El tempus clausum o tiempo cerrado, en la antigua ley católica denominado tempus feriatum o tiempo prohibido, hace referencia a los periodos penitenciales a lo largo del año litúrgico, Cuaresma y Adviento.
Durante este tempus clausum los creyentes deben preparar su estilo de vida personal a través de oración, penitencia, arrepentimiento, limosna y abnegación para los días solemnes.
Esto comprende también las grandes celebraciones de boda, mientras que los matrimonios en silencio, no celebrados en público, están permitidos.
[1] Los períodos en cuestión y cánones penitenciales variaron en diferentes momentos.
La restricción ya no figura en la ley canónica católica, pero sí se conserva en el luteranismo.