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Tratado sobre la Carta de la Energía

El Tratado sobre la Carta de la Energía ( TCE ) es un acuerdo internacional que establece un marco multilateral para la cooperación transfronteriza en la industria energética , principalmente en la industria de los combustibles fósiles . El tratado cubre todos los aspectos de las actividades comerciales de energía, incluido el comercio, el tránsito, las inversiones y la eficiencia energética . El tratado contiene procedimientos de solución de controversias tanto para los Estados Partes en el Tratado (frente a otros Estados) como entre los Estados y los inversores de otros Estados que han realizado inversiones en el territorio de los primeros. [3] Las versiones completas del tratado, tanto consolidadas como oficiales, son fácilmente accesibles. [4]

Inicialmente, el proceso de la Carta de la Energía tenía como objetivo integrar los sectores energéticos de la Unión Soviética y Europa del Este al final de la Guerra Fría en los mercados europeos y mundiales más amplios. Sin embargo, su papel se extiende más allá de la cooperación este-oeste y, a través de instrumentos jurídicamente vinculantes, el libre comercio en los mercados energéticos globales y la no discriminación para estimular las inversiones extranjeras directas y el comercio transfronterizo global.

Los laudos y acuerdos de los arbitrajes internacionales presentados por violar la ley del Tratado sobre la Carta de la Energía a veces ascienden a cientos de millones de dólares. En 2014, los casos Yukos se decidieron a favor de los demandantes sobre la base del tratado con una indemnización récord de 50 mil millones de dólares, aunque las apelaciones continúan en los tribunales de los Países Bajos.

El Tratado sobre la Carta de la Energía ha sido criticado por ser un obstáculo importante para la implementación de políticas nacionales para combatir el cambio climático y por desincentivar activamente a los gobiernos nacionales para que no cumplan con tratados internacionales recientes sobre el clima, como el Acuerdo de París, debido a la amenaza de pérdidas financieras significativas.

A partir de 2023 , numerosos países han abandonado el TCE o han anunciado planes para abandonarlo. La Unión Europea y Euratom dieron el paso final y formal de salir del Tratado sobre la Carta de la Energía, que entrará en vigor un año después de que el depositario haya recibido la notificación. [5]

Historia

Carta Europea de la Energía

Los inicios de la Carta de la Energía se remontan a una iniciativa política lanzada en Europa a principios de los años noventa. El fin de la Guerra Fría ofreció una oportunidad sin precedentes para superar las divisiones económicas previas entre las naciones de ambos lados de la Cortina de Hierro . La perspectiva más brillante para una cooperación beneficiosa y mutuamente codependiente era el sector energético , dada la creciente demanda de energía de Europa y la vasta disponibilidad de recursos en las naciones postsoviéticas . Además, se reconoció la necesidad de establecer una base comúnmente aceptada para la cooperación energética entre los estados de Eurasia . De estas consideraciones nació el proceso de la Carta de la Energía. [6]

La declaración original de la Carta Europea de la Energía se firmó en La Haya el 17 de diciembre de 1991. Era una declaración política de principios para la cooperación energética internacional en el comercio, el tránsito y la inversión, junto con la intención de negociar un tratado jurídicamente vinculante, que marcara el comienzo de la desarrollo del Tratado sobre la Carta de la Energía. Uno de los últimos obstáculos fue encontrar un lenguaje para garantizar la soberanía nacional sobre los recursos naturales y al mismo tiempo consagrar el principio de cooperación internacional para permitir el acceso externo a esos recursos. Los negociadores también lograron asegurar a Austria y Suiza que no soportarían una carga indebida de tránsito de recursos energéticos. [7]

Tratado sobre la Carta de la Energía

El tratado es un acuerdo multilateral jurídicamente vinculante que cubre la promoción y protección de inversiones, el comercio, el tránsito, la eficiencia energética y la resolución de disputas. El tratado se firmó en Lisboa en diciembre de 1994, junto con un "protocolo sobre eficiencia energética y aspectos medioambientales relacionados" (PEEREA [8] ). El tratado y el protocolo entraron en vigor en abril de 1998. En ese momento también se acordó una enmienda a las disposiciones relacionadas con el comercio que reflejaban el cambio del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio a los procesos de la Organización Mundial del Comercio . [6]

Carta Internacional de la Energía

La Carta Internacional de la Energía es una declaración política no vinculante que sustenta principios clave para la cooperación energética internacional. La declaración intenta reflejar los cambios en el mundo de la energía que han surgido desde el desarrollo del Tratado sobre la Carta de la Energía original a principios de los años 1990. La Carta Internacional de la Energía fue firmada el 20 de mayo de 2015 por 72 países más la UE, Euratom y ECOWAS en una conferencia ministerial organizada por el gobierno de los Países Bajos. [9]

Conferencia sobre la Carta de la Energía

El artículo 33 del tratado establece la Conferencia sobre la Carta de la Energía, que es el órgano rector y de toma de decisiones de la Organización [10] y tiene la condición de observador de la Asamblea General de las Naciones Unidas en la resolución 62/75 adoptada por la Asamblea General el 6 de diciembre de 2007. [ 11] Los miembros son los países y organizaciones regionales de integración económica que han firmado el tratado o se han adherido a él y están representados en la Conferencia y sus órganos subsidiarios. La Conferencia se reúne periódicamente para discutir cuestiones que afectan la cooperación energética entre los miembros y revisar la implementación del tratado y las disposiciones de PEEREA, y considerar nuevas actividades dentro del marco de la Carta de la Energía. La Conferencia sobre la Carta de la Energía tiene los siguientes órganos subsidiarios:

Además, un consejo consultivo, el Panel Asesor de la Industria, presenta a la Conferencia y sus grupos las opiniones del sector privado sobre cuestiones relevantes relacionadas con las inversiones en energía, los flujos transfronterizos y la eficiencia energética.

El Grupo de Trabajo de Asesoramiento Jurídico fue creado por la Secretaría de la Carta de la Energía en 2001 para ayudar en la redacción de acuerdos modelo equilibrados y jurídicamente coherentes para oleoductos y gasoductos transfronterizos.

Alcance

Las disposiciones del tratado se centran en cuatro áreas amplias: Comercio de Energía, Inversión, Eficiencia Energética , Solución de Controversias y Tránsito de Energía.

Comercio

El propósito del Tratado sobre la Carta de la Energía en el Comercio de Energía es crear mercados energéticos abiertos y no discriminatorios en todos sus estados miembros. Este marco sigue las reglas del sistema de comercio multilateral plasmadas en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que más tarde se convirtió en la Organización Mundial del Comercio (OMC). El Tratado sobre la Carta de la Energía extiende las normas del GATT y posteriormente de la OMC en el sector energético entre sus miembros. Además, el tratado cubre el comercio de todos los materiales energéticos (por ejemplo, petróleo crudo , gas natural, combustible de madera , etc.), todos los productos energéticos finales (por ejemplo, petróleo, electricidad, etc.) y equipos relacionados con la energía. Las reglas del comercio sólo cubren el comercio de bienes, no el comercio de servicios , ni se ocupan de los derechos de propiedad intelectual.

Inversión

El tratado es responsable de la protección de la inversión extranjera directa . Se estima que sólo en la Unión Europea, el Reino Unido y Suiza, el tratado protege inversiones en fósiles de al menos 344.600 millones de euros. [12] Sus disposiciones protegen a los inversores y sus inversiones de los riesgos políticos que implica invertir en un país extranjero, tales como discriminación , expropiación , nacionalización , incumplimiento de contrato , daños debidos a la guerra, etc. La naturaleza jurídicamente vinculante del Tratado sobre la Carta de la Energía lo hace el único marco multilateral del mundo para asuntos específicamente relacionados con la energía.

Solución de controversias

Mientras que el artículo 27 establece disposiciones para la resolución de disputas entre dos Estados contratantes, el artículo 26 del Tratado sobre la Carta de la Energía establece disposiciones expresas para resolver disputas que surjan en virtud del tratado entre un inversor de un Estado contratante y otro Estado contratante. Este proceso se conoce generalmente como Solución de Controversias entre Inversionista y Estado o ISDS. Las opciones de reglas de arbitraje son:

Las reclamaciones más importantes contra Rusia, relacionadas con la decisión Yukos, surgieron en virtud de las disposiciones del artículo 26.

La redacción del tratado ha planteado algunas preguntas difíciles en el área de las disputas entre inversores y Estados por parte de los académicos. [13] En 2021, el Tratado fue anulado por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas únicamente por disputas dentro de la UE. [14] [15] Algunas áreas de discusión son:

y también:

Eficiencia energética

La participación de la Carta de la Energía en cuestiones de eficiencia energética y su relación con un medio ambiente más limpio se introdujo en la Carta Europea de la Energía de 1991. El posterior Tratado sobre la Carta de la Energía, y en particular el artículo 19 del tratado, exige que cada Parte Contratante "... se esforzará por minimizar de manera económicamente eficiente los impactos ambientales nocivos que surjan del uso de la energía". [26]

Sobre la base del artículo 19 del Tratado sobre la Carta de la Energía, el Protocolo sobre Eficiencia Energética y Aspectos Ambientales Relacionados (PEEREA) define con más detalle los principios políticos que pueden promover la eficiencia energética y proporciona orientación sobre el desarrollo de programas de eficiencia energética. PEEREA fue negociada, abierta a la firma y entró en vigor al mismo tiempo (16 de abril de 1998) que el Tratado sobre la Carta de la Energía.

A diferencia de otras actividades del proceso de la Carta, el énfasis en el trabajo sobre eficiencia energética no es jurídicamente vinculante , sino más bien en la implementación práctica de un compromiso político para mejorar la eficiencia energética. Esto se promueve a través de debates políticos basados ​​en el análisis y el intercambio de experiencias entre los países miembros, expertos independientes invitados y otras organizaciones internacionales.

La implementación de PEEREA proporciona a sus países miembros una gama de mejores prácticas y un foro en el que compartir experiencias y asesoramiento político sobre cuestiones de eficiencia energética . Dentro de este foro, se presta especial atención a la estrategia nacional de eficiencia energética, los impuestos, la política de precios en el sector energético, los subsidios relacionados con el medio ambiente y otros mecanismos para financiar los objetivos de eficiencia energética . [26]

Tránsito de energía

El Tratado sobre la Carta de la Energía proporciona un conjunto de reglas que cubren toda la cadena energética, incluidas no solo las inversiones en producción y generación, sino también los términos bajo los cuales la energía puede comercializarse y transportarse a través de varias jurisdicciones nacionales hacia los mercados internacionales. Como tal, el acuerdo tiene como objetivo evitar la interrupción del paso de combustible entre países. [27]

Protocolo de tránsito

El Protocolo de Tránsito de la Carta de la Energía es un borrador de protocolo cuyas negociaciones aún no han concluido. El Protocolo ampliaría y fortalecería las disposiciones del tratado sobre cuestiones de tránsito de energía para mitigar algunos riesgos operativos específicos que continúan afectando los flujos de tránsito de energía. Las negociaciones sobre el texto del Protocolo de Tránsito comenzaron a principios de 2000 y se presentó para su adopción un texto de compromiso que reflejaba un extenso debate entre la Unión Europea y Rusia en la reunión de la Conferencia sobre la Carta de la Energía el 10 de diciembre de 2003. Durante la reunión quedó claro que no se pudo llegar a una decisión unánime sobre la base del texto de compromiso; Un factor de complicación fue que las cuestiones energéticas, incluido el tránsito, eran un tema de la agenda bilateral de la Unión Europea y Rusia en el contexto de las negociaciones rusas para el acceso a la Organización Mundial del Comercio. Entonces se suspendieron temporalmente las negociaciones del Protocolo.

En diciembre de 2007, la Conferencia sobre la Carta de la Energía reafirmó su apoyo a la finalización de las negociaciones y la adopción del Protocolo sobre Tránsito de la Carta de la Energía para ampliar las disposiciones existentes del tratado. [28] Este trabajo continuó hasta octubre de 2011, cuando la Unión Europea argumentó que, dada la evolución actual de la situación energética internacional y la falta de avances en las negociaciones y consultas, ya no parecía oportuno continuar las conversaciones. Una revisión de la cuestión a finales de 2015 señaló la demanda continua de un marco multilateral jurídicamente vinculante para el tránsito de energía y recomendó explorar más a fondo las bases para las negociaciones de un acuerdo de este tipo, que podría abordar diversos aspectos del transporte de petróleo, gas y electricidad. y tránsito. [29]

El Tratado sobre la Carta de la Energía incluye la obligación de los países miembros de facilitar el tránsito de energía a través de su territorio, de acuerdo con el principio de libertad de tránsito, y de asegurar los flujos de tránsito establecidos. Al mismo tiempo, las disposiciones del tratado no obligan a ningún país a introducir el acceso obligatorio de terceros. [30]

El principio de soberanía nacional

Los principios de la Carta de la Energía se basan en la idea de que los flujos internacionales de inversiones y tecnologías en el sector energético son mutuamente beneficiosos. Pero al mismo tiempo, la soberanía nacional sobre los recursos energéticos es un principio fundamental del tratado (Artículo 18 del TCE). Un objetivo del tratado es promover la transparencia y la eficiencia en el funcionamiento de los mercados energéticos, pero corresponde a los gobiernos definir la estructura de su sector energético nacional. Cada país es libre de decidir si sus recursos energéticos nacionales se desarrollan y cómo, y en qué medida su sector energético está abierto a los inversores extranjeros. El tratado no aborda las cuestiones de propiedad de las empresas energéticas: no existe la obligación de privatizar las empresas energéticas estatales ni de dividir las empresas energéticas integradas verticalmente. [30]

Afiliación

Los miembros son países y las organizaciones regionales de integración económica son parte del tratado mediante ratificación o adhesión. También son miembros los signatarios que aplican provisionalmente el tratado hasta que entre en vigor. Dicha aplicación provisional se aplica automáticamente después de la firma, a menos que sea incompatible con la legislación interna del país de que se trate. En octubre de 2022, el tratado tiene 51 partes, mientras que dos países lo aplican provisionalmente. [31] Todos los Miembros han ratificado el tratado excepto Australia, Bielorrusia, Noruega y la Federación de Rusia. Bielorrusia ha aceptado la aplicación provisional del tratado. [32]

Miembros de la Conferencia sobre la Carta de la Energía

Rusia y Australia aplicaron provisionalmente el tratado, pero indicaron el final del período de aplicación provisional en 2009 y 2021 respectivamente. Italia fue parte del tratado desde 1998 hasta 2016. En octubre de 2022, un ministro de los Países Bajos anunció su intención de facilitar la retirada del tratado. [33] El 21  de octubre de 2022, el presidente francés, Emmanuel Macron, también anunció la retirada de Francia del tratado. [34] [35] Un mes después, el gobierno alemán también expresó su intención de abandonar el acuerdo. [36] Véanse también los retiros anunciados a continuación.

Nota: * denota un estado que ha firmado el tratado y lo está aplicando provisionalmente pero no lo ha ratificado, y denota un estado que ha anunciado que se retirará del tratado.

Observadores

El estatus de observadores se otorga a los países y organizaciones regionales de integración económica que hayan firmado la Carta Europea de la Energía o la Carta Internacional de la Energía. Los observadores tienen derecho a asistir a todas las reuniones de la Carta y a recibir toda la documentación, informes y análisis relacionados, y a participar en los debates de trabajo que tienen lugar dentro de la Carta de la Energía. Además, a las organizaciones internacionales se les puede otorgar el estatus de observadores por decisión de la Conferencia sobre la Carta de la Energía. La intención es que el estatus de observador brinde la oportunidad a un país de familiarizarse con la Carta y sus funciones, para facilitar su evaluación de los beneficios de la adhesión al Tratado sobre la Carta de la Energía. [37]

Países

Signatarios de la Carta Europea de la Energía (1991)

Signatarios de la Carta Internacional de la Energía (2015)

Organizaciones internacionales

Miembros anteriores

participación rusa

La Federación de Rusia firmó el tratado y lo aplicó provisionalmente pero no lo ratificó. Vinculó la ratificación del tratado con las negociaciones sobre un Protocolo de Tránsito de la Carta de la Energía. En octubre de 2006, la canciller alemana Angela Merkel y el presidente francés Jacques Chirac propusieron la creación de una asociación energética equilibrada entre Francia y Alemania, en representación de la Unión Europea , y Rusia. Según el acuerdo, Rusia tendría que firmar la Carta Europea de la Energía, que, según un resumen del New York Times de un informe del periódico ruso Kommersant , el presidente ruso Vladimir Putin dijo que incide en los intereses nacionales de Rusia. [44]

En diciembre de 2006, Rusia indicó que la ratificación del tratado era poco probable debido a las disposiciones que exigen el acceso de terceros a los oleoductos rusos. [45] El 20 de agosto de 2009, informó oficialmente al depositario del tratado ( Gobierno de Portugal ) que no tenía intención de convertirse en parte contratante del tratado y del protocolo correspondiente que ponía fin a la aplicación provisional del tratado y de la PEEREA a partir de 18 de octubre de 2009. [46]

A pesar de la terminación de la aplicación provisional del tratado por parte de Rusia, las disposiciones relativas a la solución de controversias y la protección de las inversiones seguirán en vigor durante veinte años más. El 30 de noviembre de 2009, la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, que había estado considerando este caso desde 2005 conforme al Reglamento CNUDMI, dictaminó que los antiguos accionistas de Yukos pueden pasar a la fase de fondo de su demanda de arbitraje contra el gobierno ruso. [46] GML, anteriormente conocida como Menatep, el principal accionista de Yukos, está demandando a Rusia por más de 100 mil millones de dólares en un caso de arbitraje internacional en virtud del tratado. Las audiencias tuvieron lugar en octubre de 2012. [47]

En julio de 2014, el panel de arbitraje internacional de La Haya falló por unanimidad a favor de los accionistas y concedió una indemnización de 50.000 millones de dólares por la incautación de activos y el desmantelamiento de Yukos. [48] ​​El gobierno ruso ha prometido no cumplir con el fallo, lo que ha desencadenado una disputa legal internacional que ha resultado en que Francia y Bélgica confisquen activos rusos para su posible uso como restitución para los demandantes. [49] Sin embargo, un tribunal francés falló en contra de la incautación por parte de las autoridades francesas, [50] y un tribunal holandés posteriormente anuló el fallo de 50 mil millones de dólares, argumentando que Rusia no había ratificado el Tratado sobre la Carta de la Energía y, por lo tanto, no estaba obligada por él. [51]

Caso de ley

Casos de inversión en energías renovables en España

En 2020, España fue el Estado más afectado por las concesiones del TCE, habiendo perdido 825 millones de euros a manos de los inversores. En una serie de 20 decisiones arbitrales, España fue declarada responsable de haber generado expectativas legítimas de un marco estable de incentivos a la inversión en energías renovables y de haber revertido posteriormente abruptamente estas expectativas. [52]

Secretaría

La Secretaría está ubicada en Bruselas .

El Tratado sobre la Carta de la Energía estableció la creación de una Secretaría permanente que fue creada originalmente para dar cabida al diálogo entre las partes contratantes durante la negociación del tratado. La Secretaría tiene el mandato de la Conferencia sobre la Carta de la Energía principalmente para brindar a la Conferencia toda la asistencia necesaria para el desempeño de sus funciones, incluida la promoción, la organización y el apoyo legal, junto con espacio para reuniones de los órganos subsidiarios organizados en la Secretaría.

Desde el 1 de enero de 2022, el Secretario General es Guy Lentz [53] y, desde septiembre de 2021, el Secretario General Adjunto es Atsuko Hirose. [54]

Organización

Uno de los principales mandatos otorgados por la Conferencia sobre la Carta de la Energía a la Secretaría es organizar y administrar las reuniones de la Conferencia y sus órganos subsidiarios. Además, la Secretaría organiza conferencias y foros sobre energía relacionados con los diálogos energéticos mundiales en curso.

Monitorear las obligaciones ECT y PEEREA

El artículo 19 del tratado exige que cada Parte Contratante minimice, de manera económicamente eficiente, los impactos ambientales nocivos derivados del uso de energía. [55] La Secretaría supervisa el cumplimiento de estas obligaciones en las partes contratantes del tratado y crea varios informes disponibles públicamente sobre cada una de las partes contratantes, como la eficiencia energética [56] y el clima de inversión [57] . [58]

Soporte legal

El Tratado sobre la Carta de la Energía contiene un sistema integral para resolver disputas sobre asuntos cubiertos por el tratado. Las dos formas principales de solución vinculante de disputas son el arbitraje entre Estados sobre la interpretación o aplicación de casi todos los aspectos del tratado (excepto las cuestiones ambientales y de competencia), y el arbitraje entre inversionistas y Estados (Artículo 26) para disputas sobre inversiones. Existen disposiciones especiales, basadas en el modelo de la OMC, para la resolución de cuestiones comerciales interestatales y el tratado también ofrece un procedimiento de conciliación para disputas de tránsito. La Secretaría mantiene asesoramiento jurídico para estos arbitrajes y también tiene la responsabilidad de mantener los Travaux préparatoires utilizados para aclarar las intenciones del tratado según el Artículo 32 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados .

La Secretaría mantiene una lista disponible públicamente de casos que han sido llevados por inversionistas a arbitraje internacional. Estos casos han sido litigados bajo los reglamentos de arbitraje del CIADI , Instituto de Arbitraje de la SCC y CNUDMI . Los laudos o acuerdos arbitrales a veces ascienden a cientos de millones de dólares. [59] [60] Para las controversias relativas a la competencia (Artículo 6) y cuestiones ambientales (Artículo 19), la Secretaría prevé mecanismos de consulta no vinculantes bilaterales (en el caso de la competencia) o multilaterales (en el caso de la protección del medio ambiente).

Crítica

El Tratado sobre la Carta de la Energía ha sido objeto de fuertes críticas por ser un obstáculo para la transición a la energía renovable . Las corporaciones transnacionales que han invertido en la producción de combustibles fósiles y en energía nuclear pueden demandar a los gobiernos nacionales por pérdida de ganancias de sus inversiones como consecuencia de la transición a la energía renovable. Los críticos argumentan que el Tratado sobre la Carta de la Energía tiene un efecto paralizador sobre la legislación relacionada con la energía. [61] Rusia y Noruega se negaron a ratificar el tratado, e Italia lo abandonó en 2016, por preocupaciones ambientales sobre el TCE. [62] Por ejemplo, la empresa energética alemana RWE ha demandado al gobierno holandés por 1.400  millones de euros en compensación por la eliminación gradual de las centrales eléctricas de carbón . [63] [64] En octubre de 2020, el Parlamento Europeo votó a favor de poner fin a la protección de los combustibles fósiles en virtud del TCE. [61]

A finales de 2022, la Comisión Europea buscaba aclarar que el TCE no se aplica dentro de la Unión Europea . La Comisión dice que "el riesgo de conflicto legal es tal que hace que un acuerdo internacional sea incompatible con la legislación de la UE" y añade que los Estados [miembros] de la UE deberían "confirmar que el TCE no se aplica, y nunca se ha aplicado, a las relaciones dentro de la UE". ". [sesenta y cinco]

Una investigación conjunta de The Guardian , el Transnational Institute y Powershift, con sede en Berlín, hecha pública a mediados de noviembre de 2022, reveló procedimientos opacos, controles inadecuados sobre los conflictos de intereses del personal clave, incluidos los árbitros , y un posible sesgo a favor de los combustibles fósiles. intereses. [66]

Llamadas y planes de retiro.

Varios países y organizaciones han propuesto retirarse del TCE. Sin embargo, el Tratado tiene una "cláusula de extinción" que permite presentar demandas durante 20 años después de la salida de un miembro; Italia abandonó el TCE en 2015, pero fue demandada con éxito en 2022. [67]

En 2020, Julia Steinberger y Yamina Saheb (ambas coautoras del Sexto Informe de Evaluación del IPCC ) [68] iniciaron una carta abierta en la que piden la retirada del TCE. [69] Justifican el llamamiento con la afirmación de que el TCE es un obstáculo para el Acuerdo de París y el Pacto Verde Europeo . La carta ha sido firmada, por ejemplo, por Sandrine Dixson-Declève , Connie Hedegaard , James K. Galbraith , Helga Kromp-Kolb, Rachel Kyte , Thomas Piketty , Olivier de Schutter y Jean-Pascal van Ypersele . [70] El 15 de diciembre de 2020, la ministra española para la transición ecológica , Teresa Ribera , apoyó la idea de retirarse del mismo si no era posible alcanzar un acuerdo para hacer compatible el Tratado sobre la Carta de la Energía con el Acuerdo de París . [71] El Instituto Internacional para el Desarrollo Sostenible describe la posibilidad de una retirada con neutralización de la cláusula de supervivencia. [72]

Retiros anunciados

En octubre de 2022, España, Países Bajos y Polonia tenían intención de retirarse del TCE, y Alemania, Francia y Bélgica estaban "examinando sus opciones". [73] El 21 de octubre de 2022, Francia anunció que abandonaría el tratado, citando el deseo de acelerar el uso de energía nuclear y renovable antes que los combustibles fósiles. [74] [75] Y el 14  de noviembre de 2022, Alemania anunció su intención de retirarse para abordar mejor el cambio climático. [36] [76] Eslovenia había manifestado anteriormente su intención de retirarse. [66] Dinamarca anunció en abril de 2023 que tiene intención de retirarse. [77]

En julio de 2023, la Comisión Europea propuso formalmente una legislación para que tanto la unión como sus estados miembros realizaran una retirada simultánea "coordinada y ordenada" del TCE. [78] [67]

El gobierno del Reino Unido anunció en septiembre de 2023 que consideraría abandonar el tratado "obsoleto" si no se acordaba la modernización antes de noviembre. [79] [80] [81] En febrero de 2024, el Reino Unido anunció sus planes de retirarse del tratado debido a un fracaso en las negociaciones para modernizar el tratado. [82] [83] En marzo de 2024, los países de la Unión Europea acordaron conjuntamente abandonar el TCE. Sin embargo, antes de que esto entre en vigor, el Parlamento Europeo tiene que estar de acuerdo. [84]

Retiros

Italia se retiró en 2016; [85] Francia, [40] Alemania [41] y Polonia [43] en 2023.

Ver también

Referencias

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