título y el intruso no puede recuperar la mano de obra o los materiales. El propietario de los bienes muebles puede reclamar daños y perjuicios por conversión por el valor de los materiales originales más los daños consiguientes. Alternativamente, el propietario puede solicitar la replevin (devolución del bien mueble). Sin embargo, el propietario podrá limitarse a la indemnización de daños y perjuicios si el bien ha cambiado de naturaleza por la adhesión. Por ejemplo, si un buscador descubre una piedra preciosa y de buena fe cree que está abandonada y luego la corta y la integra en una obra de arte, el verdadero propietario puede limitarse a recuperar los daños y perjuicios por el valor de la piedra preciosa, pero no por el valor de la piedra preciosa. la obra de arte final a modo de replevin. Los recursos y la aplicación de la ley varían según la jurisdicción legal .

Adhesión romana

La adhesión también podría ser (del latín accedere , ir a, acercarse), en derecho , un método de adquirir propiedad adoptado del derecho romano (ver: accessio ), mediante el cual, en cosas que tienen una estrecha conexión o dependencia entre sí , los bienes del principal arrastran tras de sí los bienes del accesorio, según el principio accessio cedet principali . [2]

La adhesión puede tener lugar de forma natural, como el crecimiento de los frutos o la preñez de los animales, o de forma artificial. Los distintos métodos se pueden clasificar en:

Adhesión en relación con la tierra

El principio general era que todo accedía a la tierra ya que la tierra era lo principal.

Edificios (inedificación)

La propiedad de la casa se consideraba distinta de la propiedad de los materiales utilizados para construirla. A los propietarios de los materiales se les permitió reivindicar los materiales tras la demolición de la casa, pero las Doce Tablas prohibieron la demolición de la casa .

Cuando X construyó en el terreno de X utilizando los materiales de Y, X era dueño de la casa desde que accedió al terreno de X. Y sería capaz de interponer una de dos acciones si X fue de buena fe ( bona fides ) al utilizar los materiales de Y, pero dos acciones si X fue de mala fe ( mala fides ). Estas acciones fueron (i) la rei vindicatio de los materiales y (ii) la actio de tigno , que recuperaría el doble del valor de los materiales. Además, Y también tendría una acción contra un tercero si ese tercero robara los materiales.

En Un libro de texto de derecho romano desde Augusto hasta Justiniano , W. W. Buckland analiza una tercera situación en la que X construye en el terreno de Y utilizando los materiales de Z. En tal situación, Buckland sugiere que en relación con Y, X debería tratarse como si hubiera ocurrido una situación XYX, y en relación con Z, como si hubiera ocurrido una situación XXZ. [3]

Plantas y semillas

Las plantas ( implantatio ) y semillas ( satio ) de X accedieron irreversiblemente al suelo de Y una vez que han echado raíces, pero Y deberá pagar gastos si X está en posesión legal , ya que X tendrá la exceptio dolus malus contra la rei vindicatio de Y.

Ríos y nuevas islas.

Adhesión en materia de bienes muebles

El accesorio accede al principal. El debate generalmente gira en torno a cuál es el principal y cuál el accesorio. El propietario principal es propietario independientemente de su buena fe, mala fe o consentimiento. Las posibles pruebas que podrían adoptarse para decidir esta cuestión incluyen:

En el derecho romano no había coherencia. Todo se decidió sobre una base casuística . La prueba de Identidad Física fue la prueba dominante, es decir, la principal es la que da nombre al producto final y la accesoria es la que tiene su identidad fusionada y perdida en la identidad del otro. Sin embargo, hay una serie de casos especiales con reglas especiales y bastante idiosincrásicas, que son las siguientes:

Referencias

  1. ^ Instituto de Derecho Americano, Artículo 9 de la UCC, § 102 (a) (2) (2007).
  2. ^ ab  Una o más de las oraciones anteriores incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio públicoChisholm, Hugh , ed. (1911). "Adhesión". Enciclopedia Británica . vol. 1 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 113.
  3. ^ WW Buckland (2007). Un libro de texto de derecho romano desde Augusto hasta Justiniano (3 ed.). Cambridge, Reino Unido: Cambridge University Press. pag. 796.ISBN 9780521043687.