Tribunado

Tribunado fue el nombre de la cámara electiva dominicana entre 1844 y 1858.

La Constitución dominicana de 1844 introdujo por vez primera el bicameralismo en el sistema político dominicano al prever la existencia de dos estamentos o cámaras en el congreso nacional: el consejo conservador y el tribunado,[1]​ cámaras alta y baja que en otras constituciones dominicanas del siglo XIX y XX recibieron los nombre de Senado y Cámara de Diputados o Representantes; con ello se pretendía conformar un sistema según el modelo del Congreso de los Estados Unidos, en el que correspondería al Tribunado una función similar a la Cámara de Representantes en los Estados Unidos.

La designación de los tribunos fue por sufragio censitario indirecto a razón de 3 por cada una de las 5 provincias que conformaban la recién creada nación en dos niveles (Santo Domingo, Santiago o Cibao, Azua, La Vega y El Seibo).

Los tribunos durarían en su función 6 años y podrían ser reelectos de manera indefinida.

Durante las enmiendas realizadas en febrero de 1854 el Tribunado cambió su nombre a Cámara de Representantes y el Consejo Conservador a Senado.