[1] Se designa como válida una norma cuando cumple con los requisitos formales y materiales necesarios para su producción.
En las condiciones materiales, se refiere a lo que la norma prohíbe, manda o permite.
Es aquello que otorga validez a las normas jurídicas, permite certificar su existencia y obligatoriedad.
Esto sucede ya que ciertas normas por causa del desuso de la comunidad pueden ser derogadas, eliminándose o reemplazándose con una acorde a las necesidades.
Esta se encuentra vinculada a un ordenamiento superior que se le da el nombre de Iusnaturalismo, que contendría normas no dadas por el hombre, el fundamento de validez ya no será una norma como así lo predica el normativismo, ni un hecho, como predican los realistas jurídicos, sino que será en normas anteriores y superiores a los ordenamientos jurídicos positivos.
Para que una norma tenga validez, al igual que en un ordenamiento jurídico, no necesitan ajustarse con un derecho natural o un orden moral determinado, pero esto no quita a que sí tengan una pretensión de corrección moral, es decir si existe un ordenamiento con normas incorrectas desde el punto de vista moral, esto no quita su validez.
Sin embargo, si son extremadamente injustas a saber, por ejemplo violan los derechos fundamentales o la garantías de ellos, en este caso perdería su validez.La creación del derecho tiene su origen lógico en la necesidad que la conducta humana sea explicitada por una instancia superior, al igual como ocurre en la moral, por tanto tiene su fundamento en su formidable deber moral, es decir, estamos obligados a realizar conductas que nos dice la ley pública.
El fundamento del deber positivo no es una confusa hipótesis fáctica sino una manifiesta y fundamental norma moral.