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Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

El Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía es un protocolo de la Convención sobre los Derechos del Niño y exige a las Partes que prohíban la venta de niños , la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía .

El Protocolo fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2000 [2] y entró en vigor el 18 de enero de 2002. [1] En abril de 2024, 178 Estados eran parte del protocolo. [3]

Según el preámbulo, el Protocolo tiene por objeto lograr los objetivos de ciertos artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño, en los que se definen los derechos con la disposición de que las Partes deben adoptar "medidas apropiadas" para protegerlos. El artículo 1 del Protocolo exige a las Partes que protejan los derechos e intereses de los niños víctimas de la trata , la prostitución infantil y la pornografía infantil, el trabajo infantil y, especialmente, las peores formas de trabajo infantil .

Los artículos restantes del protocolo describen las normas para la aplicación del derecho internacional y abarcan diversas cuestiones como los factores jurisdiccionales, la extradición, la asistencia mutua en las investigaciones, los procedimientos penales o de extradición y la incautación y confiscación de activos.

También obliga a las partes a aprobar leyes en sus propios territorios contra estas prácticas "castigándolas con penas apropiadas que tengan en cuenta su grave naturaleza".

Definiciones

El Protocolo exige a las Partes que prohíban la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El artículo 2 define la prohibición:

La Convención define generalmente al niño como todo ser humano menor de 18 años, a menos que la ley de un país reconozca una mayoría de edad anterior.

Fiestas y reservas

Lista de países que son parte del protocolo a octubre de 2022 : [3]

Afganistán ; Albania ; Argelia ; Andorra ; Angola ; Antigua y Barbuda ; Argentina ; Armenia ; Australia ; Austria ; Azerbaiyán ; Bahamas ; Bahréin ; Bangladesh ; Bielorrusia ; Bélgica ; Belice ; Benín ; Bután ; Bolivia ; Bosnia y Herzegovina ; Botsuana ; Brasil ; Brunei Darussalam ; Bulgaria ; Burkina Faso ; Burundi ; Cabo Verde ; Camboya ; Camerún ; Canadá ; República Centroafricana ; Chad ; Chile ; China ; Colombia ; Comoras ; Congo ; Costa Rica ; Côte d'Ivoire ; Croacia ; Cuba ; Chipre ; República Checa ; República Popular Democrática de Corea ; República Democrática del Congo ; Dinamarca ; Yibuti ; Dominica ; República Dominicana ; Ecuador ; Egipto ; El Salvador ; Guinea Ecuatorial ; Eritrea ; Estonia ; Eswatini ; Etiopía ; Fiji ; Finlandia ; Francia ; Gabón ; Gambia ; Georgia ; Alemania ; Ghana ; Grecia ; Granada ; Guatemala ; Guinea ; Guinea-Bissau ; Guyana ; Haití ; Santa Sede ; Honduras ; Hungría ; Islandia ; India ; Indonesia ; Irán ; Irak ;Israel ; Italia ; Jamaica ; Japón ; Jordania ; Kazajstán ; Kenia ; Kirguistán ; Kiribati ; Kuwait ; República Democrática Popular Lao ; Letonia ; Líbano ; Lesoto ; Liberia ; Libia ; Liechtenstein ; Lituania ; Luxemburgo ; Madagascar ; Malasia ; Malawi ; Maldivas ; Malí ; Malta ; Islas Marshall ; Mauritania ; Mauricio ; México ; Micronesia (Estados Federados de) ; Mónaco ; Mongolia ; Montenegro ; Marruecos ; Mozambique ; Myanmar ; Namibia ; Nauru ; Nepal ; Países Bajos ; Nueva Zelandia ; Nicaragua ; Níger ; Nigeria ; Macedonia del Norte ; Noruega ; Omán ; Pakistán ; Panamá ; Paraguay ; Perú ; Filipinas ; Polonia ; Portugal ; Qatar ; Irlanda ; República de Corea ; República de Moldova ; Rumania ; Federación de Rusia ; Ruanda ; Samoa ; San Marino ; Arabia Saudita ; Senegal ; Serbia ; Seychelles ; Sierra Leona ; Eslovaquia ; Eslovenia ; Islas Salomón ; Sudáfrica ; Sudán del Sur ; España ; Sri Lanka ; Santa Lucía ; San Vicente y las Granadinas ; Estado de Palestina ; Sudán ; Suecia; Suiza ; República Árabe Siria ; Tayikistán ; Tailandia ; Timor-Leste ; Togo ; Túnez ; Turquía ; Turkmenistán ; Uganda ; Ucrania ; Emiratos Árabes Unidos ; Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ; República Unida de Tanzanía ; Estados Unidos de América ; Uruguay ; Uzbekistán ; Vanuatu ; Venezuela ; Viet Nam ; Yemen ; Zambia ; Zimbabwe

Reservas y aplicación territorial

Porcelana

En la ratificación de China, se excluyó a la Región Administrativa Especial de Hong Kong , pero se incluyó a la Región Administrativa Especial de Macao . [3]

Dinamarca

En el momento de la ratificación, el 24 de julio de 2003, Dinamarca excluyó los territorios de las Islas Feroe y Groenlandia . Esta exclusión fue retirada el 10 de octubre de 2016. [3]

Países Bajos

Inicialmente, la ratificación sólo se aplicaba a la parte europea de los Países Bajos. El 17 de octubre de 2006, se extendió a Aruba , el 10 de octubre de 2010, a la parte caribeña de los Países Bajos ( Bonaire , San Eustaquio y Saba ) y el 20 de septiembre de 2022 a Curazao . [3] La convención no se aplica a Sint Maarten.

Nueva Zelanda

La ratificación de Nueva Zelanda excluyó las islas de Tokelau . [3]

Katar

Qatar añadió en su declaración de firma que estaba "sujeto a una reserva general respecto de cualquier disposición del protocolo que esté en conflicto con la sharia islámica ". [4] En las declaraciones de firma se registraron objeciones a esta reserva por parte de Austria, Francia, Alemania, Noruega, España y Suecia. Qatar retiró la reserva el 18 de junio de 2008 y actualmente no tiene reservas al Protocolo. [5]

Reino Unido

La ratificación original del Reino Unido solo se aplicaba al Reino Unido y no a las dependencias de la Corona ni a los territorios dependientes. El 29 de abril de 2014 se incluyó la Bailía de Jersey y el 4 de noviembre de 2020, Guernsey y Alderney . [3]

Vietnam

Al ratificar el Protocolo, Vietnam incluyó reservas respecto de los artículos 5 (1), (2), (3) y (4) del Protocolo [3] (relativos a la extradición de quienes hayan cometido delitos tipificados en el Protocolo). [6] Las reservas fueron retiradas el 26 de marzo de 2009. [3]

Definiciones de pornografía infantil

Bélgica y los EE.UU. han definido la pornografía infantil en relación con el protocolo como "la representación visual de un niño participando en actividades sexuales reales o simuladas o de los genitales de un niño donde la característica dominante es la representación con un propósito sexual". [3]

La definición de Dinamarca y Malasia en sus declaraciones protocolarias es “cualquier representación visual”. [3]

Suecia ha aclarado su interpretación de la pornografía infantil, que se aplica únicamente a la representación visual de actos sexuales con un menor, y no a adultos que actúan, posan o se visten como un menor. [7]

Véase también

Referencias

  1. ^ abcdefg «Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía». Colección de tratados de las Naciones Unidas . Consultado el 8 de octubre de 2022 .
  2. ^ abc Asamblea General de las Naciones Unidas Sesión 54 Resolución 263 . Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño relativos a la participación de niños en los conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía A/RES/54/263 25 de marzo de 2000. Consultado el 19 de marzo de 2008.
  3. ^ abcdefghijk "11. c Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía" . Consultado el 25 de abril de 2024 .
  4. ^ "Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía - Situación". Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos . Consultado el 18 de marzo de 2008 .[ enlace muerto permanente ]
  5. ^ "Colección de tratados de las Naciones Unidas". un.org . Archivado desde el original el 22 de mayo de 2019 . Consultado el 28 de junio de 2016 .
  6. ^ "Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño". www.ohchr.org . ACNUDH . Consultado el 10 de diciembre de 2019 .
  7. ^ Asamblea General de las Naciones Unidas, período de sesiones 54 , Informe verbal 97. A/54/PV.97 página 4. Sr. Hedman, Suecia, 25 de mayo de 2000. Consultado el 19 de marzo de 2008.

Enlaces externos