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Comité de Asuntos Indígenas del Senado de los Estados Unidos

El Comité Senatorial de Asuntos Indígenas es un comité del Senado de los Estados Unidos encargado de supervisar los asuntos relacionados con los pueblos indígenas americanos , nativos hawaianos y nativos de Alaska . El Comité de Asuntos Indígenas existió desde 1820 hasta 1947, después de lo cual se incorporó al Comité de Asuntos Internos e Insulares . En 1977 se creó un nuevo Comité de Asuntos Indígenas, inicialmente como un comité selecto , como resultado de la separación de los asuntos indígenas del nuevo Comité de Energía y Recursos Nacionales , que había sucedido al antiguo Comité de Asuntos Internos e Insulares. El comité inicialmente estaba destinado a ser temporal, pero se hizo permanente en 1984. El comité tiende a incluir senadores de los estados occidentales y de las llanuras , que tienen más electores nativos americanos .

Historia

Resumen

En 1977, [1] el Senado aprobó la S.Res. 4 que restableció el Comité de Asuntos Indígenas como un comité selecto temporal . [2] El Comité Selecto debía disolverse al cierre del 95.º Congreso , pero después de varias extensiones provisionales, el Senado votó para convertirlo en permanente el 6 de junio de 1984. El comité tiene jurisdicción para estudiar los problemas únicos de los pueblos indígenas estadounidenses , nativos hawaianos y nativos de Alaska y proponer legislación para aliviar estas dificultades. Estos temas incluyen, entre otros, la educación nativa, el desarrollo económico, la gestión de la tierra, las responsabilidades fiduciarias, la atención médica y las reclamaciones contra los Estados Unidos. Además, toda la legislación propuesta por los miembros del Senado que se refiera específicamente a los indios estadounidenses, los nativos hawaianos o los nativos de Alaska está bajo la jurisdicción del comité.

Era temprana

Hasta 1946, cuando la Ley de Reorganización Legislativa abolió los Comités de Asuntos Indígenas de la Cámara y el Senado, el Comité de Asuntos Indígenas del Senado había existido desde principios del siglo XIX. Después de 1946, la jurisdicción legislativa y de supervisión de los asuntos indígenas pasó a manos de subcomités de los Comités de Asuntos Insulares y del Interior de la Cámara de Representantes y el Senado. Si bien es posible que esta disposición de los subcomités no haya reflejado específicamente una disminución de la consideración que el Congreso daba a los asuntos indígenas, la disposición revisada coincidió históricamente con una pausa de 20 años en los asuntos indígenas conocida como la "Era de la Terminación", un período en el que la política predominante de los Estados Unidos fue terminar la relación federal con las tribus indígenas o transferir la jurisdicción sobre las tierras tribales a los estados.

A mediados de los años 1960, esta filosofía de la Terminación estaba en decadencia como una política fallida y el Congreso comenzó a incluir a las tribus nativas en la legislación diseñada para reconstruir la infraestructura social de la nación y brindar oportunidades económicas a las áreas económicamente deprimidas. A principios de los años 1970, la era de la Terminación terminó decisivamente con la promulgación de la Ley de Restauración Menominee de 1973. Aunque a principios de los años 1970 se promulgaron varias iniciativas legislativas importantes que afectaban a los nativos, quedó claro que la estructura de subcomités existente no proporcionaba un foro adecuado para legislar soluciones apropiadas a los problemas que enfrentaba el país nativo. La jurisdicción legislativa sobre los asuntos nativos estaba fragmentada entre varios comités. En total, más de 10 comités en el Congreso eran responsables de los asuntos indígenas, una situación que dio como resultado un tratamiento a veces desarticulado de los asuntos nativos y un desarrollo a menudo caótico de la política federal nativa.

Restablecimiento del comité

En 1973, el senador James Abourezk presentó la Resolución Conjunta Senatorial 133 para establecer una comisión federal encargada de revisar todos los aspectos de la política, la ley y la administración relacionados con los asuntos de los Estados Unidos con las tribus y los pueblos indígenas estadounidenses. Tanto el Senado como la Cámara de Representantes adoptaron la Resolución Conjunta Senatorial 133 y el 2 de enero de 1975, el Presidente firmó la Resolución y la convirtió en ley, estableciendo así la Comisión de Revisión de Políticas Indígenas Estadounidenses. [3] A medida que avanzaba el trabajo de esta Comisión, se hizo evidente que se necesitaba un comité pleno del Senado con plena autoridad legislativa y de supervisión para recibir el informe de la Comisión de Revisión de Políticas Indígenas Estadounidenses y actuar de acuerdo con sus recomendaciones. De hecho, una de las recomendaciones finales de la Comisión fue que se estableciera un Comité de Asuntos Indígenas en el Senado.

Al mismo tiempo que la Comisión formulaba su recomendación para el establecimiento de un Comité de Asuntos Indígenas, el Senado estaba elaborando una propuesta de amplio alcance para la reorganización de todo el sistema de comités del Senado. Según esta propuesta, se aboliría el Subcomité de Asuntos Indígenas del Comité de Asuntos Interiores e Insulares, sus funciones en materia de recursos naturales se distribuirían entre otros comités del Senado de nueva creación y sus funciones en materia de recursos humanos se transferirían al Comité de Trabajo y Recursos Humanos del Senado . Sin embargo, en vista del informe pendiente de la Comisión de Revisión de Políticas Indígenas Estadounidenses y sus recomendaciones previstas, el Senado renovó su propuesta de reorganización de comités para incluir el establecimiento de un comité selecto temporal que recibiera el informe de la Comisión y actuara de acuerdo con sus recomendaciones. Así, se incluyó en la S.Res. 4 del 4 de febrero de 1977, las Enmiendas a la Reorganización del Sistema de Comités de 1977, una disposición para establecer un Comité Selecto de Asuntos Indígenas con plena jurisdicción sobre toda la legislación propuesta y otros asuntos relacionados con los asuntos indígenas. Con el comienzo del 96º Congreso , el Comité Selecto de Asuntos Indígenas debía expirar y la jurisdicción sobre asuntos indígenas debía transferirse al Comité Senatorial de Trabajo y Recursos Humanos.

A medida que el Comité Selecto de Asuntos Indígenas lidiaba con el informe de la Comisión de Revisión de Políticas Indígenas Estadounidenses y muchos otros temas indígenas que se le presentaron durante el 95º Congreso, se hizo cada vez más evidente que, si el Congreso iba a seguir cumpliendo con sus responsabilidades constitucionales, legales e históricas en el área de asuntos indígenas, debía restablecerse en el Senado un comité legislativo permanente con la experiencia y los recursos adecuados.

El 22 de febrero de 1978, el Senador Abourezk presentó la S.Res. 405, para convertir al Comité Selecto de Asuntos Indígenas en un comité permanente del Senado. La medida fue enmendada por el Comité de Reglas para extender la vida del comité por dos años hasta el 2 de enero de 1981, y fue aprobada por el Senado el 14 de octubre de 1978. En el 96.º Congreso , el Senador John Melcher , que en ese momento era presidente del Comité Selecto, presentó la S.Res. 448 para convertirlo en un comité permanente. La Resolución tuvo 28 copatrocinadores y fue informada por el Comité de Reglas con una enmienda para extender el comité selecto hasta el 2 de enero de 1984 y ampliar la membresía a siete miembros a partir del 97.º Congreso . La S. Res. 448 fue adoptada por el Senado el 11 de diciembre de 1980.

Comité permanente

El 28 de abril de 1983, el senador Mark Andrews , presidente del Comité Selecto de Asuntos Indígenas del 98.º Congreso , presentó la S.Res. 127 para convertir al comité en un comité permanente. Esta resolución tuvo 28 copatrocinadores. El 1.º de noviembre de 1983, el Comité de Normas y Administración votó por unanimidad informar sobre la resolución sin enmiendas, y la resolución fue informada así el 2 de noviembre de 1983 (S. Rept. 98–294). El 18 de noviembre, último día de la primera sesión del 98.º Congreso, el Senado acordó una extensión del comité selecto hasta el 1.º de julio de 1984, para dar tiempo a un debate posterior. Cuando la resolución se presentó al pleno para su consideración, había 60 copatrocinadores. El 4 de junio de 1984, el Comité Selecto de Asuntos Indígenas se convirtió en un comité permanente del Senado. [4] En 1993, el Comité Selecto de Asuntos Indígenas pasó a denominarse Comité de Asuntos Indígenas. [5]

Miembros, 118° Congreso

Composición del comité histórico

117° Congreso

116° Congreso

115° Congreso

Fuente [8]

Presidentes

Presidentes del Comité Senatorial de Asuntos Indígenas, 1820-1947

De 1947 a 1977, los Asuntos Indígenas fueron responsabilidad del Comité Senatorial de Asuntos Internos y Insulares, que fue reemplazado por el Comité Senatorial de Energía y Recursos Naturales de Estados Unidos en 1977.

Presidentes del Comité Selecto del Senado sobre Asuntos Indígenas, 1977-1993

Presidentes del Comité Senatorial de Asuntos Indígenas, 1993-presente

Referencias

  1. ^ Adlai, Stevenson (4 de febrero de 1977). "S.Res.4 - 95th Congress (1977-1978): Committee System Reorganization Amendments" (Enmiendas a la reorganización del sistema de comités del 95.º Congreso [1977-1978]). www.congress.gov . Consultado el 6 de abril de 2018 .
  2. ^ § 105, S.Res. 4, 95.º Congreso , 1.ª sesión
  3. ^ Ley Pública  93–580
  4. ^ S.Res. 127, 98.º Congreso , 2.ª sesión
  5. ^ § 25, S.Res. 71, 103.º Congreso , 1.ª sesión
  6. ^ S.Res. 30 (118.º Congreso)
  7. ^ S.Res. 31 (118.º Congreso)
  8. ^ "Senado de los Estados Unidos: Comité de Asuntos Indígenas". www.senate.gov . Consultado el 8 de enero de 2017 .

Enlaces externos