Sin embargo, no hay todavía un cuerpo normativo que regule las uniones del mismo sexo de manera particular.
En el proyecto se reconoce el derecho de las personas del mismo sexo a unirse civilmente para llevar la vida en común, para la cooperación y el mutuo auxilio.
En el primer capítulo se reconoce el derecho de las personas del mismo sexo a unirse civilmente para llevar la vida en común, para la cooperación y el mutuo auxilio.
De todo se levantará un acta que firmarán el celebrante, los contrayentes, si pueden, y los testigos del acto.
A los contrayentes se les entregará copia del acta firmada por el celebrante.
Conjuntamente deben sufragar los gastos que demande su unión en forma proporcional a sus ingresos.
En el capítulo segundo se regula la Unión de Hecho, estableciendo como requisitos que debe ser pública, notoria, única y estable, por más de dos años, entre personas del mismo sexo que posean aptitud legal para contraer unión civil, surtiendo todos los efectos patrimoniales propios de la unión civil formalizada legalmente.
El proyecto de Ley 17.668 es presentado ante la Asamblea Legislativa el 27 de septiembre de 2006 por los mismos tres legisladores que anteriormente habían presentado el proyecto N°16.390, —Ana Helena Chacón Echeverría (PUSC), José Merino del Río (FA) y Carlos Manuel Gutiérrez Gómez (ML)—, agregándose en esta ocasión dos diputados más: Sergio Alfaro Salas y Alberto Salom Echeverría (ambos del PAC), durante la administración del presidente Óscar Arias Sánchez (2006-2010).
la categoría jurídica que se confiere es la un «régimen patrimonial especial», por el que los bienes que adquiera durante la convivencia cada persona conviviente, sus rentas, frutos, usufructos y demás beneficios económicos que produzcan, pertenecerán a cada una de las personas individualmente, pero en el caso de disolución y liquidación de la sociedad de convivencia pertenecerán a ambas personas en partes iguales, salvo pacto en contrario en escritura pública.
Se regulan otros beneficios o derechos como los siguientes: El proyecto establece que el régimen patrimonial especial de las parejas en sociedades de convivencia se disolverá y liquidará por los siguientes causales y medios: La disolución y liquidación de este régimen patrimonial especial por mutuo acuerdo se realizará en escritura pública.
Al respecto indica: El Ministro de Planificación, Roberto Gallardo, indica que esta no es una discusión religiosa, sino centrada en los derechos humanos, agregando las siguientes palabras: Grupos organizados por los derechos de los homosexuales celebran el apoyo del Presidente Arias al proyecto de ley, entre ellos Abelardo Araya, presidente del grupo llamado «Movimiento Diversidad».
En el proyecto se reconoce el derecho de las parejas del mismo sexo a unirse civilmente para llevar la vida en común, para la cooperación y el mutuo auxilio.
Este proyecto se presentó a la corriente legislativa en el año 2005, y fue firmado por Ana Helena Chacón (en ese momento diputada por el Partido Unidad Social Cristiana, José Merino del partido Frente Amplio y Carlos Gutiérrez del Movimiento Libertario.
Este proyecto fue uno de los primeros esfuerzos por legislar sobre la unión de personas del mismo sexo, casi diez años antes que el proyecto que inició el Frente por los Derechos Igualitarios, y fue archivado el 2010, sin haber sido votado en el plenario legislativo.
[9] El abogado Granados Calvo es secretario general del Partido Accesibilidad sin Exclusión (PASE), al que pertenece Óscar López Arias, Diputado en el período 2006-2010.
Mientras la Sala constitucional tenga en estudio el tema, el TSE está inhibido de hacer la convocatoria.
[41] El 26 de julio se lleva a cabo un debate en Telenoticias, conducido por el periodista Rodolfo González, entre Alexandra Loría Beeche, promotora del referédum y Ana Elena Chacón Echeverría, exdiputada, corredactora del proyecto de Ley N°16.390.
Esa cantidad de firmas excede las 130.000 que eran necesarias para la procedencia del trámite.
El proyecto que inició el Frente por los Derechos Igualitarios contó con la firma de 12 Diputados y Diputadas de 3 partidos políticos distintos: Por el Partido Acción Ciudadana firmaron Franklin Corella, Marcela Guerrero, Marvin Atencio, Epsy Campbell, Henry Mora y Víctor Morales.
Por el Frente Amplio firmaron Edgardo Araya, Ligia Fallas, Patricia Mora, Jorge Arguedas y José Francisco Camacho.
"[48]En esta sección se recogen opiniones a favor y en contra del Referéndum, así como otras opiniones sobre las Uniones Civiles que no necesariamente se refieren al tema de la consulta popular.
Dentro de sus argumentos más destacados, indica el editorialista lo siguiente: Algunos días después, la abogada Alexandra Loría Beeche, uno de los dos abogados promotores del Referéndum, contesta el editorial del periódico con lo siguiente: Lo que indica el Editorial resulta absurdo: si no fuera lícito que el pueblo votara el proyecto de ley en un referéndum, tampoco sería lícito que lo votaran sus 57 representantes en la Asamblea Legislativa.
Ha emitido tres votos relevantes sobre las uniones entre personas del mismo sexo.
[51] La Sala Constitucional rechaza[52] la acción por un aspecto de forma, al no existir un caso pendiente donde deba aplicarse la norma.
[55] El Magistrado Vargas Benavides salva el voto y declara con lugar la Acción de Inconstitucionalidad indicando: El Magistrado Jinesta Lobo salva el Voto y admite el matrimonio entre personas del mismo sexo, señalando en sus consideraciones que la Constitución Política debe interpretarse de acuerdo con su realidad presente, indicando además estos argumentos En diciembre del año 2001 la Magistrada Ana Virginia Calzada da una entrevista al semanario El Financiero y en ese momento responde que no es posible el matrimonio homosexual en Costa Rica: