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Derecho de conquista

El derecho de conquista era históricamente un derecho de propiedad sobre la tierra después de la posesión inmediata por la fuerza de las armas. Fue reconocido como un principio de derecho internacional que gradualmente se deterioró en importancia hasta su proscripción tras la Segunda Guerra Mundial tras el concepto de crímenes contra la paz introducido en los Principios de Núremberg . La prohibición de las conquistas territoriales fue confirmada y ampliada por la Carta de las Naciones Unidas , que dispone en el artículo 2, párrafo 4, que "Todos los Miembros se abstendrán en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas ". Aunque las guerras civiles continuaron, las guerras entre estados establecidos han sido raras desde 1945 [ cita requerida ] . Las naciones que han recurrido al uso de la fuerza desde que entró en vigor la Carta generalmente han invocado la legítima defensa o el derecho de defensa colectiva . [1]

Historia y argumentos

Los defensores de este derecho sostienen que reconoce el status quo y que su negación carece de sentido a menos que uno sea capaz y esté dispuesto a utilizar la fuerza militar para negarlo. Además, el derecho se aceptaba tradicionalmente porque la fuerza conquistadora, al ser por definición más fuerte que cualquier gobierno legítimamente autorizado al que pudiera haber reemplazado, tenía, por lo tanto, más probabilidades de garantizar la paz y la estabilidad para el pueblo, y por lo tanto el derecho de conquista legitima al conquistador para ese fin. [ no verificado en el cuerpo ]

La culminación de la conquista colonial de gran parte del mundo (véase la lucha por África ), la devastación de la Primera y la Segunda Guerra Mundial y la alineación de los Estados Unidos y la Unión Soviética con el principio de autodeterminación llevaron al abandono del derecho de conquista en el derecho internacional formal. El Pacto Briand-Kellogg de 1928, los juicios de Núremberg y Tokio posteriores a 1945 , la Carta de las Naciones Unidas y el papel de las Naciones Unidas en la descolonización vieron el desmantelamiento progresivo de este principio. [ cita requerida ] La Carta de las Naciones Unidas garantiza la " integridad territorial " de los estados miembros, pero las dificultades de aplicación en el siglo XXI [2] conducen a un debate polémico sobre el posible resurgimiento del derecho de conquista como derecho internacional . [3]

Conquista y ocupación militar

Hasta 1945, la disposición de territorio adquirido según el principio de conquista debía realizarse de acuerdo con las leyes de guerra existentes . Esto significaba que tenía que haber una ocupación militar seguida de un acuerdo de paz, y no había ninguna posibilidad razonable de que el soberano derrotado recuperara la tierra. Si bien un tratado de paz formal "repara cualquier defecto en el título", [4] no era necesario. El reconocimiento por parte de la parte perdedora no era un requisito: "el derecho de adquisición conferido por la conquista no dependía del consentimiento del estado desposeído". [5] Sin embargo, la alternativa era la anexión (parcial o total) que, si se protestaba por ser ilegal, un tratado de paz era el único medio para legitimar la conquista en tiempos de guerra. Esencialmente, la conquista en sí misma era un acto legal de extinción de los derechos legales de otros estados sin su consentimiento. En este marco, es notable que la conquista y la posterior ocupación fuera de la guerra fueran ilegales. [5]

En la era posterior a la Segunda Guerra Mundial, no todas las guerras que implicaban adquisiciones territoriales terminaron en un tratado de paz . Por ejemplo, la lucha en la Guerra de Corea se detuvo con un armisticio , sin que ningún tratado de paz la cubriera. Corea del Norte todavía está técnicamente en guerra con Corea del Sur y los Estados Unidos a partir de 2024. [6]

Véase también

Referencias

  1. ^ Silke Marie Christiansen (2016). Conflictos climáticos: un caso de derecho internacional ambiental y humanitario. Springer. pág. 153. ISBN 9783319279459.
  2. ^ Jeria, Michelle Bachelet (2016). "Los desafíos del derecho internacional en el siglo XXI". Actas de la Reunión Anual de la ASIL . 110 : 3–11. doi :10.1017/S0272503700102435. ISSN  0272-5037.
  3. ^ Mulligan, Michael (2020). "El resurgimiento de la conquista: el derecho internacional y el uso legítimo de la fuerza". Liverpool Law Review . 41 (3): 293–313. doi :10.1007/s10991-020-09250-3.
  4. ^ Korman 1996, pág. 127.
  5. ^Ab Korman 1996, pág. 128.
  6. ^ "La Guerra de Corea nunca terminó técnicamente. He aquí por qué". Historia . 24 de junio de 2020. Archivado desde el original el 18 de febrero de 2021.

Obras citadas